Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Fortalecimiento de competencias de los docentes usuarios de dispositivos electrónicos portátiles”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 014-2021-MINEDU
Lima, 19 de enero de 2021
VISTOS, los informes contenidos en el Expediente Nº 136047-2020, el Informe Nº 01474-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al literal b) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, es atribución del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, deporte y recreación;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, mediante los artículos 7 y 8 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, se señala que el Ministerio de Educación norma la gestión de la formación en servicio, con el fin de organizar y desarrollar, a favor de los profesores en servicio, actividades de actualización, capacitación y especialización, que responden a las exigencias de aprendizaje de los estudiantes y de la comunidad o a la gestión de la institución educativa y a las necesidades reales de la capacitación de los profesores;
Que, a través del Decreto Legislativo N° 1465 se establece medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el marco de las acciones preventivas del gobierno ante el riesgo de propagación del COVID-19, y se autoriza la adquisición de dispositivos informáticos y/o electrónicos para que sean entregados a las Instituciones Educativas focalizadas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2020-MINEDU se aprueban los criterios para la focalización de los estudiantes y docentes beneficiarios en el marco del Decreto Legislativo N° 1465, que establece medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el marco de las acciones preventivas del Gobierno ante el riesgo de propagación del COVID-19;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 334-2020-MINEDU se aprueba las orientaciones pedagógicas sobre el uso y aprovechamiento de las tabletas en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular de los niveles de educación primaria y secundaria, para la prestación de servicio educativo en el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 400-2020-MINEDU, se aprueban los “Lineamientos para la Gestión de las Tabletas y sus complementos en Instituciones Educativas Públicas de la Educación Básica Regular”;
Que, bajo ese marco normativo, mediante el Oficio Nº 1116-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº01630-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, complementado con el Informe N° 00009-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, elaborados por la Dirección de Formación Docente en Servicio, dependiente de la referida Dirección General, mediante los cuales sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Fortalecimiento de competencias de los docentes usuarios de dispositivos electrónicos portátiles”, con el objetivo de establecer los propósitos, criterios, estrategias y responsabilidades de las instancias de gestión educativa descentralizada en la implementación del programa a fin de asegurar el desarrollo de competencias digitales y maximizar el uso pedagógico de herramientas y recursos digitales que incida en los procesos de enseñanza aprendizaje en Instituciones Educativas polidocente, multigrado y de educación intercultural bilingüe;
Que, mediante el Informe N° 01692-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica emitió opinión favorable respecto a la propuesta de documento normativo; por cuanto, se encuentra alineado con los documentos de planificación institucional, y desde el enfoque presupuestal, no irroga gastos adicionales para el Pliego 010: Ministerio de Educación a los ya autorizados en el numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;
Que, a través del Informe N° 01474-2020-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable al documento normativo, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Legislativo Nº 1465, que aprueba medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo en el marco de las acciones preventivas del gobierno ante el riesgo de propagación del COVID-19; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Fortalecimiento de competencias de los docentes usuarios de dispositivos electrónicos portátiles”; el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS
Viceministra de Gestión Pedagógica
1921327-
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