Aprueban la exclusión de diversas instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa
Resolución Ministerial
N° 575-2025-MINEDU
Lima, 23 de diciembre de 2025
VISTOS, los Expedientes N°
0733306-2025 y 0731772-2025, los Informes N° 01906-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES
y N° 01907-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES de la Dirección de Educación Secundaria
de la Dirección General de Educación Básica Regular; el Informe N° 01957-2025-MINEDU/SG-OGAJ
de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución
Ministerial N° 451-2014-MINEDU, se crea el modelo de servicio educativo
“Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel
de Educación Secundaria” (en adelante, MSE JEC), el mismo que fue modificado
por las Resoluciones Ministeriales N° 062-2015-MINEDU y N° 601-2015-MINEDU;
Que, con la Resolución
Viceministerial N° 326-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada
Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación
Secundaria”, siendo modificada mediante las Resoluciones Viceministeriales N°
161-2020-MINEDU, N° 165-2021-MINEDU y N° 340-2021-MINEDU;
Que, a través de la Resolución
Viceministerial N° 079-2023-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la inclusión o exclusión de instituciones educativas al/del
modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa”, cuyos numerales 5.5,
5.6 y 5.7 regulan las causales, las consideraciones y el procedimiento,
respectivamente, para solicitar la exclusión del MSE JEC;
Que, el literal b) del subnumeral 6.1
del numeral 6 de la citada Norma Técnica establece que es responsabilidad del
Ministerio de Educación emitir la resolución ministerial de inclusión o
exclusión del MSE JEC y adoptar las acciones derivadas que correspondan,
precisando que las gestiones para su emisión se realizan a través de la
Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de
Educación Básica Regular, en coordinación con el órgano que resulte competente;
Que, en el marco de las disposiciones
legales antes señaladas, la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección
General de Educación Básica Regular, a través del Informe N°
01906-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, concluye que, como resultado de la evaluación
efectuada a la solicitud presentada por la Dirección Regional de Educación Ica
para la exclusión del MSE JEC de la Institución Educativa “N° 22346 San Martín
de Porras” y de la Institución Educativa “José Manuel Meza”, se acredita el
cumplimiento de los plazos, las causales y el procedimiento para la exclusión
del MSE JEC, conforme con lo establecido en la precitada norma técnica, por lo
que propone y sustenta emitir la resolución ministerial que apruebe su
exclusión del MSE JEC;
Que, así también, la Dirección de
Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, a
través del Informe N° 01907-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, concluye que, como
resultado de la evaluación efectuada a la solicitud presentada por la Dirección
Regional de Educación Madre de Dios para la exclusión del MSE JEC de la
Institución Educativa “La Pastora” y de la Institución Educativa “Cap. FAP José
Abelardo Quiñones”, se acredita el cumplimiento de los plazos, las causales y
el procedimiento para la exclusión del MSE JEC, conforme con lo establecido en
la precitada norma técnica, por lo que propone y sustenta emitir la resolución
ministerial que apruebe su exclusión del MSE JEC;
Que, mediante el Informe N°
01957-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable respecto de la propuesta;
De conformidad con la Ley N° 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044,
Ley General de Educación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar
la exclusión del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa de las
siguientes instituciones educativas:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
* El área geográfica es determinada
según el Padrón de Servicios Educativos del ESCALE
Artículo 2.- Encargar
el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente a la Dirección de
Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, a las
Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local
indicadas en el cuadro contenido en el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE),
ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el
mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.










