El blog Docente

jueves, 1 de diciembre de 2022

Cronograma de pagos de Diciembre - Banco de la Nación

 PAGOS DEL MES DE DICIEMBRE


Pago de pensiones a la Administración Pública Diciembre 2022

·       Martes 13

·       Presidencia del Consejo de Ministros.

·       Poder Judicial.

·       Ministerio de Justicia.

·       Ministerio de Relaciones Exteriores.

·       Ministerio de Economía y Finanzas.

·       Universidades Públicas.

·       Contraloría General de la República.

·       Defensoría del Pueblo.

·       Junta Nacional de Justicia.

·       Ministerio Público.

·       Tribunal Constitucional.

·       Congreso de la República.

·       Jurado Nacional de Elecciones.

·       Oficina Nacional de Procesos Electorales.

·       Registro Nacional de identificación y Estado Civil.

·       Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura.

·       Miércoles 14

·       Ministerio de Educación: UGEL 01,03 y 07.

·       Jueves 15

·       Ministerio de Cultura.

·       Ministerio de Educación: excepto UGEL 01, 03 y 07.

·       Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación.

·       Viernes 16

·       Ministerio del Ambiente.

·       Ministerio de Salud.

·       Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

·       Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

·       Ministerio de Energía y Minas.

·       Ministerio de Defensa.

·       Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

·       Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

·       Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento.

·       Ministerio de la Producción.

·       Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

·       Ministerio Desarrollo e Inclusión Social.

·       Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura.

·       Lunes 19

·       Ministerio del Interior.

Pago de Remuneraciones a la Administración Pública Diciembre 2022

·       Lunes 19

·       Presidencia del Consejo de Ministros.

·       Poder Judicial.

·       Ministerio de Justicia.

·       Ministerio de Relaciones Exteriores.

·       Ministerio de Economía y Finanzas.

·       Universidades Públicas.

·       Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

·       Contraloría General de la República.

·       Defensoría del Pueblo.

·       Junta Nacional de Justicia.

·       Ministerio Público.

·       Tribunal Constitucional.

·       Ministerio de Defensa.

·       Congreso de la República.

·       Jurado Nacional de Elecciones.

·       Oficina Nacional de Procesos Electorales.

·       Registro Nacional de identificación y Estado Civil.

·       Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

·       Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura.

·       Martes 20

·       Ministerio de Educación: UGEL 01, 03 y 07.

·       Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación excepto Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno.

·       Miércoles 21

·       Ministerio de Cultura.

·       Ministerio de Educación: excepto UGEL 01,03 y 07.

·       Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancas, Loreto y Puno.

·       Jueves 22

·       Ministerio del Ambiente.

·       Ministerio de Salud.

·       Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

·       Ministerio de Energía y Minas.

·       Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

·       Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

·       Ministerio de la Producción.

·       Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

·       Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

·       Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura.

·       Viernes 23

·       Ministerio del Interior.

·       Fuero Militar Policial.

Cronograma de Pago de Pensiones Decreto Ley 19990 - 2022 (A cargo de la ONP)

Pago de Pensiones Decreto Ley 19990. Diciembre 2022

·       Abono en Cuenta Bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, SCOTIABANK e INTERBANK Según letras de apellido paterno:

·       Fecha de pago:

Letras A - C día Miércoles 7 de diciembre.

Letras D - L día Viernes 9 de diciembre.

Letras M - Q día Lunes 12 de diciembre.

Letras R - Z día Martes 13 de diciembre.

Convenios Internacionales Miércoles 14 de diciembre.

Incluye Pensionistas de la Ley N° 27803

·       Pago a domicilio Del 15 al 28 de diciembre.

Pago de Pensiones Decreto Ley 18846 y Pensiones por encargo administradas por la ONP. Diciembre 2022

·       Abono en Cuenta Bancaria - Banco de la Nación, BBVA, SCOTIABANK, INTERBANK.

·       Fecha de pago: Miércoles 14 de diciembre.

·       Pago a domicilio Decreto Ley 18846

·       Fecha de pago: Del 17 al 28 de diciembre.

·       Pago a domicilio Pensiones por Encargo

·       Fecha de pago: Del 17 al 28 de diciembre.



Ley 30003 Pensiones Pesqueros. Diciembre 2022

·       Abono en Cuenta Bancaria – Banco de la Nación.

·       Fecha de pago: Miércoles 14 de diciembre.

·       Pago a Domicilio.

·       Fecha de pago: Del 17 al 28 de diciembre.

Ley 26790 Pensionistas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Diciembre 2022

·       Abono en Cuenta Bancaria – Banco de la Nación.

·       Cobertura Supletoria, Fondo Minero y Reaseguro: Miercoles 14 de diciembre.

·       Pago a Domicilio.

·       Fecha de pago: Del 17 al 28 de diciembre.

 


Lo Último | Disposiciones para el año académico 2023

 

Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”


RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 474-2022-MINEDU

Lima, 30 de noviembre de 2022

VISTOS, el Expediente N° 226010-2022, el Informe N° 01130-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR complementado con el Informe N° 01273-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR y el Oficio N° 01389-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborados de forma conjunta por la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, el Informe N° 01733-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP ratificado con el Informe N° 01928-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01298-2022-MINEDU/SG-OGAJ ratificado con el Informe N° 01425-2022-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio N° 00621-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:  

Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, según lo previsto en el artículo 3 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación (en adelante, Ley N° 28044), la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; asimismo, el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica;

Que, el literal d) del artículo 18 de la Ley N° 28044 señala que, con el fin de garantizar la equidad en la educación, entre otras medidas, las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, aseguran mecanismos que permitan la matrícula oportuna, la permanencia y la reincorporación de los estudiantes al sistema educativo, y establecen medidas especiales para retener a los que se encuentran en riesgo de exclusión del servicio;

Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto por el literal a) del artículo 21 de la Ley N° 28044, el Estado tiene, entre otras funciones, ejercer un rol normativo, promotor, compensador, concertador, articulador, garante, planificador, regulador y financiador de la educación nacional;

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044 establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir, y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;  

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 01130-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR, complementado con el Informe N° 01273-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR y el Oficio N° 01389-2022-MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborados de forma conjunta con la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación; a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”; cuyo objetivo es orientar a todos los integrantes de la comunidad educativa sobre las acciones a desarrollar para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la educación básica, en ámbitos urbanos y rurales, durante el desarrollo del año 2023;

Que, mediante el Informe N° 01733-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, ratificado con el Informe N° 01928-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable, señalando que la propuesta se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector y, desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, a través del Informe Nº 01298-2022-MINEDU/SG-OGAJ, ratificado con el Informe Nº 01425-2022-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio N° 00621-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta normativa, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:  

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN

Ministro de Educación

DESCARGAR NORMA

lunes, 28 de noviembre de 2022

Minedu Publica Plazas para el proceso excepcional de Reasignación Docente

 REASIGNACIÓN DOCENTE 2022


Publicación de plazas para el proceso excepcional de  reasignación docente 2022

A continuación, se presenta la relaci]ón preliminar de plazas vacantes consideradas en el proceso excepcional de reasignación docente. En el presente listado, se incluyen las plazas convertidas de eventuales a orgánicas mediante la Ley N.° 31609 y las plazas vacantes que se generen por el cese al 31 de diciembre de 2022.

Cada DRE, GRE y UGEL deberá validar y actualizar el listado de plazas a fin de realizar la publicación final respectiva el 20 de diciembre del 2022.

Fecha de publicación: 28 de noviembre de 2022
Actualizado al: 28 de noviembre de 2022


Publicación de Plazas para el proceso Excepcional de Reasignación Docente

 REASIGNACIÓN DOCENTE 2022


Publicación final de plazas para la reasignación docente 2022

por interés personal y unidad familiar

A continuación puede revisar el listado las plazas vacantes consideradas para el proceso de reasignación docente 2022 por las causales de interés personal y unidad familiar. Esta relación es elaborada con información obtenida del sistema Nexus y validada por cada DRE, GRE y UGEL.

A continuación, se presenta la relaci]ón preliminar de plazas vacantes consideradas en el proceso excepcional de reasignación docente. En el presente listado, se incluyen las plazas convertidas de eventuales a orgánicas mediante la Ley N.° 31609 y las plazas vacantes que se generen por el cese al 31 de diciembre de 2022.

Cada DRE, GRE y UGEL deberá validar y actualizar el listado de plazas a fin de realizar la publicación final respectiva el 20 de diciembre del 2022.

Fecha de publicación: 28 de noviembre de 2022
Actualizado al: 28 de noviembre de 2022