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jueves, 29 de septiembre de 2022

Requisitos para postulación y adjudicación a una plaza por encargatura

Requisitos para la postulación y adjudicación de una plaza por encargo


Requisitos generales

a) Contar con título de profesor/a o licenciado/a en educación, o de segunda especialidad pedagógica.

b) En la IE pública de EB y TP ubicada en zona de frontera, además de los requisitos señalados en la presente norma, el postulante debe acreditar ser peruano/a de nacimiento.

Requisitos específicos mínimos

a) Para el cargo de Director de UGEL:

Estar ubicado entre la quinta y octava escala magisterial.

b) Para el cargo de Director de Gestión Pedagógica de DRE y Jefe de Gestión Pedagógica de UGEL:

Estar ubicado entre la cuarta y octava escala magisterial.

c) Para el cargo de Especialistas en Educación de DRE/UGEL y cargos directivos de IIEE, de EB y TP:

Estar ubicado entre la tercera y octava escala magisterial.

d) Para los cargos de Acompañante Pedagógico de UGEL:

Estar ubicado entre la tercera y octava escala magisterial

e) Para los cargos jerárquicos de IE de EB y TP:

  • i. Estar ubicado entre la segunda y octava escala magisterial, y
  • ii. Para el cargo jerárquico de Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa (TOE) y Coordinador Pedagógico en EBR Secundaria, el postulante acredita el título de profesor/a o licenciado/a en educación de cualquier especialidad o área curricular del nivel de educación secundaria.
  • iii. Para el cargo de Jefe de Laboratorio en EBR Secundaria, el título debe corresponder a especialidades vinculadas al área curricular de Ciencia y Tecnología y para el cargo de Jefe de Taller en EBR Secundaria, el título debe corresponder a alguna especialidad del área curricular de Educación para el Trabajo, en ambos casos, se verifica la afinidad de especialidades con el área curricular respectiva, de acuerdo a lo señalado en el documento normativo que aprueba el procedimiento para la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las IIEE1.
  • iv. Para el cargo de Coordinador Académico en CETPRO, solo se requiere el título profesional pedagógico, no siendo necesario acreditar alguna especialidad en particular.

f) Para los cargos directivos en la modalidad de EBA y EBE, se requiere que el docente sea nombrado en la modalidad educativa correspondiente.

g) Para los cargos directivos de IIEE del nivel Inicial, Primaria y Secundaria comprendidos en la EIB, de la forma de atención de fortalecimiento, el/la postulante al estar incorporado/a en el RNDBLO, tiene derecho a una bonificación en su ficha de evaluación. La presente bonificación no se otorga cuando postulan a IIEE de las formas de atención de revitalización o ámbito urbano.

h) En el caso de plazas de Especialista en Educación que requiera dominio de la lengua originaria EIB, es necesario que en el CAP o CAP Provisional de la UGEL o DRE la plaza se encuentre identificada con dicha denominación. Si en una misma jurisdicción, se habla más de una lengua originaria, la UGEL o DRE debe determinar la predominante en las IIEE, según el número de estudiantes que hablen una determinada lengua originaria, y en base a ello exigirán el requisito del dominio de la lengua originaria.

i) Para postular a un cargo directivo o jerárquico en IIEE EIB de cualquier forma de atención, no se requiere que el/la profesor/a acredite el dominio de la lengua originaria.

j) Para los cargos directivos y jerárquico en ETP, en caso no existan docentes nombrados en la misma modalidad que cumplan con los requisitos establecidos, se admitirá la postulación de docentes que acrediten además del título de profesor/a o licenciado/a en educación en EBR o EBA, título profesional técnico a nombre de la nación en alguna especialidad técnica.

El comité, dentro del plazo señalado en el cronograma, verifica el cumplimiento de requisitos generales y específicos, para la publicación de los postulantes clasificados. 

El postulante para ser declarado APTO debe cumplir con acreditar a través del informe escalafonario emitido por el módulo de escalafón del sistema AYNI, los requisitos generales y específicos, de acuerdo al cargo al que postula, caso contrario será declarado NO APTO.

Fuente: RVM 121-2022-MINEDU