El blog Docente

sábado, 7 de marzo de 2026

Plan de actividades para el trabajo colegiado

PLAN DE TRABAJO COLEGIADO 2026

I. DATOS INFORMATIVOS

  • DRE/UGEL: [Completar]
  • Institución Educativa: [Nombre de la I.E.]
  • Nivel: Secundaria
  • Director(a): [Nombre]
  • Coordinador Pedagógico/Especialista: [Tu Nombre]
  • Periodo: Marzo – Diciembre 2026


II. JUSTIFICACIÓN

El trabajo colegiado se constituye como la estrategia fundamental de Formación en Servicio. Ante las nuevas demandas del año escolar 2026, es imperativo que los docentes de secundaria cuenten con un espacio sistemático para el análisis de evidencias, la planificación curricular articulada y la actualización en herramientas digitales e IA, garantizando así la mejora de los aprendizajes y el bienestar socioemocional del estudiante.

III. OBJETIVOS

3.1. Objetivo General

Fortalecer las competencias pedagógicas de los docentes mediante el intercambio de experiencias y el trabajo colaborativo para optimizar los procesos de enseñanza-aprendizaje.

3.2. Objetivos Específicos

1.    Unificar criterios de evaluación formativa y elaboración de instrumentos (rúbricas).

2.    Analizar resultados de evaluaciones (diagnóstica y trimestrales) para la toma de decisiones.

3.    Implementar estrategias de refuerzo escolar y atención a la diversidad.

4.    Integrar recursos tecnológicos y de IA en la planificación curricular.

 





Norma para la corresponsabilidad del servicio alimentario en educación básica

 

Aprueban Norma Técnica denominada “Norma para la corresponsabilidad del servicio alimentario implementado por el Programa de Alimentación Escolar del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular (EBR) y Educación Básica Especial (EBE), en los Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI) y en el Servicio Educativo y de Cuidado Diurno con atención integral (EduCuna)”




Resolución Viceministerial N° 032-2026-MINEDU

Lima, 6 de marzo de 2026

VISTOS, el Expediente N° DIGC2026-INT-0223948, el Informe N° 00017-2026-MINEDU/VMGI-DIGC de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe N° 00380-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00338-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal d) del artículo 8 de la Ley N° 28044 dispone que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo y se sustenta, entre otros, en el principio de calidad, que asegura las condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 28044 establece que la educación es un servicio público, precisando que en la Educación Inicial y Primaria se complementa obligatoriamente con programas de alimentación, salud y entrega de materiales educativos. Asimismo, el literal c) del artículo 13 de la citada ley establece que uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la inversión mínima por alumno que comprenda la atención de salud, alimentación y provisión de materiales educativos;

Que, el artículo 3 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, establece que las instituciones educativas públicas de Educación Inicial, Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular o su equivalente para niños y adolescentes de la Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial se brindan programas complementarios de alimentación y salud, precisando que es responsabilidad de las instancias de gestión educativa descentralizada realizar coordinaciones con los demás ministerios e instituciones públicas para que esta función se cumpla con carácter intersectorial con apoyo de los gobiernos regionales y gobiernos locales;

Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 030-2024-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada “Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica Regular y Especial”, que tiene como objetivo establecer las disposiciones para la cogestión del servicio alimentario brindado por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las instituciones educativas y programas educativos no escolarizados públicos de la Educación Básica Regular y Especial;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 006-2025-MIDIS se aprueba la extinción del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, creado mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 010-2024-MIDIS, que modifica diversos artículos del Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, que crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 008-2025-MIDIS, modificado mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-MIDIS, se crea el Programa de Alimentación Escolar (PAE) en reemplazo del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, estableciendo un nuevo marco normativo y operativo en materia del servicio de alimentación escolar, que requiere la adecuación del marco normativo del sector Educación, a fin de alinearlo al marco legal vigente;

Que, mediante el Informe N° 00017-2026-MINEDU/VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), como órgano responsable de proponer documentos normativos para la mejora de la gestión de las instituciones educativas, ha formulado la propuesta de Norma Técnica denominada “Norma para la corresponsabilidad del servicio alimentario implementado por el Programa de Alimentación Escolar del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular (EBR) y Educación Básica Especial (EBE), en los Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI) y en el Servicio Educativo y de Cuidado Diurno con atención integral (EduCuna)”, con el objetivo de contar con un nuevo marco normativo sectorial que, entre otros, regule los roles, funciones y responsabilidades de los Comités de Alimentación Escolar, brinde orientaciones para incorporar el servicio alimentario en la gestión escolar y promueva la participación de la comunidad educativa en su implementación, bajo el esquema de corresponsabilidad del PAE. Además, la propuesta reemplaza a la norma técnica aprobada mediante la Resolución Viceministerial N° 030-2024-MINEDU, por lo que resulta necesario disponer su derogación;

Que, la propuesta en mención cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE) y la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), así como con los aportes brindados por el PAE;

Que, mediante el Informe N° 00380-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente viable continuar con el trámite para la aprobación de la propuesta; por cuanto, desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineado con los instrumentos de planificación estratégica e institucional del sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación ni al Tesoro Público; toda vez que, para el Año Fiscal 2026, los compromisos e implementación de la norma técnica serán asumidos por la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), Dirección de Educación Inicial (DEI), Dirección de Educación Secundaria (DES) y Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED). Asimismo, para los Años Fiscales 2027 y 2028, las unidades involucradas han priorizado recursos en las actividades operativas correspondientes en el marco de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria 2026-2028: y respecto a los años subsiguientes deberán priorizar los recursos presupuestarios que fueran necesarios en el marco de los procesos de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del año fiscal respectivo, de acuerdo con las disposiciones contempladas en las Leyes Anuales de Presupuesto respectivas;

Que, a través del Informe N° 00338-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación de la propuesta resulta legalmente viable;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 28044, Ley General de Educación; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma para la corresponsabilidad del servicio alimentario implementado por el Programa de Alimentación Escolar del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular (EBR) y Educación Básica Especial (EBE), en los Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI) y en el Servicio Educativo y de Cuidado Diurno con atención integral (EduCuna)”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial N° 030-2024-MINEDU, que aprobó la Norma Técnica denominada “Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica Regular y Especial”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

lunes, 2 de marzo de 2026

Hoja de ruta para las dos primera semanas de gestión 2026

 

HOJA DE RUTA PARA LAS DOS PRIMERAS SEMANAS DE GESTIÓN

DESCARGAR CARTILLA DE BIENVENIDA, AL FINAL DE LA PUBLICACIÓN

HOJA DE RUTA (EJEMPLO 1)

Para el año escolar 2026 en Perú, el Ministerio de Educación (MINEDU) ha establecido, mediante la R.M. N.° 501-2025-MINEDU, que las clases se inicien oficialmente el lunes 16 de marzo. Previo a esto, las dos primeras semanas de marzo (del 2 al 13 de marzo) constituyen el Primer Bloque de Semanas de Gestión.

A continuación, te compartimos un ejemplo de una hoja de ruta detallada para orientar el trabajo pedagógico y administrativo de los docentes durante este periodo:

HOJA DE RUTA: PRIMER BLOQUE DE SEMANAS DE GESTIÓN (MARZO 2026)

SEMANA 1: ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y BIENESTAR (02 AL 06 DE MARZO)

El enfoque de esta semana es la cohesión del equipo y la actualización de los instrumentos de gestión.

LUNES 02: Bienvenida y Soporte Socioemocional

Dinámicas de integración para el personal. Presentación de metas institucionales 2026

Martes 03: Actualización del PEI y PAT

Revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo según metas de aprendizaje.

Miércoles 04: Gestión de la Convivencia Escolar

Actualización de las Normas de Convivencia y el Plan de Tutoría

Jueves 05: Comités de Gestión Escolar

Reunión de comités (Condiciones Operativas, Pedagógico y Bienestar) para planificar el año.

Viernes 06: Análisis de Resultados 2025

Revisión del SIAGIE y actas 2025 para identificar estudiantes con necesidades de refuerzo.

 

SEMANA 2: PLANIFICACIÓN PEDAGÓGICA Y ACOGIDA (09 AL 13 DE MARZO)

Esta semana se centra en la preparación técnica del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Lunes 09: Planificación Curricular Anual

Elaboración de la Programación Curricular Anual (PCA) por áreas y grados.

Martes 10: Evaluación Diagnóstica (Unidad 0)

Diseño de los instrumentos y situaciones significativas para la evaluación diagnóstica de entrada.

Miércoles 11: Diversificación Curricular

Ajuste de experiencias de aprendizaje considerando el contexto local y las necesidades de inclusión.

Jueves 12: Acondicionamiento de Espacios

Organización de aulas, sectores de aprendizaje y distribución de materiales educativos recibidos.

Viernes 13: Planificación de la "Buena Acogida"

Organización de la ceremonia y actividades lúdicas para recibir a los estudiantes el 16 de marzo

PUNTOS CLAVE SEGÚN LA NORMATIVA 2026

  • Bienestar Socioemocional: Se prioriza como eje transversal. No es solo "sentirse bien", sino crear condiciones de seguridad para el aprendizaje.
  • Educación Inclusiva: Las planificaciones deben contemplar las barreras educativas identificadas para garantizar que ningún estudiante se quede atrás.
  • Uso de Tecnología: Se recomienda integrar herramientas de IA y recursos digitales en la planificación para optimizar la práctica docente.
  • Evaluación Formativa: El foco de la segunda semana es el "Diagnóstico", no para poner una nota, sino para saber desde dónde partimos con cada estudiante.

 

HOJA DE RUTA (EJEMPLO 2)

SEMANA 1 – ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN (Lunes 2 al viernes 6 de marzo)
Propósito: Asegurar condiciones institucionales y pedagógicas para el inicio de clases.

Lunes: Organización institucional y lineamientos generales

Actividades:

  • Reunión general con el equipo directivo.
  • Socialización de:
    • Objetivos y prioridades del Año Escolar 2026.
    • Calendario Escolar oficial.
    • Metas institucionales (PAT, PEI).
  • Revisión del rol docente en el Buen Inicio del Año Escolar.
  • Conformación o ratificación de comisiones (convivencia, gestión de riesgos, tutoría, etc.).

Producto esperado:

Acta de acuerdos institucionales.

Cronograma interno ajustado.

Martes: Análisis pedagógico y revisión curricular

Actividades:

  • Trabajo por áreas:
    • Revisión del Currículo Nacional.
    • Análisis de competencias, capacidades y estándares.
  • Revisión de resultados del año anterior (actas, informes, evaluaciones).
  • Identificación de necesidades de aprendizaje.

Producto esperado:

Matriz de necesidades pedagógicas por grado/sección.

Acuerdos sobre énfasis curriculares.

Miércoles: Planificación curricular inicial

Actividades:

  • Elaboración o ajuste de:
    • Programación anual.
    • Unidades didácticas del primer bimestre.
  • Incorporación de enfoques transversales.
  • Coordinación interdisciplinaria (si corresponde).

Producto esperado:

Programación anual preliminar.

Primera unidad estructurada.

Jueves: Evaluación diagnóstica y estrategias de acogida

Actividades:

  • Diseño de instrumentos de evaluación diagnóstica:
    • Rúbricas.
    • Fichas de observación.
    • Pruebas de entrada.
  • Planificación de actividades de bienvenida.
  • Elaboración de dinámicas socioemocionales iniciales.

Producto esperado:

Instrumentos diagnósticos listos.

Plan de actividades de la primera semana con estudiantes.

Viernes: Organización del aula y coordinación con familias

Actividades:

  • Ambientación del aula:
    • Normas de convivencia visibles.
    • Espacios organizados.
  • Elaboración de carta o comunicado para padres de familia.
  • Coordinación de reunión inicial con familias.

Producto esperado: 

Aula lista para recibir estudiantes.

Comunicación formal preparada.

SEMANA 2 – CONSOLIDACIÓN Y PREPARACIÓN FINAL (Lunes 9 al viernes 13 de marzo)

Propósito: Afinar planificación, fortalecer el trabajo colegiado y garantizar un inicio ordenado.

Lunes: Revisión y validación de planificación

Actividades:

  • Presentación de programaciones al equipo directivo.
  • Ajustes según observaciones.
  • Verificación de coherencia entre competencias, evidencias y evaluación.

Producto esperado:

Programación validada.

Martes: Trabajo colegiado y criterios de evaluación

Actividades:

  • Acuerdos institucionales sobre:
    • Criterios de evaluación.
    • Instrumentos comunes.
    • Escala de valoración.
  • Organización del registro auxiliar y portafolio docente.

Producto esperado:

Matriz común de evaluación.

Acuerdos pedagógicos por área.

Miércoles: Tutoría, convivencia y bienestar

Actividades:

  • Elaboración del Plan de Tutoría del aula.
  • Revisión del Reglamento Interno y normas de convivencia.
  • Estrategias para clima escolar positivo.

Producto esperado:

Plan de tutoría listo.

Propuesta de normas consensuadas para trabajar con estudiantes.

Jueves: Gestión de recursos y simulación de inicio

Actividades:

  • Verificación de materiales educativos.
  • Revisión de listas oficiales de estudiantes.
  • Simulación de la primera sesión de clase.
  • Ajuste de tiempos y actividades.

Producto esperado:

Sesión de bienvenida estructurada.

Materiales organizados.

Viernes: Coordinación final y compromiso docente

Actividades:

  • Reunión final de cierre de semanas de gestión.
  • Confirmación de horarios.
  • Firma de compromisos pedagógicos.
  • Organización del acto de bienvenida institucional.

Producto esperado:

Acta de compromisos.

Inicio del año escolar listo para ejecutarse.

RESULTADO ESPERADO AL FINAL DE LAS DOS SEMANAS

Planificación curricular organizada.

Evaluación diagnóstica lista.

Aula ambientada y acogedora.

Estrategias socioemocionales preparadas.

Coordinación institucional consolidada.

Inicio de clases ordenado y centrado en el estudiante.

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domingo, 1 de marzo de 2026

Cronograma de pagos de banco de la nación - mes de Marzo

 PAGOS DE MARZO


PAGOS DE LAS PENSIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Importante: Por su Seguridad se solicita presentar su DNI y Tarjeta Multired Global Débito para operaciones de retiro por ventanilla superiores a S/. 1,500.00 o $ 550.00.

Nota: Se informa, que el NO PAGO en la fecha programada NO ES RESPONSABILIDAD DEL BANCO DE LA NACIÓN, por lo que cualquier consulta al respecto debe realizarla directamente a la entidad a la cual pertenece.

Pago de pensiones a la Administración Pública marzo 2026 (Decreto Ley N° 20530)

  • Jueves 12
    • Ministerio de Educación (inc. Universidades)
    • Ministerio de Energía y Minas.
    • Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
    • Ministerio de Defensa.
    • Poder Judicial.
    • Ministerio Público.
    • Ministerio de Economía y Finanzas.
    • Ministerio de Justicia.
    • Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras.
    • Contraloría General de la República.
    • Congreso de la República.
    • Ministerio Agrario y Riego.
    • Presidencia del Consejo de Ministros.
  • Viernes 13
    • Ministerio del Interior.
    • Ministerio Desarrollo e Inclusión Social.
    • Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
    • Defensoría del Pueblo.
    • Relaciones Exteriores.
  • Lunes 16
    • Ministerio de Salud.
    • Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
    • Ministerio de Cultura.
    • Ministerio del Ambiente.
    • Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
    • Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
  • Martes 17
    • Ministerio de la Producción.
    • Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
    • Oficina Nacional de Procesos Electorales.
    • Junta Nacional de Justicia.
    • Jurado Nacional de Elecciones.
    • Tribunal Constitucional.


Pago de Remuneraciones a la Administración Pública marzo 2026

  • Miércoles 18
    • Educación (inc. Universidades)
    • Presidencia del Consejo de Ministros.
    • Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
    • Ministerio de Defensa.
    • Poder Judicial.
    • Ministerio Público.
    • Ministerio de Economía y Finanzas.
    • Ministerio de Justicia.
    • Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras.
    • Contraloría General de la República
    • Congreso de la República.
    • Ministerio Agrario y Riego.
    • Ministerio de Energía y Minas.
  • Jueves 19
    • Ministerio del Interior.
    • Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
    • Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
    • Defensoría del Pueblo.
    • Relaciones Exteriores.
  • Viernes 20
    • Ministerio de Salud.
    • Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
    • Ministerio de Cultura.
    • Ministerio del Ambiente.
    • Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
    • Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
  • Lunes 23
    • Ministerio de la Producción.
    • Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
    • Oficina Nacional de Procesos Electorales.
    • Fuero Militar Policial
    • Junta Nacional de Justicia.
    • Jurado Nacional de Elecciones.
    • Tribunal Constitucional.

    (*) En las fechas que se indican también se atiende pagos de carácter no remunerativo y de pago periódico: CAS, Estipendio por Secigra, Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales.

Pago de Pensiones marzo 2026 en los distintos regímenes administrados por la ONP

Decreto Ley 19990

  • Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y Banbif.
    • Fecha de pago según primera letras de apellido paterno:
      • Letras A - C: viernes 6 de marzo.
      • Letras D - L: lunes 9 de marzo.
      • Letras M - Q: martes 10 de marzo.
      • Letras R - Z: miércoles 11 de marzo.
      • Convenios Internacionales: viernes 13 de marzo.
      • Incluye Pensionistas de la Ley N° 27803
    • Pago a domicilio: del 12 al 21 de marzo.

Decreto Ley 18846 y pensiones por encargo

  • Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, Scotiabank, Interbank y Banbif.
    • Fecha de pago: 12 de marzo.
  • Pago a domicilio Decreto Ley 18846
    • Fecha de pago: del 16 al 21 de marzo.
  • Pago a domicilio pensiones por encargo
    • Fecha de pago: del 16 al 21 de marzo.

Ley 30003 Pensiones pesqueros

  • Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación.
    • Fecha de pago: 12 de marzo.
  • Pago a domicilio.
    • Fecha de pago: del 16 al 21 de marzo.

Ley 26790 Pensionistas del seguro complementario de trabajo de riesgo

  • Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación.
    • Cobertura supletoria, fondo minero y reaseguro: 12 de marzo.
  • Pago a domicilio.
    • Fecha de pago: del 16 al 21 de marzo.