Aprueban Bases del XIII Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2025
Resolución Viceministerial N° 084-2025-MINEDU
Lima, 19 de agosto de 2025
VISTOS, el Expediente N°
DIBRED2025-INT-0638380, el Informe N° 00120-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED de
la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, dependiente
de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 01559-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP
de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01288-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la
Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N°
31224, Ley Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que
el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio
de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal
a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y
técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar
y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a
todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas
vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N°
28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el
órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, según el artículo 13 de la Ley
N° 28044, la calidad de la educación es el nivel óptimo de formación que deben
alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer
su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida; la cual se logra a
través de diversos factores, como el establecido en el literal g) de dicho
artículo 13, referido a la investigación e innovación educativas;
Que, de acuerdo con el literal d) del
artículo 21 de la Ley N° 28044, el Estado promueve la universalización, calidad
y equidad de la educación, siendo una de sus funciones, el reconocer e
incentivar la innovación e investigación que realizan las instituciones
públicas y privadas;
Que, conforme con lo dispuesto por el
artículo 56 de la Ley N° 28044, el profesor es agente fundamental del proceso
educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los
estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano;
Que, según lo establecido por el
literal e) del precitado artículo 56 de la Ley N° 28044, le corresponde al
profesor recibir incentivos y honores, registrados en el escalafón magisterial,
por su buen desempeño profesional y por sus aportes a la innovación educativa;
Que, asimismo, según el numeral 42.1
del artículo 42 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio
de Educación y los gobiernos regionales, según corresponda, reconocen la
conducta meritoria del profesor, así como su trayectoria y su excelencia
profesional;
Que, mediante el Oficio N°
01978-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
00120-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, elaborado por la Dirección de Promoción
del Bienestar y Reconocimiento Docente, dependiente de la referida Dirección
General; a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar las Bases del
XIII Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2025 (en adelante, Bases
del XIII CNBPD 2025), la cual establece, entre otros aspectos, las
disposiciones administrativas y operativas para el despliegue de dicho
concurso, el mismo que tiene como objetivo promover, identificar, reconocer,
visibilizar y difundir las buenas prácticas pedagógicas y de gestión escolar
orientadas al desarrollo de las competencias de los estudiantes en
instituciones educativas públicas o privadas de Educación Básica Regular,
Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, así como en programas
educativos públicos de los diversos niveles, modalidades y servicios educativos
a nivel nacional;
Que, las Bases del XIII CNBPD 2025
cuentan con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica
Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural
Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General
de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Gestión
Descentralizada y de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar;
Que, mediante el Informe N°
01559-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente viable continuar
con el trámite de aprobación de las Bases del XIII CNBPD 2025; por cuanto,
desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineada con los
objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación; y, desde el
punto de vista presupuestal, no irroga gastos adicionales a los programados en
el Pliego 010: M. de Educación para el Año Fiscal 2025;
Que, con el Informe N°
01288-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la
aprobación de las Bases del XIII CNBPD 2025 resulta legalmente viable;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, en
la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las Bases del XIII Concurso
Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2025, las mismas que, como anexo, forman
parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Promoción
del Bienestar y Reconocimiento Docente, a las Direcciones Regionales de
Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local
y a las Instituciones Educativas, la difusión y promoción del XIII Concurso
Nacional de Buenas Prácticas Docentes - 2025.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución
en el diario oficial “El Peruano”.