El blog Docente

sábado, 25 de noviembre de 2023

Nueva Remuneración Mensual de Docentes

 REMUNERACIÓN INTEGRA MENSUAL


La Remuneración íntegra mensual (RIM) es un monto que se entrega de manera general a todos los docentes nombrados en función a su escala magisterial y la jornada de trabajo.



Asignaciones por tipo y ubicación de la institución educativa

Los docentes pueden percibir hasta cinco asignaciones simultáneas, para el otorgamiento de estas asignaciones el Minedu publica anualmente a través de una resolución ministerial los padrones de instituciones educativas públicas, que autoriza el pago de estas asignaciones.

 

Asignaciones temporales

Tipo de IE

Monto

Unidocente

200

Multigrado

140

Bilingüe

50

Bilingüe acreditado

100

Ubicación de IE

Monto

Rural 1

500

Rural 2

100

Rural 3

70

Frontera

100

VRAEM

300

 

Descarga los padrones de institución educativa aquí

Asignaciones por desempeñar cargos de mayor responsabilidad
Docentes designados

Los profesores que acceden a un cargo de mayor responsabilidad a través de un concurso público (en el marco de la Ley de Reforma Magisterial) son designados por un periodo de cuatro años y perciben una remuneración por una jornada de trabajo de 40 horas y una asignación de acuerdo al cargo.

 

Asignaciones por el desempeño de cargos(designación)

Cargos en la IE

Monto

Director dos turnos

S/800

Director un turno

S/600

Subdirector

S/400

Jerárquico

S/300

Cargos en la DRE/UGEL

Monto

Director de UGEL

S/4000

Director de gestión pedagógica

S/3000

Jefe de gestión pedagógica

S/2500

Especialista de educación

S/1500

Asignaciones por el desempeño de cargos(encargatura)

En el caso de las instituciones educativas unidocentes, el profesor nombrado y encargado de la función de director de IE solo percibe la asignación por jornada de trabajo adicional.



Beneficios

  • Asignación por tiempo de servicios (ATS)
    Los docentes nombrados perciben una asignación por tiempo de servicio (ATS) al cumplir 25 años de servicios y otra al cumplir 30 años. En ambos casos los docentes perciben dos RIM de acuerdo a su escala magisterial.
  • Subsidio por luto y sepelio

En el caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, padres o hijos, el docente percibe el S/3000 por concepto de subsidio por luto y sepelio. En el caso del fallecimiento del docente, la familia directa: cónyuge, hijos, padres o hermanos, también perciben el subsidio.

  • Compensación por tiempo de servicios (CTS)

El docente nombrado percibe al momento cese una compensación por tiempo de servicio equivalente al 100% de su remuneración por año de servicios oficiales.