Decreto Supremo que Modifica el Estatuto de la Derrama Magisterial
El
ministro de Educación, Rosendo Serna, afirmó que el Decreto Supremo N°
009-2022-MINEDU expresa el anhelo de miles de maestros que aportan todos los
meses a la Derrama Magisterial y tiene como principal objetivo transparentar el
manejo financiero de esa institución mediante la rendición de cuentas de manera
periódica y descentralizada.
Serna
explicó que la norma, que modificará el estatuto de la Derrama Magisterial,
también habilitará la elección de su directorio y sus principales autoridades a
través del voto de los maestros afiliados, en concordancia con las atribuciones
del Ministerio de Educación (Minedu) establecidas en el artículo 3 del Decreto
Supremo Nº 021-88-ED. Además, que no interviene o dispone en relación a la
gestión económica o financiera, la cual se realiza en el marco de las
disposiciones de la Superintendencia de Banca y Seguros y demás normas del
sistema.
“El
objetivo es garantizar una gestión más democrática, descentralizada y eficaz de
la Derrama Magisterial ampliando la composición del Consejo Directivo y el
Consejo de Vigilancia, así como de las Oficinas Descentralizadas, lo que
permitirá que los docentes y auxiliares puedan participar sin la obligación de
pertenecer a un gremio sindical en particular”, anotó.
Serna
dijo que la reestructuración de la Derrama Magisterial es un tema técnico y no
político y que dicha institución no está cumpliendo los fines y objetivos para
los cuales fue creada, que es representar a todos los docentes. Además, indicó
que ahora el aporte de los docentes y auxiliares será voluntario y no
obligatorio y que también será facultativa la desafiliación y el retiro de los
aportes que realizaron.
“Tenemos
que reconocer el derecho de los docentes y auxiliares de educación asociados a
elegir y ser elegidos a través de elecciones universales, libres, voluntarias y
con la intervención de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; ahora se
incorporará el derecho de los asociados a solicitar auditorías sobre la gestión
institucional y no se tocará ni un sol de los fondos”, señaló.
“Los
directivos que actualmente gestionan la Derrama Magisterial pueden presentar su
lista y participar en un proceso democrático y transparente, lo esencial es que
dicha institución sea representada efectivamente por quienes aportan”, sostuvo.
Actualmente,
el directorio está conformado por seis miembros, de los cuales cuatro son
designados directamente por el Sutep. La nueva norma eleva a trece el número de
miembros, pero el Sutep ya no tendrá representantes directos, sino que se
elegirá a cualquier docente asociado a la Derrama Magisterial a través de
elecciones democráticas y transparentes.
El
artículo 3 del Decreto Supremo Nº 021-88-ED faculta al Minedu a aprobar
modificaciones en el estatuto de la Derrama Magisterial y a dictar las medidas complementarias que se
requieran para su mejor cumplimiento. Esta facultad ha sido reconocida por el
Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el Expediente
9231-2005-PA/TC.
Fuente: Oficina de Prensa Minedu