Modifican el Anexo de la Resolución Ministerial N° 087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 136-2026-MINEDU, N° 195-2026-MINEDU y N° 229-2026-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026, y otros aspectos.
Resolución Ministerial Nº 323-2026-MINEDU
Lima, 5 de junio de 2026
VISTO, los documentos que conforman
el Expediente Nº USE2026-INT-0483963; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el segundo párrafo de
la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se autoriza al
Ministerio de Educación, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar
recursos adicionales al Tesoro Público, a financiar el pago de pasajes y
viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de
formación y capacitación que el Sector Educación organice y ejecute, según
corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del
titular del pliego que establezca los eventos, concursos y actividades a
realizarse durante el año 2026, así como la condición y cantidad de
participantes por cada uno de estos;
Que, asimismo, el tercer párrafo de
la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, dispone que, los
viáticos que se otorguen en el marco de lo establecido en párrafo anterior, se
sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en
comisiones de servicios mediante el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, Decreto
Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de
servicios en el territorio nacional;
Que, mediante la Resolución
Ministerial Nº 087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales
Nº 136-2026-MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU y Nº 229-2026-MINEDU, se aprueba el
Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de
formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación
durante el Año Fiscal 2026, así como la condición y cantidad de sus
participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con cargo a los
recursos del Pliego 010: M. de Educación;
Que, a través de los Informes Nº
00338-2026-MINEDU/SPE-OSEE-USE y Nº 00368-2026-MINEDU/SPE-OSEE-USE, de la
Unidad de Seguimiento y Evaluación (USE) de la Oficina de Seguimiento y
Evaluación Estratégica (OSEE) de la Secretaría de Planificación Estratégica,
sustentan la necesidad de modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº
087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº
136-2026MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU y Nº 229-2026-MINEDU; con la finalidad de
incluir el evento denominado: “Taller de establecimiento de puntos de corte
mediante el método Bookmark para el dominio de Habilidades Matemáticas del
Instrumento de Desarrollo y Aprendizaje (IDA) - MEDIT” a desarrollarse en la
sede del Centro Vacacional de Huampaní, del departamento de Lima, a ser
organizado y ejecutado por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026, por
lo que remite los detalles del mismo, así como las condiciones y cantidades de
sus participantes, respecto del cual se requiere el financiamiento de pasajes y
viáticos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en
el marco de lo establecido en la Sétima Disposición Complementaria Final de la
Ley Nº 32513;
Que, mediante el Informe Nº
01010-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de
Planificación Estratégica, emite opinión técnica favorable respecto a la propuesta
de modificación de la Resolución Ministerial, toda vez que el evento señalado
por la USE se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e
institucionales del Sector Educación; asimismo, en materia presupuestal para
financiar los gastos que irrogará su implementación, la USE cuentan con los
créditos suficientes y disponibles en el presupuesto institucional del Pliego
010: M. de Educación correspondiente al Año Fiscal 2026, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público;
Que, a través del Informe Nº
00843-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco
del análisis efectuado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el
expediente de Vistos, emite opinión legal favorable en torno a la propuesta de
modificación del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU,
modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 136-2026-MINEDU, Nº
195-2026-MINEDU y Nº 229-2026-MINEDU;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la
Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el
Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación; y, el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF,
Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión
de servicios en el territorio nacional;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo de la
Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones
Ministeriales Nº 136-2026-MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU y Nº 229-2026-MINEDU, que
aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y
actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el
Sector Educación durante el Año Fiscal 2026, así como la condición y cantidad
de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con cargo a
los recursos del Pliego 010: M. de Educación; conforme al Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Las demás disposiciones de la
Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU y modificatorias, que no son objeto
de modificación por la presente Resolución, quedan subsistentes y mantienen
plena vigencia.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu),
el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.










