Derogan Normas
Técnicas denominadas “Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos
Directivos y de Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión
Educativa Descentralizada-2022, en el marco de la Carrera Pública Magisterial
de la Ley de Reforma Magisterial” y “Disposiciones para la encargatura de
profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial y su Reglamento”
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 159-2022-MINEDU
Lima, 2 de diciembre de 2022
VISTOS, los documentos que obran en el
Expediente N° DM2022-INT-0289356, el Acta de Huacara de fecha 02 de diciembre
del 2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el
sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y
técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, mediante la Resolución
Viceministerial N° 118-2022-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de
Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada-2022,
en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma
Magisterial”, la cual tiene como objetivo establecer los requisitos, criterios
y procedimientos técnicos para la organización, implementación y ejecución del
Concurso Público de Acceso a los Cargos de Director de Gestión Pedagógica de la
Dirección Regional de Educación y Jefe del Área de Gestión Pedagógica de la
Unidad de Gestión Educativa Local; Especialista en Educación de la Dirección
Regional de Educación y de la Unidad de Gestión Educativa Local; y, Directivos
de Institución Educativa, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29944, Ley
de Reforma Magisterial, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°
004-2013-ED;
Que, mediante la Resolución
Viceministerial N° 121-2022-MINEDU, modificada por la Resolución
Viceministerial N° 137-2022-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral
de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, la cual tiene
como objetivo regular el procedimiento, requisitos, responsabilidades y
criterios de calificación de expedientes, para que los/las profesores/as
nombrados/as ocupen de manera temporal y excepcional, mediante el proceso de
encargatura un cargo de mayor responsabilidad que se encuentre vacante, en las
áreas de desempeño laboral, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial y su Reglamento;
Que, mediante documento denominado
“Acta de Huacara” de fecha 02 de diciembre del 2022, el Ministerio de
Educación, el Ministerio de Cultura y las organizaciones de los pueblos
originarios de la selva central, asociaciones y federaciones de profesores
bilingües, acordaron la derogación de la Resolución Viceministerial N°
118-2022-MINEDU, así como la Resolución Viceministerial N° 121-2022-MINEDU y su
modificatoria aprobada por Resolución Viceministerial N° 137-2022-MINEDU;
Que, el Ministerio de Educación, en el
marco de sus competencias, promueve el ejercicio y respecto irrestricto de los
derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios reconocidos en
tratados internacionales como el Convenio N° 169 de la Organización
Internacional del Trabajo y la Declaración Americana de los Derechos de los
Pueblos Indígenas, así como otros instrumentos para el respeto y garantía de
sus derechos;
Que, en tal virtud, el Ministerio de
Educación ratifica su apoyo y respaldo a la Política de Educación Intercultural
y Educación Intercultural Bilingüe en el país;
Que, frente a las preocupaciones
expresadas por diversas organizaciones indígenas u originarias, y otras de la
sociedad civil, respecto a la aprobación de las normas técnicas antes
señaladas, corresponde disponer las acciones necesarias para cautelar el
ejercicio de los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios;
Que, en atención a lo expuesto, se
sustenta la necesidad de dejar sin efecto la Resolución Viceministerial N°
118-2022-MINEDU, así como la Resolución Viceministerial N° 121-2022-MINEDU
modificada por la Resolución Viceministerial N° 137-2022-MINEDU;
Que, de acuerdo al literal a) del
numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se
delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación,
entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos
resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos
Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
y,
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la
Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de
Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto
Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante la
Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar la Norma Técnica denominada
“Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de
Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada-2022, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley
de Reforma Magisterial”, aprobada por la Resolución Viceministerial N°
118-2022-MINEDU.
Artículo 2.- Derogar la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral
de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por
la Resolución Viceministerial N° 121-2022-MINEDU y modificada por la Resolución
Viceministerial N° 137-2022-MINEDU.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el
Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de
su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica