PROYECTO DE LEY QUE DISPONE EL INCREMENTO DE LA REMUNERACIÓN DE LOS DOCENTES NOMBRADOS Y CONTRATADOS REGIDOS POR LA LEY N° 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
Sumilla
PROPONE INCREMENTAR PROGRESIVAMENTE LA REMUNERACIÓN DE LOS DOCENTES NOMBRADOS EN EL MARCO DE LA LEY N° 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, ASÍ COMO DE LOS DOCENTES CONTRATADOS EN EL MARCO DE LA LEY N° 30328, CON LA FINALIDAD DE RECONOCER LA LABOR PEDAGÓGICA CON LA SOSTENIBILIDAD DE SU LABOR PROFESIONAL, GARANTIZAR LA CALIDAD DEL SERVICIO EDUCATIVO Y DIGNIFICAR LA PROFESIÓN DOCENTE EN EL PAÍS
La presente Ley tiene por objeto incrementar progresivamente la remuneración de los docentes nombrados en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como de los docentes contratados en el marco de la Ley N° 30328, con la finalidad de reconocer la labor pedagógica con la sostenibilidad de su poder adquisitivo, garantizar la calidad del servicio educativo y dignificar la profesión docente en el país.
Articulo 2. Incremento de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM)
2.1. El Poder Ejecutivo dispone el incremento de la Remuneración Integra Mensual (RIM) de los docentes nombrados, a razón de un 15% anual acumulativo durante el periodo 2026-2028, sin perjuicio de otros beneficios previstos en la Ley N° 29944.
2.2. Раra los docentes contratados en el marco de la Ley N° 30328, se establece que la remuneración mensual no podrá ser inferior a la RIM establecida para la primera escala magisterial, aplicándose el mismo esquema de incremento progresivo, durante el periodo 2026-2028.