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sábado, 3 de octubre de 2026

Detalles importantes sobre el uso de celulares en las instituciones educativas

 

Reglamento de la Ley N.º 32385: ¿Qué debemos saber?

1. ¿Cuál es la finalidad de la norma?

La norma no busca simplemente "prohibir los celulares". Su finalidad es regular su utilización dentro del servicio educativo para favorecer:

  • La atención de los estudiantes.
  • El rendimiento escolar.
  • Los aprendizajes.
  • La convivencia y socialización.
  • El desarrollo integral.
  • La prevención del ciberacoso.
  • La reducción de la exposición a contenidos inadecuados de internet.
  • El cuidado de la salud física y mental.

2. ¿A quiénes se aplica?

La regulación tiene alcance nacional y se aplica a instituciones educativas públicas y privadas y programas de Educación Básica. Comprende principalmente:

  • Educación Primaria.
  • Educación Secundaria.
  • Educación Básica Alternativa.
  • Educación Básica Especial.

Por tanto, no se limita a los colegios públicos ni únicamente a secundaria.

3. La regla principal: el uso está restringido durante las actividades educativas

Este es probablemente el punto que más interesa conocer. Las instituciones educativas restringen el uso de celulares y dispositivos electrónicos similares durante el desarrollo de las actividades educativas.

Y hay un detalle importante:

La restricción también puede aplicarse cuando las actividades educativas se realizan fuera del horario de clases o fuera de las instalaciones de la institución educativa.

4. ¿El colegio puede guardar el celular?

Sí, pero existen condiciones. La institución educativa puede implementar un espacio para custodiar los celulares, si cuenta con los recursos necesarios. Las condiciones de custodia deben establecerse en el Reglamento Interno (RI), incluyendo:

  • Cómo se realizará la custodia.
  • Las condiciones.
  • El plazo máximo.

Como regla general, la custodia no debe exceder la jornada escolar. Sin embargo, ante una conducta grave o reiterada, y aplicando criterios de razonabilidad, proporcionalidad y gradualidad, puede establecerse la entrega directa al padre, madre o tutor, conforme al Reglamento Interno.

Punto importante para los docentes

El docente no debería improvisar una sanción del tipo:

"Te quitaré el celular durante una semana".

La actuación debe estar sustentada en las disposiciones del Reglamento Interno y respetar los criterios establecidos por la norma.

5. ¿Quién es responsable si el colegio recibe el celular?

Si la institución educativa recibe un celular para custodiarlo, debe adoptar medidas para:

  • Evitar su pérdida.
  • Evitar su deterioro.
  • Garantizar su devolución.
  • Evitar el acceso a la información personal almacenada en el dispositivo.

6. ¿El uso del celular está completamente prohibido?

No. Este es uno de los aspectos más importantes para comprender correctamente el reglamento. La norma establece situaciones especiales en las que sí está permitido utilizar el dispositivo. Son principalmente cuatro:

A. Para enseñanza y aprendizaje

El celular puede utilizarse cuando tenga una finalidad pedagógica. Por ejemplo:

  • Buscar información.
  • Utilizar aplicaciones educativas.
  • Desarrollar actividades digitales.
  • Investigar.
  • Resolver actividades.
  • Desarrollar competencias del Currículo Nacional.

En secundaria, el uso debe estar relacionado con el desarrollo de las competencias y contar con autorización del director o docente responsable, debiendo estar previsto en la programación curricular.

7. El celular también puede utilizarse para eliminar barreras educativas

La norma contempla el uso del dispositivo cuando un estudiante presenta barreras que dificultan su acceso, permanencia, participación, desarrollo de competencias o culminación de sus estudios. En estos casos, el celular puede utilizarse para minimizar o eliminar dichas barreras. La autorización corresponde al director y debe existir una justificación de la necesidad.

8. ¿Qué ocurre cuando existe una condición de salud o discapacidad?

También se permite el uso del celular cuando sea necesario debido a:

  • Un problema de salud.
  • Una condición particular.
  • Una discapacidad.
  • Necesidad de monitorear el estado de salud.
  • Tratamiento médico o psicológico.
  • Posibles emergencias relacionadas con la condición del estudiante.

En principio, el padre, madre o tutor debe presentar al director la documentación correspondiente emitida por un profesional de salud o el certificado de discapacidad.

9. En una emergencia sí se puede utilizar

Ante una situación de emergencia que afecte o pueda afectar:

  • La vida.
  • La integridad.
  • La salud.
  • La seguridad.

el uso del celular puede estar justificado inmediatamente. Por tanto, la restricción no puede interpretarse de manera que impida utilizar un celular para atender una emergencia real.

10. Si se usa pedagógicamente, debe hacerse de manera responsable

Cuando una institución autoriza el uso del celular para fines educativos, no se trata simplemente de: "Saquen sus celulares y busquen algo en internet". El reglamento señala que el aprovechamiento pedagógico debe planificarse considerando la competencia transversal: "Se desenvuelve en los entornos virtuales generados por las TIC". Además, el uso debe promoverse de manera:

  • Efectiva.
  • Pertinente.
  • Crítica.
  • Creativa.
  • Responsable.
  • Segura.
  • Equilibrada.
  • Inclusiva.
  • Culturalmente pertinente.

11. ¿Y los docentes pueden utilizar el celular?

Sí. Pero el reglamento establece que el uso de celulares por parte de los docentes está orientado prioritariamente al proceso de enseñanza y aprendizaje, es decir, como herramienta pedagógica. El uso personal debe realizarse preferentemente fuera del horario de clases, salvo situaciones de necesidad o fuerza mayor.

12. ¿El docente o el colegio pueden revisar el celular del estudiante?

No. Este es otro punto fundamental. El reglamento permite que las instituciones educativas monitoreen el cumplimiento de la norma, pero expresamente señala que dicho monitoreo: no implica revisar el contenido de los teléfonos celulares. Además, debe respetarse:

  • La dignidad.
  • La intimidad.
  • La no discriminación.
  • La prohibición de tratos humillantes u ofensivos.

13. ¿Qué ocurre si aparece un caso de ciberacoso?

La institución educativa debe actuar conforme a las normas de convivencia escolar y prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Es decir, el celular no convierte el problema en un asunto que simplemente se resuelva diciendo: "Quítale el teléfono". Si existe ciberacoso, corresponde activar los mecanismos de convivencia escolar que correspondan.

14.  ¿Y si se detecta un posible delito?

El reglamento establece que, si la institución advierte hechos que pudieran tener relevancia penal, debe comunicarlos de inmediato a las autoridades competentes. Esto incluye situaciones relacionadas con:

  • Discriminación.
  • Delitos contra la intimidad.
  • Integridad personal.
  • Libertad sexual.
  • Otros posibles delitos.

Por tanto, un caso que pueda constituir delito no debe ser tratado simplemente como una falta disciplinaria escolar.

15. ¿Qué sanciones puede aplicar el colegio?

La norma utiliza el concepto de medidas correctivas. Estas deben estar contempladas en el Reglamento Interno. Además, deben ser:

  • Claras.
  • Oportunas.
  • Proporcionales.
  • Reparadoras.
  • Formativas.
  • Equitativas.
  • Imparciales.

Y deben considerar criterios como:

  • Razonabilidad.
  • Proporcionalidad.
  • Gradualidad.
  • Reiteración de la conducta.

16. ¿Qué responsabilidad tienen los padres?

Los padres, madres o tutores tienen un papel importante. Deben contribuir al cumplimiento de la restricción cuando se trate de menores de edad a su cargo.  Además, fuera del colegio y cuando no se estén desarrollando actividades educativas, les corresponde promover el uso seguro y responsable de los dispositivos. La escuela, además, debe orientar a las familias sobre:

  • Uso seguro de internet.
  • Uso responsable de celulares.
  • Reducción de la sobreexposición a internet.
  • Prevención del ciberacoso.
  • Convivencia saludable.
  • Cuidado de la salud física y mental.

17. ¿Qué debe hacer cada colegio?

Las instituciones educativas tienen varias responsabilidades. Entre ellas:

1. Establecer medidas para cumplir la restricción.

2. Regular la custodia de celulares, si decide implementarla.

3. Incorporar las medidas correspondientes en su Reglamento Interno.

4. Orientar a estudiantes y familias.

5. Monitorear el cumplimiento.

6. Proteger la dignidad e intimidad de los estudiantes.

7. Actuar frente al ciberacoso.

8. Comunicar posibles hechos delictivos a las autoridades competentes.

18. El Reglamento Interno debe actualizarse

Este punto es muy importante para los directores y docentes. Las instituciones educativas públicas y privadas deben incorporar las disposiciones de la Ley N.º 32385 y de su reglamento en la primera actualización de su Reglamento Interno o documento de gestión que corresponda, posterior a la entrada en vigencia del reglamento. Por tanto, el colegio debe revisar sus reglas actuales sobre celulares y adecuarlas a esta nueva regulación.

19. El colegio debe colocar un aviso visible

Las instituciones educativas deben colocar en un lugar visible del exterior del ingreso un aviso que informe que el uso de celulares o dispositivos similares durante las actividades educativas está restringido, salvo autorización expresa por fines pedagógicos o situaciones especiales.

Además, el aviso debe colocarse en la lengua indígena u originaria correspondiente cuando sea necesario para garantizar la comprensión de la población beneficiaria.