RESOLUCIÓN
MINISTERIAL Nº 252-2020-MINEDU
Lima, 28 de junio de 2020
VISTOS, el Expediente
Nº MPV2020-EXT-0068204, los Informes
Nº
00414-2020-MINEDU/SPE-OPEP- UPP y
Nº 00818-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de
la Unidad de Planificación
y Presupuesto, el
Oficio Nº
00228-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, y el Informe Nº 00679-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del
numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios,
formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, asimismo, el
numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece
como una de las funciones de los Ministros de Estado, dirigir el proceso de
planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de
Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales
aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de
actuación; y asignar los recursos
necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones
presupuestarias correspondientes;
Que, mediante Decreto
Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico – CEPLAN como órgano rector y orientador del Sistema
Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 7.2 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/
PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo
Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº
026-2017-CEPLAN/ PCD, dispone que las políticas de Estado se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo
Nacional; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales se concretan
en los planes estratégicos sectoriales y los planes estratégicos
multisectoriales; y que las políticas institucionales se concretan en
los planes estratégicos institucionales y los
planes operativos institucionales;
Que, el numeral 7.3 del
artículo 7 de la citada Directiva, establece que los objetivos expresados
en los Planes Estratégicos
Institucionales – PEI, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales
– POI, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos
Sectoriales Multianuales – PESEM y otros tipos de planes, según
corresponda el tipo de entidad;
Que, mediante la
Resolución Ministerial Nº 287-2016-MINEDU se aprobó
el Plan Estratégico Sectorial
Multianual, PESEM 2016 – 2021 del Sector Educación;
Que, mediante
Resolución Ministerial Nº 675-2018-MINEDU, se conformó la Comisión de
Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, de carácter
permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico
para la mejora continua;
Que, mediante el Oficio
Múltiple Nº D000040-2019- CEPLAN-DNCP, el
CEPLAN comunica a los sectores que, con la finalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2021-2023, ha
visto por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia del Plan
Estratégico Sectorial Multianual – PESEM y del Plan Estratégico Institucional – PEI, para dar cobertura a la
mencionada programación multianual;
Que, mediante Acta de
Reunión de fecha 01 de mayo de 2020, la
Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación,
validó, entre otros, el Plan Estratégico Sectorial
Multianual (PESEM) ampliado al 2023 del Ministerio de Educación, y encargó a la Secretaría de Planificación
Estratégica se continúe con el trámite respectivo para su aprobación;
Que, en el marco de lo
señalado en el Oficio Múltiple Nº
D000040-2019-CEPLAN-DNCP,
mediante Oficio Nº
00162-2020-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de
Educación solicita al CEPLAN emitir opinión técnica sobre la propuesta de Plan Estratégico Sectorial Multianual 2016 – 2023 ampliado del Sector Educación;
Que, mediante Oficio Nº
D000244-2020-CEPLAN- DNCP, la
Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico de CEPLAN comunica
que se ha emitido el Informe
Técnico Nº D000007-2020- CEPLAN-DNCPPESEM, a través del cual se concluye que se
ha verificado que el PESEM 2016-2021 del Sector
Educación ha sido extendido al año 2023, en aplicación a las orientaciones que establece el Oficio
Múltiple Nº D000040-2019-CEPLAN-DNCP, recomendando su aprobación;
Que, conforme a lo
establecido en el literal a) del artículo 30 del Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº
001-2015-MINEDU, es función de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de
Planificación Estratégica formular, proponer
y evaluar el plan estratégico
sectorial multianual y el plan estratégico institucional, así como las
políticas y los planes de corto, mediano y largo plazo, en el marco de sus
competencias y en concordancia con la normatividad vigente;
Que, mediante los Informes Nºs. 00414-2020-MINEDU/
SPE-OPEP-UPP y 00818-2020-MINEDU/SPE-OPEP-
UPP, la Unidad de Planificación y
Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la
Secretaría de Planificación Estratégica, complementado
con el correo electrónico de fecha 25 de junio del año en curso de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, presentan y sustentan la propuesta de Plan
Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 – 2023 Ampliado del Sector
Educación, para su aprobación correspondiente;
Que, mediante Oficio Nº
00228-2020-MINEDU/ SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica informa que la
propuesta del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 – 2023
Ampliado del Sector Educación cuenta con la validación de la Comisión de
Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación y de CEPLAN,
conforme al Acta de Reunión suscrita con fecha 01 de mayo de 2020 y el Oficio
Nº D000244-2020-CEPLAN-DNCP, respectivamente;
De conformidad con lo
establecido en el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de
Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la
Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de
Educación, modificada por la Ley Nº 26510;
el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado mediante el Decreto Supremo
Nº 001-2015-MINEDU, y la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del
Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de
Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar la extensión
del horizonte temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2016 -
2021 del Sector Educación, al 2023; quedando denominado como “Plan Estratégico Sectorial
Multianual, PESEM 2016-2023 del Sector Educación”, el mismo que como anexo
forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Adecuación
al PESEM 2016 - 2023
Disponer que el Ministerio
de Educación, así como sus órganos
desconcentrados y programas, efectúen la elaboración y/o adecuación de
sus documentos de gestión, según
corresponda, al Plan Estratégico Sectorial Multianual, PESEM 2016-2023 del Sector Educación, aprobado en
el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.-
Publicación
Disponer la
publicación de la
presente Resolución y su Anexo en
el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal
Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu),
el mismo
día de la publicación de la presente
resolución en el Diario
Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y
publíquese.
CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Ministro de Educación
1869150-1