viernes, 2 de enero de 2026
jueves, 1 de enero de 2026
Contrato y Renovación de contrato docente 2026
Decreto Supremo que aprueba la Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y la renovación de profesores en el servicio docente en educación básica y técnico-productiva, en el marco de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones
DECRETO SUPREMO Nº 022-2025-MINEDU
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, según lo señalado por el
artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de
Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia
con la política general del Estado;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por
el literal h) del artículo 80 de la Ley General de Educación, es función del
Ministerio de Educación, definir las políticas sectoriales de personal,
programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del
sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley Nº
29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que las plazas vacantes existentes
en las instituciones educativas públicas no cubiertas por nombramiento son
atendidas vía concurso público de contratación docente;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº
30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras
disposiciones, señala que el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley de
Reforma Magisterial, tiene por finalidad permitir la contratación temporal del
profesorado en instituciones educativas públicas de educación básica y técnico
productiva. Asimismo, establece que, mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro de Educación, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones
para las contrataciones en el marco del Contrato de Servicio Docente, así como
las características para la renovación del mismo;
Que, bajo ese marco normativo, a
través del Decreto Supremo Nº 002-2025-MINEDU, se aprueba la “Norma que regula
el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y renovación de
profesores en el servicio docente en educación básica y técnico-productiva, en
el marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y
dicta otras disposiciones”;
Que, con la finalidad de garantizar
la disponibilidad de los profesores para el ejercicio de la función docente en
los programas educativos y en las instituciones educativas de Educación Básica
y Técnico-Productiva, antes y durante el año lectivo, y asegurar la prestación
del servicio educativo; resulta necesario, sobre la base de los principios de
meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades, aprobar un nuevo
marco normativo que regule el procedimiento, los requisitos y las condiciones
para la contratación y la renovación de profesores en el servicio docente, en
el marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y
dicta otras disposiciones;
Que, conforme con lo dispuesto en el
numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565,
Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad
Regulatoria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, se declara la
improcedencia del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, toda vez que
la presente norma no establece nuevas exigencias ni modifica las existentes de
tal forma que genere costos adicionales para las personas en su cumplimiento. Asimismo,
no limita el ejercicio, otorgamiento o el reconocimiento de derechos, ni
restringe el desarrollo de actividades económicas y sociales que promuevan el
crecimiento económico, el desarrollo sostenible o el bienestar general de la
población. De igual modo, en la medida que la presente norma no desarrolla
procedimientos administrativos, no se encuentra bajo el alcance del Análisis de
Calidad Regulatoria (ACR) Ex Ante;
De conformidad con lo dispuesto por
la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación, en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en la Ley Nº 29944,
Ley de Reforma Magisterial, y en la Ley Nº 30328, Ley que establece
medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la Norma
que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y la
renovación de profesores en el servicio docente en educación básica y
técnico-productiva, en el marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas
en materia educativa y dicta otras disposiciones
Aprobar la “Norma que regula el
procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y la renovación de
profesores en el servicio docente en educación básica y técnico-productiva, en
el marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y
dicta otras disposiciones”, la misma que como anexo forma parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación
El presente Decreto Supremo y su
anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para
Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Sistema de Información Jurídica
de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación del presente Decreto
Supremo en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es
refrendado por el Ministro de Educación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
FINAL
Única.- Aprobación de Disposiciones
Complementarias
El Ministerio de Educación aprueba
las disposiciones complementarias que sean necesarias para la implementación de
la norma aprobada por el artículo 1 del presente Decreto Supremo.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Derogación del Decreto
Supremo Nº 002-2025-MINEDU
Derogar el Decreto Supremo Nº
002-2025-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba la “Norma que regula el
procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y renovación de
profesores en el servicio docente en educación básica y técnico- productiva, en
el marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y
dicta otras disposiciones”.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima,
a los treinta y un días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco.
Cronograma de pagos del Banco de la Nación - Enero 2026
Pago de pensiones a la Administración Pública enero 2026 (Decreto Ley N° 20530)
- Jueves 15
- Ministerio de Educación (inc. Universidades)
- Ministerio de Energía y Minas.
- Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
- Ministerio de Defensa.
- Poder Judicial.
- Ministerio Público.
- Ministerio de Economía y Finanzas.
- Ministerio de Justicia.
- Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras.
- Contraloría General de la República.
- Congreso de la República.
- Ministerio Agrario y Riego.
- Presidencia del Consejo de Ministros.
- Viernes 16
- Ministerio del Interior.
- Ministerio Desarrollo e Inclusión Social.
- Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
- Defensoría del Pueblo.
- Lunes 19
- Ministerio de Salud.
- Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
- Ministerio de Cultura.
- Ministerio del Ambiente.
- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
- Martes 20
- Ministerio de la Producción.
- Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
- Oficina Nacional de Procesos Electorales.
- Junta Nacional de Justicia.
- Jurado Nacional de Elecciones.
- Tribunal Constitucional.
Pago de Remuneraciones a la Administración Pública enero 2026
- Miércoles 21
- Educación (inc. Universidades)
- Presidencia del Consejo de Ministros.
- Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
- Ministerio de Defensa.
- Poder Judicial.
- Ministerio Público.
- Ministerio de Economía y Finanzas.
- Ministerio de Justicia.
- Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras.
- Contraloría General de la República
- Congreso de la República.
- Ministerio Agrario y Riego.
- Ministerio de Energía y Minas.
- Jueves 22
- Ministerio del Interior.
- Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
- Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
- Defensoría del Pueblo.
- Viernes 23
- Ministerio de Salud.
- Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
- Ministerio de Cultura.
- Ministerio del Ambiente.
- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
- Lunes 26
- Ministerio de la Producción.
- Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
- Oficina Nacional de Procesos Electorales.
- Fuero Militar Policial
- Junta Nacional de Justicia.
- Jurado Nacional de Elecciones.
- Tribunal Constitucional.
(*) En las fechas que se indican también se atiende pagos de carácter no remunerativo y de pago periódico: CAS, Estipendio por Secigra, Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales.
Pago de Pensiones enero 2026 en los distintos regímenes administrados por la ONP
Decreto Ley 19990
- Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y Banbif.
- Fecha de pago según primera letras de apellido paterno:
- Letras A - C: lunes 12 de enero.
- Letras D - L: martes 13 de enero.
- Letras M - Q: miércoles 14 de enero.
- Letras R - Z: jueves 15 de enero.
- Convenios Internacionales: viernes 16 de enero.
- Incluye Pensionistas de la Ley N° 27803
- Pago a domicilio: del 16 al 25 de enero.
Decreto Ley 18846 y pensiones por encargo
- Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, Scotiabank, Interbank y Banbif.
- Fecha de pago: 16 de enero.
- Pago a domicilio Decreto Ley 18846
- Fecha de pago: del 20 al 25 de enero.
- Pago a domicilio pensiones por encargo
- Fecha de pago: del 20 al 25 de enero.
Ley 30003 Pensiones pesqueros
- Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación.
- Fecha de pago: 16 de enero.
- Pago a domicilio.
- Fecha de pago: del 20 al 25 de enero.
Ley 26790 Pensionistas del seguro complementario de trabajo de riesgo
- Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación.
- Cobertura supletoria, fondo minero y reaseguro: 16 de enero.
- Pago a domicilio.
- Fecha de pago: del 20 al 25 de enero.
martes, 30 de diciembre de 2025
Relación de plazas para contrato de auxiliares de educación 2026
Relación de plazas para la contratación de auxiliares de Educación básica
A continuación, se presenta la relación preliminar de plazas vacantes consideradas para el proceso de contratación de auxiliares de educación 2026. Cada DRE, GRE y UGEL deberá validar este listado de plazas a fin de que realicen la publicación final el 9 de enero de acuerdo al cronograma.
Fecha de prepublicación:30 de diciembre del 2025
Actualizado al 30 de diciembre del 2025
lunes, 29 de diciembre de 2025
Cronograma de Contratación de Auxiliares de Educación 2026
“NORMA QUE REGULA EL PROCESO PARA LA CONTRATACIÓN DE AUXILIARES DE EDUCACIÓN EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR Y EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL”
RVM N° 158-2025-MINEDU
1. OBJETIVOS
1.1 Objetivo general
Establecer el proceso, requisitos y
condiciones para la contratación de auxiliares de educación en las
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular en los niveles
educativos de inicial y secundaria; y de Educación Básica Especial en los
niveles educativos de inicial y primaria.
1.2 Objetivos específicos
a) Regular la contratación de
auxiliares de educación, con la finalidad de seleccionar al personal idóneo
para apoyar al docente en la prestación del servicio educativo en las
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular en los niveles
educativos de inicial y secundaria; y de Educación Básica Especial en los
niveles inicial y primaria.
b) Asegurar la contratación oportuna
de auxiliares de educación que cuenten con el perfil y los requisitos
requeridos para atender las necesidades de los estudiantes en condiciones de
igualdad de oportunidades, antes del inicio del año escolar y durante el mismo.
CRONOGRAMA
jueves, 25 de diciembre de 2025
Aprueban la Exclusión de diversas instituciones educativas JEC
Aprueban la exclusión de diversas instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa
Resolución Ministerial
N° 575-2025-MINEDU
Lima, 23 de diciembre de 2025
VISTOS, los Expedientes N°
0733306-2025 y 0731772-2025, los Informes N° 01906-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES
y N° 01907-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES de la Dirección de Educación Secundaria
de la Dirección General de Educación Básica Regular; el Informe N° 01957-2025-MINEDU/SG-OGAJ
de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución
Ministerial N° 451-2014-MINEDU, se crea el modelo de servicio educativo
“Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel
de Educación Secundaria” (en adelante, MSE JEC), el mismo que fue modificado
por las Resoluciones Ministeriales N° 062-2015-MINEDU y N° 601-2015-MINEDU;
Que, con la Resolución
Viceministerial N° 326-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada
Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación
Secundaria”, siendo modificada mediante las Resoluciones Viceministeriales N°
161-2020-MINEDU, N° 165-2021-MINEDU y N° 340-2021-MINEDU;
Que, a través de la Resolución
Viceministerial N° 079-2023-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la inclusión o exclusión de instituciones educativas al/del
modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa”, cuyos numerales 5.5,
5.6 y 5.7 regulan las causales, las consideraciones y el procedimiento,
respectivamente, para solicitar la exclusión del MSE JEC;
Que, el literal b) del subnumeral 6.1
del numeral 6 de la citada Norma Técnica establece que es responsabilidad del
Ministerio de Educación emitir la resolución ministerial de inclusión o
exclusión del MSE JEC y adoptar las acciones derivadas que correspondan,
precisando que las gestiones para su emisión se realizan a través de la
Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de
Educación Básica Regular, en coordinación con el órgano que resulte competente;
Que, en el marco de las disposiciones
legales antes señaladas, la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección
General de Educación Básica Regular, a través del Informe N°
01906-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, concluye que, como resultado de la evaluación
efectuada a la solicitud presentada por la Dirección Regional de Educación Ica
para la exclusión del MSE JEC de la Institución Educativa “N° 22346 San Martín
de Porras” y de la Institución Educativa “José Manuel Meza”, se acredita el
cumplimiento de los plazos, las causales y el procedimiento para la exclusión
del MSE JEC, conforme con lo establecido en la precitada norma técnica, por lo
que propone y sustenta emitir la resolución ministerial que apruebe su
exclusión del MSE JEC;
Que, así también, la Dirección de
Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, a
través del Informe N° 01907-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, concluye que, como
resultado de la evaluación efectuada a la solicitud presentada por la Dirección
Regional de Educación Madre de Dios para la exclusión del MSE JEC de la
Institución Educativa “La Pastora” y de la Institución Educativa “Cap. FAP José
Abelardo Quiñones”, se acredita el cumplimiento de los plazos, las causales y
el procedimiento para la exclusión del MSE JEC, conforme con lo establecido en
la precitada norma técnica, por lo que propone y sustenta emitir la resolución
ministerial que apruebe su exclusión del MSE JEC;
Que, mediante el Informe N°
01957-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable respecto de la propuesta;
De conformidad con la Ley N° 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044,
Ley General de Educación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar
la exclusión del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa de las
siguientes instituciones educativas:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
* El área geográfica es determinada
según el Padrón de Servicios Educativos del ESCALE
Artículo 2.- Encargar
el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente a la Dirección de
Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, a las
Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local
indicadas en el cuadro contenido en el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE),
ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el
mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Contrato de Auxiliares de Educación 2026
Aprueban norma técnica denominada “Norma que regula el proceso para la contratación de auxiliares de educación en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial”
Resolución Viceministerial N° 158-2025-MINEDU
Lima, 23 de diciembre de 2025
VISTOS, el Expediente N°
DITEN2025-INT-1083407, el Informe N° 01798-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y el
OFICIO N° 12019-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa
de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N°
02267-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N°
01949-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N°
28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el
órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, conforme con lo dispuesto por el
literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, es función del Ministerio de
Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, según la Primera Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 30493, Ley que regula la política
remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas
públicas, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el
servicio del auxiliar de educación, en el marco de la Ley N° 29944, se brinda
en condición de nombrado y contratado, sujeto a las disposiciones establecidas
en la Ley de Reforma Magisterial y su reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 004-2013-ED;
Que, de acuerdo con el artículo 7 de
la Ley N° 30493 y el artículo 221 del Reglamento de la Ley N° 29944, el
Ministerio de Educación regula el procedimiento, requisitos y condiciones para
la contratación de auxiliares de educación;
Que, a través de la Resolución
Viceministerial N° 005-2024-MINEDU, se aprueba la norma técnica denominada
“Norma que regula el procedimiento y requisitos para la contratación de
auxiliares de Educación en las modalidades de Educación Básica Regular y Educación
Básica Especial”, modificada por las Resoluciones Viceministeriales N°
060-2024-MINEDU y N° 149-2024-MINEDU;
Que, mediante el Oficio N°
02909-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
01798-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, complementado con el Oficio N°
12019-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, a través de los cuales la Dirección
Técnico Normativa de Docentes sustenta la necesidad de aprobar la propuesta de
norma técnica denominada “Norma que regula el proceso para la contratación de
auxiliares de educación en las instituciones educativas públicas de Educación
Básica Regular y Educación Básica Especial”; y, de derogar la Resolución
Viceministerial N° 005-2024-MINEDU, que aprueba la “Norma que regula el
procedimiento y requisitos para la contratación de auxiliares de Educación en
las modalidades de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial”,
modificada por las Resoluciones Viceministeriales N° 060-2024-MINEDU y N°
149-2024-MINEDU;
Que, la propuesta de norma técnica
tiene como objetivo establecer el proceso, requisitos y condiciones para la
contratación de auxiliares de educación en las Instituciones Educativas
Públicas de Educación Básica Regular en los niveles educativos de inicial y
secundaria; y de Educación Básica Especial en los niveles educativos de inicial
y primaria;
Que, la referida propuesta cuenta con
la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la
Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección
General de Calidad de la Gestión Escolar y de la Dirección General de Gestión
Descentralizada;
Que, a través del Informe N°
02267-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión técnica favorable a la
propuesta de norma técnica, por cuanto, desde el punto de vista de
planificación, se encuentra alineada a los instrumentos de planeamiento
estratégico e institucional del sector Educación; y, desde el punto de vista
presupuestal, no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación ni
al Tesoro Público para su implementación;
Que, con el Informe N°
01949-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la
aprobación de la propuesta de norma técnica, así como la derogación de la
Resolución Viceministerial N° 005-2024-MINEDU, que aprueba la “Norma que regula
el procedimiento y requisitos para la contratación de auxiliares de Educación
en las modalidades de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial”,
modificada por las Resoluciones Viceministeriales N° 060-2024-MINEDU y N°
149-2024-MINEDU, resultan legalmente viables;
Que, mediante el literal a) del
artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU, el Titular de la
Entidad delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de
Educación, durante el Año Fiscal 2025, la facultad de emitir y aprobar los
actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos
Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 28044, Ley General de Educación, en la Ley N° 30493, Ley que regula la
política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas
públicas, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, en el
Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED,
en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las
facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la norma técnica denominada
“Norma que regula el proceso para la contratación de auxiliares de educación en
las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular y Educación
Básica Especial”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial
N° 005-2024-MINEDU, que aprueba la norma técnica denominada “Norma que regula
el procedimiento y requisitos para la contratación de auxiliares de Educación
en las modalidades de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial”,
modificada por las Resoluciones Viceministeriales N° 060-2024-MINEDU y N°
149-2024-MINEDU.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución
en el Diario Oficial “El Peruano”.
jueves, 18 de diciembre de 2025
Resultados Finales de la Evaluación de Acceso a Cargos Directivos 2025
Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas 2025
El Concurso de Acceso para Cargos
Directivos y de Especialistas es una oportunidad dirigida a las profesoras y
profesores nombrados a partir de la tercera escala de la Carrera Pública
Magisterial para acceder a cargos directivos o de especialistas en las
Instancias de Gestión Educativa Descentralizada.










