Modifican la norma técnica denominada
“Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de
la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 212-2021-MINEDU
Lima, 6 de julio de 2021
VISTOS, el Expediente N° 076304-2021, el Informe N°
00345-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de
Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N°
00-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N°
00810-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación,
establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que
tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación,
recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la
precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas
sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo,
docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública
Magisterial;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra
bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo
con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de
la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de
Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la
política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los
niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas
con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, conforme al literal h) del artículo 41 de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial, los profesores tienen derecho, entre otros a las
reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en dicha Ley y su
reglamento;
Que, el numeral 154.3 del artículo 154 del Reglamento de la Ley de
Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, señala que el
Ministerio de Educación establecerá los lineamientos y procedimientos de los
procesos de reasignación; asimismo, el numeral 166.2 del artículo 166 del
referido Reglamento, señala que la permuta, entre otros aspectos, se ejecuta de
acuerdo a los lineamientos establecidos por dicho Ministerio;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara la Emergencia
Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por
la existencia del brote del COVID-19, la misma que ha sido prorrogada con el
Decreto Supremo N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA y N°
009-2021-SA, este último prorroga la Emergencia Sanitaria a nivel nacional a
partir del 07 de marzo de 2021 por un plazo de ciento ochenta (180) días
calendario;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara el Estado de
Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las
personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir
la ciudadanía en la nueva convivencia social, por el plazo de treinta y un (31)
días calendario, a partir del 01 de diciembre de 2020, prorrogado por los
Decretos Supremos N° 201- 2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, Nº
058-2021-PCM, N° 076-2021-PCM, N° 105-2021-PCM y N° 123-2021-PCM, este último,
por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del 1 de julio de
2021;
Que, con Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, se aprueba la
norma técnica denominada “Disposiciones para la reasignación y permuta de los
profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su
Reglamento”, cuyo objetivo es regular los procedimientos y condiciones para el
desplazamiento de los profesores de la Carrera Pública Magisterial;
Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante
el Oficio Nº 00379-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo
Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
00345-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico
Normativa de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, a través
del cual sustenta la necesidad de modificar la norma técnica denominada
“Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de
la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la
Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, con la finalidad de lograr mayor
eficacia en su aplicación en los procesos de reasignación y permuta de los
profesores de la Carrera Pública Magisterial;
Que, conforme se señala en el citado informe, la propuesta de
modificación la norma técnica cuenta con la opinión favorable de la Dirección
General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de
Gestión Escolar, de la Dirección General de Servicios Educativos
Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la
Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de
Servicios Educativos en el Ámbito Rural, y de la Dirección General de Educación
Técnica – Productiva y Superior Tecnológica y Artística;
Que, a través del Informe N° 00741-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad
de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite
opinión favorable al proyecto de modificación de la citada norma técnica, en el
marco de sus respectivas competencias;
Que, asimismo, con Informe Nº 00810-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina
General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y
teniendo en cuenta los informes y las opiniones técnicas emitidas, opina que la
modificación de la citada norma técnica resulta legalmente viable, sugiriendo
proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la
Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en el/la Viceministro (a)
de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y
atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban,
modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de
Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación, aprobado por Decreto supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las
facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo
1.- Modificar el literal f) del numeral 4.2, los numerales 6.1.1 y 6.1.3,
los literales a) y g) del numeral 6.1.5, los numerales 6.2.1 y 6.2.3, el
literal b) del numeral 6.2.5, los literales c) y d) del numeral 7.1.3, el
literal a) del numeral 7.2.3, el numeral 7.3.1, los literales a) y d) del
numeral 7.3.2, los literales b) y c) del numeral 7.3.3.2, los literales a) y b)
del numeral 7.3.3.4, los numerales 7.3.3.5, 8.1.2, 8.1.5, 8.2.1, 9, 11.4,
12.13, así como los Anexos 01, 03, 04 y 06 de la norma técnica denominada
“Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de
la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la
Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, los cuales quedan redactados
conforme al anexo de la presente resolución.
Artículo
2.- Incorporar los
literales g), h), i) y j) al numeral 4.2, el literal q) al numeral 6.1.5 y los
numerales 12.20, 12.21 y 12.22 a la norma técnica denominada “Disposiciones
para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N°29944
Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución
Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, conforme al tenor señalado en el anexo que
forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo
3.- Derogar el numeral 6.1.2 y el literal h) del numeral 6.1.5 de la norma
técnica denominada “Disposiciones para la reasignación y permuta de los
profesores en el marco de la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su
Reglamento”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU.
Artículo
4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el
Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día
de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS
Viceministra de Gestión Pedagógica