CONCURSO PÚBLICO DE ASCENSO DE ESCALA DOCENTE 2O22
Convocan a
Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación
Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022, y
aprueban Cronograma
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 063-2022-MINEDU
Lima, 31 de mayo de
2022
VISTOS, el Expediente
N° 0098946-2022, el Informe N° 00376-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la
Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente,
el Informe N° 00581-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de
la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría
del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral
1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones
rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear,
dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo
su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que, el artículo 79
de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de
Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal h)
del artículo 80 de la precitada Ley dispone que es función del Ministerio de
Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la carrera pública magisterial;
Que, el artículo 15
de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de
Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula
los indicadores e instrumentos de evaluación y, en coordinación con los
gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y
evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos
dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia,
objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 26
de la Ley N° 29944 establece que el ascenso es el mecanismo de progresión
gradual en las escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al
profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad, este se realiza a través
de concurso público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto;
Que, asimismo, de
conformidad con lo señalado en el artículo 27 de la Ley N° 29944, el Ministerio
de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos
para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a
las normas y especificaciones técnicas que se emitan;
Que, el artículo 28
de la Ley N° 29944 dispone que la evaluación para el ascenso tiene una
finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente;
Que, el artículo 51
del Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED,
prevé que la evaluación de ascenso tiene entre sus objetivos promover el
reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del
desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos;
Que, mediante
Resolución Viceministerial N° 057-2021-MINEDU, se aprueba el documento
normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el
ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública
Magisterial”, cuyo objetivo es establecer los requisitos, criterios técnicos y
procedimientos para la organización, implementación y ejecución del concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la
Carrera Pública Magisterial, comprendidos en el marco de la Ley Nº 29944, y su
Reglamento; el mismo que fue modificado mediante Resolución Viceministerial N°
061-2022-MINEDU;
Que, conforme con lo
establecido en el numeral 5.6.1.1 del documento normativo antes mencionado, la
convocatoria del referido concurso público es aprobada conjuntamente con su
cronograma y se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación,
de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión
Educativa Local;
Que, a través del
Oficio Nº 00750-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo
Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
00376-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación
Docente, a través del cual se sustenta y solicita se convoque al Concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la
Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022 y se apruebe el
cronograma del referido concurso;
Que, con Informe Nº
00581-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco
del análisis legal realizado, opina que la convocatoria al referido concurso
público y la aprobación de su cronograma, resultan legalmente viables,
sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al
literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N°
008-2022-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del
Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y
aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los
documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su
competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU;
De conformidad con la
Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la
Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 004-2013-ED; el documento normativo denominado “Disposiciones que
regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de
Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”, aprobado por Resolución
Viceministerial Nº 057-2021-MINEDU y modificado por Resolución Viceministerial
Nº 061-2022-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante
Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Convocar al Concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la
Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022, el mismo que se
llevará a cabo conforme a lo establecido en el Documento Normativo aprobado por
la Resolución Viceministerial N° 057-2021-MINEDU y modificado por la Resolución
Viceministerial N° 061-2022-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar el
“Cronograma del Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de
Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año
2022”, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3.- Disponer la
publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información
Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio
de Educación (www.gob.pe/minedu),
en el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario
oficial “El Peruano”.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de
Gestión Pedagógica