Aprueban el
Procedimiento para el Proceso de Elecciones 2022, de los Miembros del Consejo
Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las Oficinas
Descentralizadas de la Derrama Magisterial
RESOLUCIÓN
MINISTERIAL Nº 356-2022-MINEDU
Lima, 18 de agosto de 2022
VISTOS, el Expediente Nº
DM2022-INT-0136211, el Informe Nº 00920-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, la
Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo
Docente; el Memorándum Nº 00604-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de
Planificación Estratégica y Presupuesto; y el Informe Nº
00984-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 13 del artículo 2 de la
Constitución Política del Perú, reconoce el derecho fundamental de toda persona
a asociarse y constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica
sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley, las cuales no
pueden ser disueltas por resolución administrativa;
Que, el artículo 1, del Decreto Supremo
Nº 021-88-MINEDU, que aprueba el Estatuto de la Derrama Magisterial señala que
esta es una Institución de servicio ajena a toda actividad partidaria y
religiosa creada por Decreto Supremo Nº 078 de fecha 10 de Diciembre de 1965 y
que comprende a los Docentes del servicio oficial y fiscalizado de todos los
niveles Educativos, a excepción del Nivel Universitario;
Que, mediante Decreto Supremo Nº
009-2022-MINEDU, se modifican algunas disposiciones del Estatuto de la Derrama
Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-88-ED;
Que, la Única Disposición
Complementaria Transitoria del citado Decreto Supremo faculta excepcionalmente
al Ministerio de Educación a efectos que establezca el procedimiento
correspondiente, para la realización de las primeras elecciones de los miembros
del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y responsables de las Oficinas
Descentralizada de la Derrama Magisterial, mediante Resolución Ministerial, en
un plazo no mayor a los treinta (30) días hábiles;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el
Decreto Supremo Nº 011-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación; y, considerando lo dispuesto en el
Decreto Supremo Nº 021-88-ED y el Decreto Supremo Nº 009-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Procedimiento de
Elecciones 2022
Aprobar el Procedimiento para el
Proceso de Elecciones 2022, de los Miembros del Consejo Directivo, Consejo de
Vigilancia y Responsables de las Oficinas Descentralizadas de la Derrama
Magisterial, que como Anexo 1, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Cronograma del Proceso
Aprobar el Cronograma del Primer
Proceso de Elecciones 2022, para llevar a cabo la primera elección de los
Miembros del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las
Oficinas Descentralizadas de la Derrama Magisterial, que como Anexo 2, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente
Resolución y anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE),
ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución
en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSENDO
LEONCIO SERNA ROMÁN
Ministro de Educación