Convocan al Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; y dictan otras disposiciones
Resolución Viceministerial N° 086-2025-MINEDU
Lima, 29 de agosto de 2025
VISTOS, el Expediente N°
DIED2025-INT-0606096, el Informe N° 01654-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la
Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente,
el Oficio N° 02196-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD de la Dirección General de Desarrollo
Docente, el Informe N° 01608-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, el Informe N° 01310-2025-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio N°
00444-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N°
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece
que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del
Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y
el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones
rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar,
ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su
competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N°
28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el
órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, según lo dispuesto por el
literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de
Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar
la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N°
29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación
establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los
indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos
regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los
procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la
Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y
confiabilidad;
Que, de conformidad con el artículo
32 de la Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación, en
coordinación con los Gobiernos Regionales, convoca a concursos para el acceso a
cargos, cada dos años, los que se implementan en forma descentralizada, de
acuerdo a normas, especificaciones técnicas y criterios de buen desempeño
exigibles para cada cargo;
Que el artículo 33 de la citada Ley,
modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, establece que el profesor
puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y
por el periodo de cuatro años;
Que, conforme con lo dispuesto por
los literales b), c) y d) del artículo 35 de la Ley de Reforma Magisterial, el
Área de Gestión Institucional comprende los cargos de Director de Gestión
Pedagógica de la Dirección Regional de Educación y Jefe de Gestión Pedagógica
de la Unidad de Gestión Educativa Local; Especialista en Educación de la
Dirección Regional de Educación y de la Unidad de Gestión Educativa Local,
respectivamente; y, Directivos de Institución Educativa; cargos a los que se
acceden por concurso público;
Que, los numerales 57.3 y 57.4 del
artículo 57 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el
Decreto Supremo N° 004-2013-ED, establecen que el Ministerio de Educación de
manera coordinada entre sus Direcciones y las otras instancias de gestión
educativa descentralizada, determina los criterios e indicadores para la
evaluación con fines de acceso a cada cargo; y, en coordinación con los
Gobiernos Regionales, emite las normas específicas para cada concurso de acceso
a cargos;
Que, el artículo 59 del Reglamento de
la Ley de Reforma Magisterial, establece que los cargos del Área de Desempeño
Laboral son designados previo concurso, de acuerdo a los criterios establecidos
por el Ministerio de Educación;
Que, en el marco de la disposiciones
legales antes señaladas, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al
Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
01654-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente,
complementado con el Oficio N° 02196-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, de la citada
Dirección General; a través de los cuales se propone y sustenta la necesidad
de: i) aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso
Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación en las
Instancias de Gestión Educativa Descentralizada 2025-2026, en el marco de la
Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial” (en
adelante, Norma Técnica); y, ii) convocar al Concurso Público de Acceso a
Cargos Directivos y de Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión
Educativa Descentralizada 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública
Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial;
Que, la Norma Técnica tiene como
objetivo establecer los requisitos, impedimentos, criterios y procedimientos
técnicos para la organización, implementación y ejecución del Concurso Público
de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación 2025-2026;
Que, asimismo, la propuesta normativa
cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica
Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar
(DIGC), de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados
(DIGESE), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural
Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la
Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General
de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGETSUPA),
y de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN), de la Dirección de
Formación Docente en Servicio (DIFODS), de la Dirección de Formación Inicial
Docente (DIFOID) y de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento
Docente (DIBRED) dependientes de la Dirección General de Desarrollo Docente
(DIGEDD);
Que, a través del Informe N°
01608-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta,
en tanto que en materia de planificación se encuentra alineada con las
orientaciones y objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación;
y en materia presupuestal, no irrogará gastos adicionales a los programados en
el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente
al Año Fiscal 2025; asimismo precisa que la disponibilidad presupuestal para el
Año Fiscal 2026, dependerá de la asignación de recursos a favor del Pliego 010:
M. de Educación, conforme al numeral 12.1 del artículo 12 de la Directiva N°
0002-2024-EF/50.01 y el artículo 12 de la Directiva N° 0005-2025-EF/53.01; y
para los años subsiguientes dependerá de la normativa presupuestaria vigente;
Que, mediante el Informe N°
01310-2025-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio N° 00444-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina
General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la
propuesta normativa;
Que, de acuerdo con el literal a) del
artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU, se delega en la
Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras
facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que
aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio
de Educación en el ámbito de su competencia, conforme con lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Ley
N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED, el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado
por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades
delegadas mediante la Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada
“Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de
Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley
N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, la misma que, como anexo, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Convocar al Concurso Público de
Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación en las Instancias de
Gestión Educativa Descentralizada 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública
Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de
Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en
el diario oficial “El Peruano”.