Aprueban el listado de materiales educativos
impresos y concretos, elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio
de Educación para el desarrollo del año escolar 2022 en las instituciones
educativas y programas educativos públicos de la educación básica
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 020-2022-MINEDU
Lima, 2 de marzo de 2022
VISTOS, el Expediente N° 0175316-2021,
los Informes N° 01381-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR y N°
01463-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica
Regular, el Informe N° 00034-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, el Informe N° 00064-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el
Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y
técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir,
ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su
competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044,
Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano
del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, asimismo, el literal f) del
artículo 13 de la Ley General de Educación, señala como un factor que
interactúa para el logro de la calidad de la educación a la infraestructura,
equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias
técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y
accesibles para las personas con discapacidad;
Que, el artículo 32 del Reglamento de
la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED,
señala que los materiales educativos son recursos de diversa naturaleza que se
utilizan en los procesos pedagógicos con el fin de que los estudiantes
desarrollen de manera autónoma, reflexiva e interactiva sus aprendizajes; y que
el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional a través de la Dirección
Regional de Educación, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa
Local o entidades que hagan sus veces, son responsables de elaborar, producir
y/o adquirir sus recursos educativos para los niveles y modalidades de la
Educación Básica;
Que, a través del Oficio N°
00892-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
01381-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, complementado con el Informe N°
01463-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, a través de los cuales se sustenta la necesidad
de aprobar el listado de materiales educativos impresos y concretos,
elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el
desarrollo del año escolar 2022 por parte de las instituciones educativas
públicas y programas educativos públicos de la educación básica (en adelante,
el listado de materiales);
Que, el listado de materiales tiene por
finalidad poner en conocimiento de toda la comunidad educativa los materiales
educativos vigentes para el desarrollo del año escolar 2022, asegurando su uso
pertinente en el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje, por
parte de las instituciones educativas y programas educativos públicos de la
educación básica. Asimismo, según lo señalado en el Informe N°
01381-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la aprobación del referido listado de materiales
no limita el uso de otros materiales educativos, impresos y concretos, que los
Gobiernos Regionales elaboren, produzcan y/o adquieran en el marco de sus
competencias;
Que, mediante el Informe Nº 00034-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP,
la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación
Estratégica, emite opinión favorable para continuar con el trámite de
aprobación del listado de materiales, dado que se encuentra alineado con los
documentos de planificación estratégica e institucional del Sector Educación y
desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos al Pliego 010:
Ministerio de Educación;
Que, a través del Informe N°
00064-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que
resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que aprueba el listado de
materiales, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su
aprobación;
Que, de conformidad con la Ley N°
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, la Ley N°
28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación
aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el listado de materiales educativos impresos y concretos,
elaborados, producidos y/o adquiridos por el Ministerio de Educación para el
desarrollo del año escolar 2022 en las instituciones educativas y programas
educativos públicos de la educación básica, el mismo que como anexo forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el
Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo
día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El
Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO
HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica