RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N°
122-2021-MINEDU
Lima, 9 de marzo de 2021
VISTOS, el Expediente N° MPV2021-EXT-0020722, el Informe N°
00212-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el
Oficio N° 00098-2021-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica
y Presupuesto, el Informe N° 00308-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los
Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y
evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos
los niveles de gobierno;
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece que
corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de
planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de
Planeamiento Estratégico, y determinar los objetivos sectoriales funcionales
nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de
actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los
límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de
Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se
crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como organismo de
derecho público cuya finalidad es constituirse como el órgano rector y
orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva
para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada
por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD,
modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N°
00009-2021/CEPLAN/PCD, establece que las Políticas de Estado, en consonancia
con la Visión de País, se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo
Nacional – PEDN; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en
el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de
Gobierno, se concretan en los planes estratégicos sectoriales - PESEM y los
planes estratégicos multisectoriales – PEM; las políticas territoriales, a
nivel regional y local, se concretan en los planes de desarrollo regional
concertado - PDRC y planes de desarrollo local concertado – PDLC y las
políticas institucionales en el marco de las políticas nacionales y territoriales
según corresponda, se concretan en los planes estratégicos institucionales -
PEI y los planes operativos institucionales – POI;
Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la citada Directiva, establece que
a nivel institucional, los objetivos expresados en los Planes Estratégicos
Institucionales (PEI), para su implementación en los Planes Operativos
Institucionales (POI), se articulan con los objetivos estratégicos de los
Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), Planes Estratégicos
Multisectoriales (PEM), Planes de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) o
Planes de Desarrollo Local Concertado (PDLC), según corresponda al tipo de
entidad;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 252-2020-MINEDU, se aprueba
la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual -
PESEM 2016 - 2021 del Sector Educación, al 2023; quedando denominado como “Plan
Estratégico Sectorial Multianual, PESEM 2016-2023 del Sector Educación”;
Que, mediante comunicación a través del correo electrónico institucional
de fecha 23 de noviembre de 2020, la Dirección Nacional de Coordinación y
Planeamiento Estratégico del CEPLAN, solicita al Ministerio de Educación,
realizar las acciones necesarias a fin de ampliar el periodo de vigencia del
Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Educación al 2024,
para dar cobertura al Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2022-2024;
Que, mediante Oficio Múltiple N° 00104-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la
Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica,
solicita a los órganos del Ministerio de Educación y al Instituto Peruano del
Deporte, responsables de las metas del PESEM del Sector Educación, establecer,
completar y llenar la matriz del PESEM y el formato de registro de metas, con
la finalidad de permitir la ampliación del periodo de vigencia del PESEM del
Sector Educación al 2024;
Que, con Oficio N° 00037-2020-MINEDU/SPE, la Secretaría de Planificación
Estratégica del Ministerio de Educación, solicita al CEPLAN, emitir opinión
técnica sobre la propuesta del Plan Estratégico Sectorial Multianual, PESEM
2016 – 2024 del Sector Educación;
Que, mediante Oficio N° D000044-2021-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional
de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, remite a la Secretaría
de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, el Informe Técnico Nº
D000002-2021-CEPLAN-DNCPPESEM, elaborado por la Coordinación de Políticas
Nacionales y Planes Sectoriales del CEPLAN, a través del cual se concluye que
se ha verificado que el PESEM 2016-2023 del Sector Educación, ha sido ampliado
al 2024 con modificaciones en las metas del 2021, recomendando su aprobación
mediante acto resolutivo;
Que, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 30 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado
por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, es función de la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto
de la Secretaría de Planificación Estratégica formular, proponer y evaluar el
plan estratégico sectorial multianual y el plan estratégico institucional, así
como las políticas y los planes de corto, mediano y largo plazo, en el marco de
sus competencias y en concordancia con la normatividad vigente;
Que, con Oficio N° 00098-2021-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de
Planificación Estratégica y Presupuesto remite a la Secretaría de Planificación
Estratégica, el Informe N° 00212-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, mediante el cual la
Unidad de Planificación y Presupuesto sustenta la propuesta del Plan
Estratégico Sectorial Multianual, PESEM 2016 – 2024 del Sector Educación
precisando que cuenta con la validación del CEPLAN, conforme al Oficio N°
D000044-2021-CEPLAN-DNCP;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de
Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el
Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por
la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y la
Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, que
aprueba la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización
del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, modificada por la Resolución de
Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD;
SE
RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico
Sectorial Multianual, PESEM 2016 - 2023 del Sector Educación, al 2024; quedando
denominado como “Plan Estratégico Sectorial Multianual, PESEM 2016-2024 del
Sector Educación”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo
2.- Adecuación al PESEM 2016 - 2024
Disponer que el Ministerio de Educación, así como sus órganos
desconcentrados y programas, efectúen la elaboración y/o adecuación de sus
documentos de gestión, según corresponda, al Plan Estratégico Sectorial
Multianual, PESEM 2016-2024 del Sector Educación, aprobado mediante el artículo
1 de la presente Resolución.
Artículo
3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el
Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal
Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de
la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO DAVID CUENCA PAREJA
Ministro de Educación
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