Aprueban las “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N°
100-2022-MINEDU
Lima, 11 de agosto de
2022
VISTOS, el Expediente
N° 0144760-2022, el Informe N° 00217-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED de la
Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, de la Dirección
General de Desarrollo Docente, el Oficio N° 00723-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la
Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00901-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la
Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de
la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría
del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral
1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones
rectoras y técnico-normativas son, formular, planear, dirigir, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79
de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de
Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado;
Que, según el
artículo 63 de la Ley N° 28044, la gestión del sistema educativo nacional es
descentralizada, simplificada, participativa y flexible; siendo el Estado, a
través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la unidad de
este sistema;
Que, conforme con lo
señalado por el artículo 13 de la citada Ley, la calidad de la educación es el
nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los
retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo
durante toda la vida. Asimismo, el literal g) del referido artículo contempla
entre los factores que interactúan para el logro de la calidad educativa, la investigación
e innovación educativas;
Que, de acuerdo con
lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial,
el profesor es un profesional de la educación que, en su calidad de agente
fundamental del proceso educativo, presta un servicio público esencial dirigido
a concretar el derecho de los estudiantes y de la comunidad a una enseñanza de
calidad, equidad y pertinencia; coadyuvando con la familia, la comunidad y el
Estado, a la formación integral del educando, razón de ser de su ejercicio
profesional;
Que, conforme con lo
señalado por el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N° 29944, el Ministerio
de Educación y los gobiernos regionales, según corresponda, reconocen la
conducta meritoria del profesor, así como su trayectoria y su excelencia
profesional;
Que, el artículo 76
del Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED,
establece, entre otros, que el profesor tiene derecho a reconocimiento cuando
diseña y aplica proyectos de innovación pedagógica que son respaldados por la
instancia correspondiente, y las formas de reconocimiento;
Que, mediante
Resolución Viceministerial N° 005-2020-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica
denominada “Disposiciones que establecen estándares en progresión de las
competencias profesionales del Marco de Buen Desempeño Docente”; cuyo objeto es
establecer estándares en progresión de las competencias profesionales del Marco
de Buen Desempeño Docente, para orientar el diseño e implementación de la
formación docente en servicio, la elaboración de instrumentos de evaluación
docente y el establecimiento de criterios de reconocimiento profesional bajo
una lógica de continuidad y desarrollo progresivo;
Que, mediante de la
Resolución Ministerial N° 274-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo
denominado “Disposiciones para el Fomento, Reconocimiento y Promoción de las
Buenas Prácticas e Innovación Educativa en Instituciones Educativas Privadas de
Educación Básica”, con el objetivo de establecer disposiciones para el fomento,
reconocimiento y promoción de las buenas prácticas e innovación educativa en
instituciones educativas privadas de Educación Básica, que favorezcan el
proceso educativo y la calidad de los aprendizajes de las y los estudiantes,
considerando sus márgenes de autonomía, dentro del marco normativo vigente;
Que, mediante
Resolución Ministerial N° 186-2022-MINEDU, se aprueba el documento normativo
denominado “Disposiciones para la prestación del servicio educativo durante el
año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación
Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural”; el cual tiene por objetivo
brindar los lineamientos y orientaciones para la prestación del servicio
educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de
la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural;
Que, a través de la
Resolución Viceministerial N° 077-2022-MINEDU, se aprueba el documento
normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y
auxiliares de educación en instituciones y programas educativos públicos, en el
marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”; el cual tiene por tiene por
finalidad: (i) establecer disposiciones para el trabajo de los profesores y
auxiliares de educación nombrados y contratados, en las instituciones
educativas y programas educativos públicos, de educación básica y
técnico-productiva en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, a fin de
asegurar la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022; y
(ii) actualizar los criterios, procedimientos y responsabilidades para la
ejecución del trabajo de los profesores y auxiliares de educación, de acuerdo
con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 186-2022-MINEDU;
Que, en el marco de
las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio N°
01072-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
00217-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, elaborado por la Dirección de Promoción
del Bienestar y Reconocimiento Docente, a través del cual se sustenta la
necesidad de aprobar las “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas
Docentes – 2022”, cuya finalidad es, identificar, reconocer, promover,
visibilizar y difundir las buenas prácticas docentes y de gestión escolar
orientadas al desarrollo integral y de las competencias de las y los
estudiantes de las instituciones educativas públicas y privadas de Educación
Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial a nivel
nacional, desarrolladas por las y los docentes y/o directivos, quienes a partir
del trabajo colegiado reflexionan sobre las necesidades socioemocionales, los
procesos, y logros de aprendizaje de las y los estudiantes, según los distintos
contextos y en igualdad de oportunidades y en el marco de la atención a la
diversidad de acuerdo a los siete enfoques transversales del Currículo Nacional
de la Educación Básica, así como, la emergencia sanitaria, considerando el
retorno a la presencialidad;
Que, asimismo, el
citado Informe precisa que, el referido concurso tiene como objetivos: (i)
identificar las buenas prácticas, docentes o de gestión escolar, realizadas por
las y los docentes y/o directivos de las instituciones educativas públicas o
privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación
Básica Especial; que son inclusivas, equitativas, coherentes, relevantes,
sostenibles y creativas, para solucionar una situación problemática y/o
necesidad de aprendizaje o aprovechar una oportunidad de aprendizaje
identificada, para el desarrollo de las competencias en las y los estudiantes
y/o en la comunidad educativa, considerando apoyos educativos; (ii) reconocer a
las los docentes y directivos que, individualmente u organizados en equipos de trabajo,
realizan buenas prácticas docentes y/o de gestión escolar en las instituciones
educativas públicas o privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica
Alternativa y Educación Básica Especial, bajo los enfoques y principios del
Currículo Nacional de la Educación Básica; y (iii) promover y difundir las
buenas prácticas docentes y de gestión escolar llevadas a cabo por docentes y/o
directivos en instituciones educativas públicas o privadas de Educación Básica
Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, que logran
mejoras en los aprendizajes de sus estudiantes, en el marco de la atención a la
diversidad y del contexto de emergencia sanitaria;
Que, conforme a lo
indicado en el precitado informe, se cuenta con la opinión favorable de la
Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de
Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos
en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos
Especializados, de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la
Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar;
Que, mediante Oficio
N° 00723-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, señala que en el
Presupuesto Institucional modificado (PIM) de Gastos de la Unidad Ejecutora
026: Programa de Educación Básica para Todos del Pliego 010: Ministerio de
Educación correspondiente al Año Fiscal 2022, se cuenta con los recursos
presupuestarios disponibles que permiten financiar la aprobación e
implementación de las disposiciones contenidas en la propuesta de “Bases del X
Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público;
Que, a través del
Informe N° 00901-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica,
en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación
que obra en el expediente, emite opinión legal favorable a la propuesta de
“Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”,
recomendando proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
De conformidad con la
Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la
Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de
Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por
Decreto Supremo N° 004-2013-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las “Bases del X Concurso
Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”, las mismas que, como anexo,
forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Promoción
del Bienestar y Reconocimiento Docente, a las Direcciones Regionales de
Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local
y a las Instituciones Educativas públicas y privadas, la difusión y promoción
del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación
(SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu),
el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial
“El Peruano”.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO
HERNÁNDEZ ALCÁNTARA