El blog Docente

martes, 8 de febrero de 2022

Nueva calendarización del año escolar 2022 (RM N° 048-2022-MINEDU)

Calendarización del año escolar.

Las Instituciones y programas educativos públicas de la Educación Básica deberán iniciar el servicio presencial o semipresencial el día 28 de marzo.

En las IIEE privadas de acuerdo a su organización y planificación podrán iniciar el servicio educativo máximos hasta el 28 de marzo.

El equipo directivo de EBR y EBE organizan su calendarización según sus características y contexto. Para la modalidad de EBA, dicha calendarización debe estar adecuada según la organización del CEBA en uno o dos periodos promocionales al año, y de acuerdo con las condiciones y características geográficas donde se ubica, siempre y cuando se cumpla con las semanas mínimas lectivas, es decir, 36 semanas, teniendo en cuenta la R.M N° 531-2021-MINEDU y su modificatoria R.M N° 048-2022-MINEDU. La calendarización debe ser comunicada e informada a la UGEL de su jurisdicción.

Por ser un año de retorno a la presencialidad y semi presencialidad debido a la pandemia el servicio educativo debe brindarse de manera flexible de acuerdo con las condiciones vinculadas a la emergencia sanitaria y las características de cada población, buscando atender la diversidad y necesidades de los estudiantes en concordancia con las normas sanitarias vigentes.

Uso del tiempo en las semanas de gestión.

El equipo directivo según necesidad de la IE y teniendo en consideración la distribución del tiempo en su calendarización planifica jornadas de gestión y planifica sus actividades lectivas, distribuyendo los días para el desarrollo de actividades relacionadas a gestión pedagógica, gestión institucional y capacitaciones o intervenciones externas a la IE, teniendo en cuenta la R.M N° 531-2021-MINEDU y su modificatoria R.M N° 048-2022-MINEDU.