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lunes, 8 de junio de 2020

Retiro de fondos de la Derrama Magisterial - Proyecto de Ley 5394/2020-CR


PROYECTO DE LEY 5394/2020-CR

LEY QUE MODERNIZA Y FORTALECE LA “DERRAMA MAGISTERIAL”

La presente ley consta de tres artículos y entre ellos el artículo 3 hace referencia al retiro de los fondos de la derrama magisterial, los artículos son los siguientes:
Articulo 1.- Objeto de la ley

Articulo 2.- Modificación del Estatuto de la Derrama Magisterial

Artículo 3.- Retiro de los Fondos de la Derrama Magisterial
Autorizase que los socios de la Derrama, de forma voluntaria y extraordinaria, puedan retirar el total de sus fondos acumulados, la rentabilidad obtenida y las utilidades que les corresponda.

El retiro de los fondos a que se refiere el presente artículo tiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa; salvo las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo del 30% de lo retirado.