Aprueban norma técnica denominada “Procedimientos y acciones para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa”, y dictan otras disposiciones
Resolución Viceministerial º 121-2025-MINEDU
Lima, 3 de noviembre de 2025
VISTOS, el Expediente Nº
DITEN2025-INT-0881414, el Informe Nº 01430-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la
Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo
Docente, el Informe Nº 01972-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación
y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el
Informe Nº 01674-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo dispuesto por el
artículo 16 de la Constitución Política del Perú, el Estado coordina la
política educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de
estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros
educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece
que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del
Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y
el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones
rectoras y técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº
28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el
órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, conforme con lo dispuesto por el
literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, es función del Ministerio de
Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, asimismo, de acuerdo con el
artículo 90 de la Ley Nº 28044, la eficiencia en el gasto en educación implica,
entre otros aspectos, la adecuada racionalización de los recursos humanos que
implica su distribución y ubicación en el territorio nacional conforme a las
necesidades del servicio educativo;
Que, a través del artículo 2 de la
Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU, se aprueba la norma técnica
denominada “Procedimientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de
Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del
nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado
de Educación Básica Alternativa”;
Que, mediante el Oficio Nº
02435-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
01430-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN elaborado por la Dirección Técnico
Normativa de Docentes, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la
norma técnica denominada “Procedimientos y acciones para la formulación,
asignación, revisión, aprobación y carga de los Cuadros de Distribución de
Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de
Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la
Educación Básica Alternativa”; y, de derogar la norma técnica aprobada por el
artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU;
Que, la propuesta de norma técnica tiene como objetivo establecer los procedimientos y acciones necesarias para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los cuadros de distribución de horas pedagógicas del nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa, elaborados en base al Currículo Nacional de la Educación Básica y de acuerdo a la realidad de cada institución educativa para acogerse a determi
Que, la referida propuesta cuenta con
la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la
Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de
Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Calidad de
la Gestión Escolar y de la Dirección General de Gestión Descentralizada;
Que, a través del Informe Nº
01972-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente factible continuar
con el trámite de aprobación de la propuesta de norma técnica; por cuanto se
encuentra alineada a los documentos de planificación institucional y, en
materia de presupuesto, no supone la disposición de recursos adicionales para
el Año Fiscal 2025 para el Pliego 010: Ministerio de Educación y Pliegos
Gobiernos Regionales;
Que, con el Informe Nº
01674-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la
aprobación de la propuesta de norma técnica, así como la derogación de la norma
técnica aprobada por el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU,
resultan legalmente viables;
Que, mediante el literal a) del
artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEDU, el Titular de la
Entidad delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de
Educación, durante el Año Fiscal 2025, la facultad de emitir y aprobar los
actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos
Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, en
la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº
001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la
Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la norma técnica denominada
“Procedimientos y acciones para la formulación, asignación, revisión,
aprobación y carga de los Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas en las
instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria de la
Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica
Alternativa”; la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Derogar el artículo 2 de la
Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU, que aprueba la norma técnica
denominada “Procedimientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de
Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del
nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado
de Educación Básica Alternativa”.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución
en el diario oficial “El Peruano”.


