Disposiciones Generales
En los numerales 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Ley de Presupuesto 2021 se autoriza al Minedu para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional en el presupuesto del Año Fiscal 2021, a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 410 514 950.00 (CUATROCIENTOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES) para financiar la adquisición de bienes y/o servicios de las intervenciones y acciones pedagógicas, de manera progresiva hasta el 20 de agosto de 2021 considerando la ejecución de los recursos institucionales de los Gobiernos Regionales, así como la ejecución de las transferencias de partidas efectuadas. Por su parte, en el numeral 22.4 del artículo 22 de Ley de Presupuesto 2021, se ha asignado recursos en el pliego Ministerio de Educación y en los gobiernos regionales, hasta por la suma de S/ 19 077 772,00 (DIECINUEVE MILLONES SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para financiar la continuidad de la estrategia de convivencia escolar en instituciones educativas focalizadas.
Asimismo,
autoriza al Minedu a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional,
con cargo a dichos recursos a favor de los gobiernos regionales, las que se
aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y el Ministro
de Educación, a propuesta de este último; debiendo publicarse hasta el 30 de abril
de 2021, en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en
el presupuesto institucional de los gobiernos regionales.
Las
acciones que impulsan y evalúan la ejecución presupuestaria de la
implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas así como su
financiamiento, se encuentran contenidas en los siguientes documentos: (i)
Criterios de Programación, (ii) Calendario de Programación, (iii) Perfiles de
los puestos de contratación bajo el régimen CAS, (iv) Metas físicas de
contratación del personal CAS, (v) Padrones nominales de Instituciones
Educativas focalizadas, (vi) Metodología de cálculo para la estimación de transferencia
de recursos; y, (vii) Criterios de evaluación para las transferencias de recursos.
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