FECHA DE EVALUACIÓN DE ASCENSO DOCENTE 2023
El concurso para el ascenso de escala magisterial es una oportunidad para que todos los docentes de Educación Básica pertenecientes a la Carrera Pública Magisterial (CPM) puedan crecer profesionalmente y mejorar su retribución económica en base a su propio mérito, a través de un proceso de evaluación que valora sus conocimientos pedagógicos y reconoce su trayectoria profesional.
Actividades |
Inicio |
Fin |
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1. |
Inscripción única
de postulantes. (a) |
17/08/2023 |
7/09/2023 |
2. |
Publicación de centros de evaluación para
rendir la Prueba
Única Nacional. |
16/10/2023 |
16/10/2023 |
Etapa Nacional |
|||
3. |
Aplicación de la Prueba
Única Nacional. |
5/11/2023 |
5/11/2023 |
4. |
Publicación de resultados preliminares de la Prueba Única
Nacional a través del aplicativo disponible en el portal
institucional del Minedu. |
14/11/2023 |
14/11/2023 |
5. |
Presentación de reclamos sobre el puntaje
obtenido en la Prueba Única Nacional, a través del aplicativo proporcionado por el Minedu
en su portal institucional. |
15/11/2023 |
17/11/2023 |
6. |
Resolución de los reclamos sobre el puntaje
obtenido en la Prueba Única Nacional presentados a través
del aplicativo proporcionado por el Minedu
en su portal institucional. |
15/11/2023 |
23/11/2023 |
7. |
Publicación de resultados finales de la Prueba Única
Nacional y publicación de la lista
de clasificados para
la Etapa Descentralizada. |
27/11/2023 |
27/11/2023 |
Publicación de plazas vacantes de ascenso y conformación de los Comités de Evaluación |
|||
8. |
Conformación de los Comités de Evaluación. |
24/11/2023 |
6/12/2023 |
9. |
Publicación de plazas
vacantes de ascenso
puestas en concurso. |
4/12/2023 |
4/12/2023 |
Etapa Descentralizada |
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10. |
Solicitud al Área de Escalafón de la UGEL o DRE de los informes escalafonarios, a cargo del Comité de Evaluación. (b) |
11/12/2023 |
26/01/2024 |
11. |
Acreditación del derecho a recibir bonificación por discapacidad ante
el Comité de Evaluación. (c) |
11/12/2023 |
26/01/2024 |
12. |
Verificación del cumplimiento de requisitos, del derecho a recibir la bonificación
por discapacidad y valoración de la Trayectoria Profesional, e ingreso de resultados de la etapa
descentralizada en el aplicativo proporcionado por el Minedu
en su portal institucional, a cargo del Comité
de Evaluación. |
11/12/2023 |
26/01/2024 |
13. |
Publicación de resultados preliminares del concurso, a través del
aplicativo disponible en el portal
institucional del Minedu. (d) |
31/01/2024 |
31/01/2024 |
14. |
Presentación de reclamos, ante el Comité
de Evaluación, sobre
los resultados
preliminares de la etapa descentralizada. |
1/02/2024 |
9/02/2024 |
15. |
Resolución de reclamos e ingreso de resultados, en los casos
que corresponda, de la etapa descentralizada en el aplicativo proporcionado por el Minedu,
a cargo del Comité de Evaluación. |
2/02/2024 |
14/02/2024 |
16. |
Publicación de resultados finales del concurso, a través del
portal institucional del Minedu. |
19/02/2024 |
19/02/2024 |
17. |
Emisión de resoluciones de ascenso de escala magisterial a ganadores del
concurso. |
23/02/2024 |
29/02/2024 |
Fase Excepcional |
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18. |
Publicación de resultados de la fase excepcional, a través del portal institucional del Minedu. |
20/02/2024 |
20/02/2024 |
19. |
Emisión de resoluciones de ascenso de escala magisterial a ganadores de
la fase excepcional del concurso. |
26/02/2024 |
29/02/2024 |
(a)
Los postulantes realizan el procedimiento de inscripción
exclusivamente a través del aplicativo disponible en el portal institucional del Minedu, según el
procedimiento establecido en el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el
ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública
Magisterial”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 057-2021-MINEDU y modificado por las Resoluciones Viceministeriales N°
061-2022-MINEDU y N° 012-2023-MINEDU. Cabe señalar que, el postulante debe completar en el aplicativo de inscripción
la Declaración Jurada virtual con la que acredita los requisitos, de acuerdo con lo dispuesto
en el referido documento
normativo.
(b)
Los Comités de Evaluación, dentro del plazo previsto para la
presente actividad, deben solicitar al Área de Escalafón de la UGEL, o el que haga sus veces, los Informes Escalafonarios
de los postulantes a ser evaluados en la etapa
descentralizada. Dichos informes deben ser emitidos a través del Sistema
Informático de Escalafón y entregados por el
Área de Escalafón oportunamente al Comité de Evaluación correspondiente para el
desarrollo de la presente actividad.
(c)
Para recibir la bonificación por discapacidad prevista en la
Ley N° 29973, el postulante debe presentar ante el Comité de Evaluación correspondiente, copia
simple del certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados de las Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS públicas, privadas y mixtas a nivel nacional,
o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud o, en su defecto, copia de la Resolución de
Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) o el Carnet de
inscripción al Registro Nacional de la Persona con Discapacidad. Posterior al plazo establecido, los
postulantes que obtengan dichos documentos no podrán solicitar la bonificación
por discapacidad.