PROYECTO DE LEY 5394/2020-CR
LEY QUE
MODERNIZA Y FORTALECE LA “DERRAMA MAGISTERIAL”
La presente ley
consta de tres artículos y entre ellos el artículo 3 hace referencia al retiro
de los fondos de la derrama magisterial, los artículos son los siguientes:
Articulo 1.-
Objeto de la ley
Articulo 2.-
Modificación del Estatuto de la Derrama Magisterial
Artículo 3.-
Retiro de los Fondos de la Derrama Magisterial
Autorizase que
los socios de la Derrama, de forma voluntaria y extraordinaria, puedan retirar
el total de sus fondos acumulados, la rentabilidad obtenida y las utilidades
que les corresponda.
El retiro de los
fondos a que se refiere el presente artículo tiene la condición de intangible,
no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo,
retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o
administrativa; salvo las retenciones judiciales o convencionales derivadas de
deudas alimentarias, hasta un máximo del 30% de lo retirado.