El blog Docente

lunes, 9 de marzo de 2026

Cronograma de los juegos escolares deportivos y concursos educativos 2026

 JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS Y CONCURSOS ESCOLARES

Orientaciones para la implementación de las intervenciones y estrategias pedagógicas que promueven viada activa, creativa y saludable en las instituciones educativas para el año 2026, en el marco de la PARDEF y el CNEB


ORIENTACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS INTERVENCIONES Y ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS QUE PROMUEVEN VIDA ACTIVA Y SALUDABLE 2026

1. ASPECTOS INFORMATIVOS

  • Documento: Oficio Múltiple N.º 00052-2026-MINEDU/VMGP-DIGEBR.
  • Fecha: Lima, 2 de marzo de 2026.
  • Referencia: Resolución Ministerial N° 501-2025-MINEDU.
  • Emisor: Carmen Yolanda Concha Tenorio, Directora General de Educación Básica Regular.

2. OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

  • Objetivo: Establecer pautas y disposiciones para la implementación de intervenciones y estrategias que promuevan una vida activa y saludable en las II.EE. de Educación Básica, fortaleciendo el desarrollo integral y el bienestar físico y socioemocional durante el año 2026.
  • Ámbito: Ministerio de Educación, DRE, UGEL e Instituciones y programas educativos públicos y privados de Educación Básica.

3. ASPECTOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN FÍSICA (EF)

  • Carácter Obligatorio: Se deben implementar tres (03) horas pedagógicas semanales para el área de EF en primaria y secundaria, según el CNEB.
  • Nivel Primaria:
    • Atendido por docentes de especialidad con participación del docente de aula.
    • Si no hay especialista, el docente de aula asume la responsabilidad.
    • La presencia del docente de aula es indispensable para garantizar la seguridad y bienestar de los estudiantes.
    • Distribución horaria: Ciclo III debe desarrollar las 3 horas en tres días distintos e intercalados. Para los demás ciclos, en dos días distintos de la semana.
  • Nivel Secundaria:
    • La distribución se sujeta al Cuadro de Horas 2026.
    • Las 3 horas deben distribuirse en dos bloques (1 h y 2 h) o en tres bloques, según el contexto.

4. MEDIDAS DE PROTECCIÓN FRENTE A LA RADIACIÓN SOLAR

  • Acciones: Sensibilización y adopción de medidas preventivas para mitigar riesgos a la salud.
  • Entornos: Las clases de EF deben realizarse preferentemente en ambientes protegidos o en horarios de menor exposición (primeras horas de la mañana o finalizar la tarde).
  • Elementos de Protección: Se promueve el uso de sombrero de ala ancha, manga larga, bloqueador solar (FPS 30 o más) y lentes con filtro UV.
  • Comunicación: Colocar anuncios visibles sobre los riesgos de enfermedades como el cáncer de piel y cataratas por exposición prolongada.

5. ESTRATEGIAS PARA LA PROMOCIÓN DE VIDA ACTIVA

Estas estrategias deben incorporarse obligatoriamente en el Plan Anual de Trabajo (PAT):

  • 10 minutos de actividad física diaria: Estrategia obligatoria para potenciar funciones cerebrales, mejorar la atención y reducir el estrés.
  • Juego, aprendo y me siento saludable: Movilización recreativa para el bienestar socioemocional.
  • Arte para crecer en comunidad: Proyectos artísticos colectivos para la formación ciudadana.
  • Pausa activa en el aula: Breves espacios de actividad durante la sesión para recuperar energía.
  • Actividades familiares: Carreras, maratones o festivales en el Día de la Actividad Física y el Día de la Educación Física.

6. JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS Y PARADEPORTIVOS (JEDPA) 2026

  • Etapa IE: Es de cumplimiento obligatorio para todas las II.EE. del país.
  • Cronograma JEDPA 2026:
    • Etapa IE: 16 de marzo al 30 de abril.
    • Etapa UGEL: 11 de mayo al 30 de junio.
    • Etapa Regional: 08 de julio al 31 de julio.
    • Etapa Macro regional: 17 de agosto al 28 de agosto.
    • Etapa Nacional: 26 de octubre al 07 de noviembre.

7. CRONOGRAMA DE CONCURSOS EDUCATIVOS 2026 (ETAPA IE)

  • Premio "José María Arguedas": Desde el inicio del año escolar hasta el 3 de julio.
  • ONEM (Matemática): Desde el inicio del año escolar hasta el 1 de julio.
  • Juegos Florales Nacionales: Desde el inicio del año escolar hasta el 24 de julio.
  • Feria Eureka (Ciencia y Tecnología): Desde el inicio del año escolar hasta el 31 de agosto.
  • "El Perú Lee": Desde el inicio del año escolar hasta el 18 de agosto.
  • Crea y Emprende: Desde el inicio del año escolar hasta el 4 de setiembre.
  • Ideas en Acción: 1 de julio al 9 de octubre.

8. CONDICIONES DE BIOSEGURIDAD Y RESPONSABILIDADES

  • Bioseguridad: Lavado de manos, hidratación constante, uso de ropa cómoda, limpieza de materiales y asegurar que los espacios (arcos, postes) estén anclados y acolchados.
  • Plan de Evacuación Médica: La IE debe definir protocolos claros en caso de accidentes o desmayos.
  • Registro SIMON: El director debe registrar obligatoriamente el reporte de las estrategias masivas en la plataforma SIMON


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domingo, 8 de marzo de 2026

MINEDU oficializa clases virtuales en instituciones públicas y privadas

 

Establecen medidas excepcionales y temporales para la prestación del servicio educativo en las instituciones educativas públicas y privadas ubicadas en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao


Resolución Viceministerial N° 033-2026-MINEDU

Lima, 8 de marzo de 2026

VISTOS, el Expediente N° DIGC2026-INT-0282169; el Informe N° 00022-2026-MINEDU/VMGI-DIGC; el Informe N° 0037-2026-MINEDU/SPE-OPEP; el Informe N° 00340-2026-MINEDU/SG-OGAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Constitución Política del Perú establece que la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; asimismo, reconoce la libertad de enseñanza y el derecho de los padres de familia a escoger los centros de educación; por su parte, los artículos 15 y 16 reconocen el derecho de promover y conducir instituciones educativas, y disponen que el Estado coordina la política educativa y supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación;

Que, el artículo 13 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la calidad educativa es el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano; además, precisa que, en las instituciones privadas, el Estado las regula y supervisa; asimismo, los artículos 65 y 66 de la citada Ley disponen que las instancias de gestión educativa descentralizada comprenden, entre otras, a la institución educativa y que esta es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado, en la cual tiene lugar la prestación del servicio, pudiendo ser pública o privada;

Que, de igual modo, el artículo 79 de la Ley N° 28044 establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación; y el artículo 80 señala que es función del Ministerio definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional;

Que, conforme al artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el artículo 5 de dicha Ley, el Ministerio tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial, y entre sus funciones técnico-normativas, aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia; adicionalmente, el artículo 8, modificado por la Ley N° 31498, establece que la potestad rectora del Ministerio comprende la facultad de normar, regular, supervisar y, cuando corresponda, fiscalizar y sancionar, respecto de instituciones públicas y privadas vinculadas a sus competencias;

Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 004-2026-MINEM-VMH, se declara en emergencia el suministro de gas natural a través de los sistemas de producción, transporte por ductos y distribución por red de ductos, por un período de hasta catorce (14) días, comprendido del 1 al 14 de marzo de 2026, configurándose una situación extraordinaria que exige la adopción de medidas temporales y proporcionales orientadas a asegurar la continuidad de los servicios esenciales, entre ellos el servicio educativo;

Que, en dicho contexto, resulta necesario establecer, de manera excepcional y temporal, la prestación remota del servicio educativo en las instituciones educativas públicas y privadas de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, a fin de asegurar la continuidad del servicio educativo, reducir los riesgos asociados a la contingencia y adecuar su prestación a las condiciones derivadas de la emergencia del suministro de gas natural, sin que ello suponga una alteración permanente del régimen ordinario de prestación del servicio; asimismo, esta medida encuentra sustento adicional en que la educación a distancia constituye una modalidad del sistema educativo aplicable a todas sus etapas, de acuerdo con la normatividad de la materia;

Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que el Despacho Viceministerial de Gestión Institucional está a cargo del Viceministro de Gestión Institucional, quien es la autoridad inmediata al Ministro de Educación en los asuntos de su competencia, y es responsable de formular, normar, articular, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar la implementación de las políticas, planes, proyectos y documentos normativos para la mejora de la calidad de la gestión del sistema educativo, becas y créditos educativos, e infraestructura y equipamiento educativo, bajo un enfoque de gestión territorial y por resultados, en coordinación con los diferentes niveles de gobierno e instancias descentralizadas;

Que, asimismo, los literales b) y k) del artículo 11 del citado Reglamento disponen que son funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, en el ámbito de su competencia, coordinar, orientar, evaluar, regular y supervisar el funcionamiento y desempeño de las instancias de gestión educativa descentralizada; así como aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia;

Que, mediante el Informe N° 0037-2026-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, brinda opinión favorable a la propuesta en el marco de sus competencias;

Que, a través del Informe N° 00340-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación de la propuesta resulta legalmente viable;

De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 31498; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Resolución Viceministerial N° 004-2026-MINEM-VMH;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Establecer medidas excepcionales y temporales para la prestación del servicio educativo en las instituciones educativas públicas y privadas ubicadas en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, en el marco de la emergencia del suministro de gas natural declarada por la Resolución Viceministerial N° 004-2026-MINEM-VMH.

Artículo 2.- Prestación remota temporal del servicio educativo

Establecer, de manera excepcional y temporal, que la prestación del servicio educativo de las instituciones educativas públicas y privadas ubicadas en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao se realice en modalidad remota, hasta el 14 de marzo de 2026, en atención a la vigencia de la emergencia declarada por la Resolución Viceministerial N° 004-2026-MINEM-VMH, con la finalidad de asegurar la continuidad del servicio educativo frente a la contingencia descrita en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 3.- Implementación

3.1 Las instituciones educativas públicas y privadas comprendidas en el ámbito de la presente Resolución adoptan las acciones de gestión y de comunicación necesarias para garantizar la continuidad del servicio educativo mediante el uso de plataformas digitales u otros mecanismos de educación a distancia que permitan el desarrollo de las actividades académicas.

3.2 Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, en el ámbito de sus competencias, brindan asistencia, orientaciones y supervisan el cumplimiento de la presente Resolución.

3.3 Las instituciones educativas públicas y privadas comprendidas en el ámbito de la presente Resolución comunican oportunamente a las madres, padres de familia o apoderados la implementación de la modalidad remota temporal y las medidas adoptadas para asegurar la continuidad del servicio educativo.

3.4 Excepcionalmente, las instituciones educativas públicas y privadas comprendidas en el ámbito de la presente Resolución que no cuenten con plataformas digitales, conectividad u otros medios que permitan implementar la modalidad remota, quedan exceptuadas de lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Resolución, pudiendo prestar el servicio educativo de manera presencial, siempre que ello resulte indispensable para asegurar la continuidad y se adopten las medidas correspondientes para su adecuada prestación. La aplicación de esta excepción debe ser comunicada a la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente, así como a las madres, padres de familia o apoderados, y tiene carácter estrictamente excepcional.

Artículo 4.- Supervisión y seguimiento

Encargar a las Direcciones Regionales de Educación, a las Unidades de Gestión Educativa Local, así como a los órganos competentes del Ministerio de Educación, realizar el seguimiento y supervisión de lo dispuesto en la presente Resolución, en el marco de sus competencias.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.


Normas de convivencia y medidas correctivas aplicadas a Estudiantes, Docentes y Padres de Familia

 Normas de convivencia y medidas correctivas

A continuación, se presentan normas de convivencia con sus medidas correctivas, elaboradas considerando los principios del Ministerio de Educación del Perú (MINEDU): respeto, responsabilidad, diálogo, inclusión, disciplina formativa y resolución pacífica de conflictos. Las medidas correctivas son formativas, no punitivas, y buscan mejorar la convivencia escolar.


NORMAS DE CONVIVENCIA PARA ESTUDIANTES

1.    Respetar a sus compañeros, docentes y personal de la institución educativa.

Medida correctiva: Reflexión guiada sobre el respeto y compromiso de mejorar su trato hacia los demás.

2.    Cumplir con las tareas y actividades de aprendizaje asignadas.
Medida correctiva: Reprogramación de la actividad y acompañamiento del docente para su cumplimiento.

3.    Asistir puntualmente a la institución educativa y a las clases.
Medida correctiva: Registro de tardanza y compromiso escrito para mejorar la puntualidad.

4.    Cuidar el mobiliario, materiales y ambientes de la institución educativa.
Medida correctiva: Participar en actividades de reparación, orden o limpieza del espacio afectado.

5.    Mantener un comportamiento adecuado dentro y fuera del aula.
Medida correctiva: Diálogo reflexivo con el docente o tutor sobre las consecuencias de su conducta.

6.    Escuchar y respetar las opiniones de los demás durante las actividades escolares.

Medida correctiva: Participación en una dinámica sobre escucha activa y respeto por la diversidad de opiniones.

7.    Usar adecuadamente los dispositivos tecnológicos dentro del aula.

Medida correctiva: Restricción temporal del uso del dispositivo y reflexión sobre su uso responsable.

8.    Participar activamente en las actividades de aprendizaje y trabajo en equipo.

Medida correctiva: Asignación de roles específicos en el grupo para fomentar su participación.

9.    Evitar cualquier forma de agresión física, verbal o psicológica.
Medida correctiva: Mediación escolar y compromiso de convivencia pacífica.

10.                   Respetar las normas de bioseguridad y cuidado personal.
Medida correctiva: Orientación y recordatorio de las normas con seguimiento del tutor.

 

NORMAS DE CONVIVENCIA PARA DOCENTES

1.    Tratar con respeto y equidad a todos los estudiantes.
Medida correctiva: Reflexión pedagógica y acompañamiento del equipo directivo.

2.    Cumplir puntualmente con su horario de trabajo.
Medida correctiva: Llamado de atención verbal y registro en el control institucional.

3.    Planificar y desarrollar las sesiones de aprendizaje de manera oportuna.

Medida correctiva: Revisión y acompañamiento pedagógico para fortalecer la planificación.

4.    Promover un clima de aula democrático y participativo.
Medida correctiva: Orientación pedagógica para fortalecer estrategias de convivencia.

5.    Evitar cualquier forma de discriminación o maltrato.
Medida correctiva: Intervención del equipo directivo y capacitación en convivencia escolar.

6.    Mantener comunicación respetuosa con los padres de familia.
Medida correctiva: Orientación institucional sobre comunicación efectiva con la comunidad educativa.

7.    Cumplir con la evaluación formativa y el registro oportuno de calificaciones.

Medida correctiva: Reprogramación del registro y monitoreo por el equipo directivo.

8.    Cuidar los recursos y materiales educativos de la institución.
Medida correctiva: Responsabilidad en la reposición o cuidado del recurso utilizado.

9.    Participar en reuniones pedagógicas y actividades institucionales.
Medida correctiva: Compromiso de participación en las siguientes actividades programadas.

10.                   Promover la resolución pacífica de conflictos entre estudiantes.
Medida correctiva: Capacitación o acompañamiento en estrategias de mediación escolar.

 

NORMAS DE CONVIVENCIA PARA PADRES DE FAMILIA

1.    Respetar a los docentes, directivos y personal de la institución educativa.

Medida correctiva: Diálogo con la dirección para reflexionar sobre la importancia del respeto.

2.    Asistir a reuniones y actividades convocadas por la institución educativa.

Medida correctiva: Compromiso de participación en la siguiente reunión programada.

3.    Supervisar el cumplimiento de las tareas y responsabilidades escolares de sus hijos.

Medida correctiva: Orientación del tutor para fortalecer el acompañamiento en casa.

4.    Justificar oportunamente las inasistencias de sus hijos.

Medida correctiva: Compromiso de informar oportunamente a la institución.

5.    Fomentar valores de respeto y responsabilidad en el hogar.
Medida correctiva: Participación en charlas o talleres de escuela para padres.

6.    Evitar intervenir de manera agresiva en conflictos escolares.
Medida correctiva: Mediación con la institución educativa para resolver el conflicto.

7.    Cumplir con las normas institucionales establecidas.
Medida correctiva: Recordatorio formal y compromiso de cumplimiento.

8.    Mantener comunicación constante con el docente tutor.
Medida correctiva: Programación de una reunión de orientación.

9.    Promover la asistencia puntual de sus hijos a la institución educativa.
Medida correctiva: Compromiso familiar para mejorar la puntualidad.

10.                   Participar en actividades que promuevan la convivencia escolar.

Medida correctiva: Invitación y compromiso de participación en futuras actividades.

 

Si estudiantes, docentes y padres de familia incumplen reiteradamente las normas de convivencia y además se resisten a las medidas correctivas, la institución educativa debe aplicar un proceso progresivo de intervención, basado en los lineamientos del Ministerio de Educación del Perú, especialmente en el enfoque de convivencia escolar democrática, disciplina formativa y gestión de conflictos. La solución no debe ser solo sancionadora, sino restaurativa, pedagógica y gradual.

A continuación, se propone una ruta de intervención institucional:

1. Análisis del caso y registro formal

Cuando el incumplimiento es reiterado, la institución debe registrar formalmente la situación.

Acciones:

  • Registrar los hechos en el cuaderno de incidencias o libro de ocurrencias.
  • Documentar las faltas reiteradas.
  • Identificar causas del conflicto (familiares, emocionales, institucionales, etc.).

Objetivo:
Contar con evidencia y comprender el origen del problema.

 

2. Diálogo y mediación institucional

Antes de aplicar medidas mayores, se debe recurrir al diálogo y la mediación escolar.

Acciones:

  • Reunión entre los involucrados (estudiante, docente, padres y directivos).
  • Intervención del docente tutor o comité de tutoría y convivencia escolar.
  • Aplicación de estrategias de mediación o acuerdos restaurativos.

Objetivo:
Restablecer la convivencia mediante acuerdos y compromisos.

 

3. Compromiso formal de mejora

Si el problema continúa, se debe establecer un compromiso formal.

Acciones:

  • Firma de acta de compromiso.
  • Establecer metas claras de conducta.
  • Realizar seguimiento periódico.

Objetivo:
Generar responsabilidad y corresponsabilidad entre familia y escuela.

 

4. Intervención del equipo directivo y comité de convivencia

Si persiste la resistencia a las medidas correctivas:

Acciones:

  • Intervención del equipo directivo.
  • Participación del Comité de Tutoría y Convivencia Escolar.
  • Aplicación de medidas establecidas en el Reglamento Interno.

Ejemplos de medidas:

  • Orientación especializada.
  • Derivación al área de psicología (si existe).
  • Acompañamiento tutorial intensivo.

 

5. Aplicación de medidas administrativas o disciplinarias

Cuando el incumplimiento es grave o reiterativo, se aplican medidas más formales según el Reglamento Interno.

Ejemplos:

  • Amonestación escrita.
  • Citación formal a padres.
  • Medidas disciplinarias pedagógicas.

En el caso de docentes, se aplican procesos administrativos según la normativa laboral docente.

 

6. Derivación a instancias externas

Si el conflicto afecta gravemente la convivencia o implica vulneración de derechos:

Se puede derivar a:

  • UGEL
  • DEMUNA
  • Centro de salud o psicología
  • Plataforma SíseVe (si existe violencia escolar)

Objetivo:
Proteger el bienestar de los estudiantes y garantizar sus derechos.

 

CONCLUSIÓN (CRITERIO PEDAGÓGICO)

Cuando existe incumplimiento reiterado y resistencia a las normas, la institución educativa debe actuar mediante un proceso gradual que combine diálogo, mediación, compromisos formales, intervención institucional y, de ser necesario, medidas administrativas o derivación a instancias externas, siempre priorizando el interés superior del estudiante y la convivencia democrática.


sábado, 7 de marzo de 2026

Plan de actividades para el trabajo colegiado

PLAN DE TRABAJO COLEGIADO 2026

I. DATOS INFORMATIVOS

  • DRE/UGEL: [Completar]
  • Institución Educativa: [Nombre de la I.E.]
  • Nivel: Secundaria
  • Director(a): [Nombre]
  • Coordinador Pedagógico/Especialista: [Tu Nombre]
  • Periodo: Marzo – Diciembre 2026


II. JUSTIFICACIÓN

El trabajo colegiado se constituye como la estrategia fundamental de Formación en Servicio. Ante las nuevas demandas del año escolar 2026, es imperativo que los docentes de secundaria cuenten con un espacio sistemático para el análisis de evidencias, la planificación curricular articulada y la actualización en herramientas digitales e IA, garantizando así la mejora de los aprendizajes y el bienestar socioemocional del estudiante.

III. OBJETIVOS

3.1. Objetivo General

Fortalecer las competencias pedagógicas de los docentes mediante el intercambio de experiencias y el trabajo colaborativo para optimizar los procesos de enseñanza-aprendizaje.

3.2. Objetivos Específicos

1.    Unificar criterios de evaluación formativa y elaboración de instrumentos (rúbricas).

2.    Analizar resultados de evaluaciones (diagnóstica y trimestrales) para la toma de decisiones.

3.    Implementar estrategias de refuerzo escolar y atención a la diversidad.

4.    Integrar recursos tecnológicos y de IA en la planificación curricular.