MODIFICAN CTS DE DOCENTES CONTRATADOS AL 100%
DECRETO SUPREMO Nº 001-2023-MINEDU
DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LA NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA
LAS CONTRATACIONES DE PROFESORES Y SU RENOVACIÓN EN EL MARCO DEL CONTRATO DE
SERVICIO DOCENTE EN EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO PRODUCTIVA, A QUE HACE REFERENCIA
LA LEY N° 30328, LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS EN MATERIA EDUCATIVA Y DICTA OTRAS
DISPOSICIONES
DECRETA:
Artículo 1.- Derogación del Decreto Supremo Nº 015-2020-MINEDU y del Decreto Supremo
Nº 001-2022-MINEDU.
Deróguese el Decreto Supremo Nº 015-2020-MINEDU,
Decreto Supremo que aprueba la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y
condiciones para las contrataciones de profesores y su renovación, en el marco del
contrato de servicio docente en educación básica, a que hace referencia la Ley
Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras
disposiciones”, y el Decreto Supremo Nº
001-2022-MINEDU, Decreto Supremo que modifi ca la “Norma que regula el procedimiento,
requisitos y condiciones para las contrataciones de profesores y su renovación,
en el marco del contrato de servicio docente en educación básica, a que hace
referencia la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y
dicta otras disposiciones”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 015-2020-MINEDU.
También puedes ver la Modificatoria de la Norma que Regula el Nombramiento Docente
Artículo 2.- Aprobación de la norma que regula el procedimiento para las
contrataciones de profesores y su renovación en el marco del Contrato de
Servicio Docente.
Apruébese la “Norma que regula el
procedimiento para las contrataciones de profesores y su renovación en el marco
del contrato de servicio docente en educación básica y técnico productiva, a
que hace referencia la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa
y dicta otras disposiciones”, la misma que, como anexo, forma parte del
presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Disposiciones Complementarias
El Ministerio de Educación emite las
disposiciones complementarias que sean necesarias para la implementación de la
norma aprobada por el artículo 2 del presente Decreto Supremo.
Artículo 4.- Publicación
El presente Decreto Supremo y su anexo son publicados
en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma
fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el diario ofi cial “El
Peruano”.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
el Ministro de Educación.