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viernes, 12 de agosto de 2022

BASES del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes

Aprueban las “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”


RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 100-2022-MINEDU

Lima, 11 de agosto de 2022

VISTOS, el Expediente N° 0144760-2022, el Informe N° 00217-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Oficio N° 00723-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00901-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, según el artículo 63 de la Ley N° 28044, la gestión del sistema educativo nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible; siendo el Estado, a través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la unidad de este sistema;

Que, conforme con lo señalado por el artículo 13 de la citada Ley, la calidad de la educación es el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida. Asimismo, el literal g) del referido artículo contempla entre los factores que interactúan para el logro de la calidad educativa, la investigación e innovación educativas;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el profesor es un profesional de la educación que, en su calidad de agente fundamental del proceso educativo, presta un servicio público esencial dirigido a concretar el derecho de los estudiantes y de la comunidad a una enseñanza de calidad, equidad y pertinencia; coadyuvando con la familia, la comunidad y el Estado, a la formación integral del educando, razón de ser de su ejercicio profesional;

Que, conforme con lo señalado por el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N° 29944, el Ministerio de Educación y los gobiernos regionales, según corresponda, reconocen la conducta meritoria del profesor, así como su trayectoria y su excelencia profesional;

Que, el artículo 76 del Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, establece, entre otros, que el profesor tiene derecho a reconocimiento cuando diseña y aplica proyectos de innovación pedagógica que son respaldados por la instancia correspondiente, y las formas de reconocimiento;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 005-2020-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones que establecen estándares en progresión de las competencias profesionales del Marco de Buen Desempeño Docente”; cuyo objeto es establecer estándares en progresión de las competencias profesionales del Marco de Buen Desempeño Docente, para orientar el diseño e implementación de la formación docente en servicio, la elaboración de instrumentos de evaluación docente y el establecimiento de criterios de reconocimiento profesional bajo una lógica de continuidad y desarrollo progresivo;

Que, mediante de la Resolución Ministerial N° 274-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para el Fomento, Reconocimiento y Promoción de las Buenas Prácticas e Innovación Educativa en Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica”, con el objetivo de establecer disposiciones para el fomento, reconocimiento y promoción de las buenas prácticas e innovación educativa en instituciones educativas privadas de Educación Básica, que favorezcan el proceso educativo y la calidad de los aprendizajes de las y los estudiantes, considerando sus márgenes de autonomía, dentro del marco normativo vigente;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 186-2022-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural”; el cual tiene por objetivo brindar los lineamientos y orientaciones para la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural;

Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 077-2022-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación en instituciones y programas educativos públicos, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”; el cual tiene por tiene por finalidad: (i) establecer disposiciones para el trabajo de los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados, en las instituciones educativas y programas educativos públicos, de educación básica y técnico-productiva en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, a fin de asegurar la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022; y (ii) actualizar los criterios, procedimientos y responsabilidades para la ejecución del trabajo de los profesores y auxiliares de educación, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 186-2022-MINEDU;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio N° 01072-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00217-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, elaborado por la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar las “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”, cuya finalidad es, identificar, reconocer, promover, visibilizar y difundir las buenas prácticas docentes y de gestión escolar orientadas al desarrollo integral y de las competencias de las y los estudiantes de las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial a nivel nacional, desarrolladas por las y los docentes y/o directivos, quienes a partir del trabajo colegiado reflexionan sobre las necesidades socioemocionales, los procesos, y logros de aprendizaje de las y los estudiantes, según los distintos contextos y en igualdad de oportunidades y en el marco de la atención a la diversidad de acuerdo a los siete enfoques transversales del Currículo Nacional de la Educación Básica, así como, la emergencia sanitaria, considerando el retorno a la presencialidad;

Que, asimismo, el citado Informe precisa que, el referido concurso tiene como objetivos: (i) identificar las buenas prácticas, docentes o de gestión escolar, realizadas por las y los docentes y/o directivos de las instituciones educativas públicas o privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial; que son inclusivas, equitativas, coherentes, relevantes, sostenibles y creativas, para solucionar una situación problemática y/o necesidad de aprendizaje o aprovechar una oportunidad de aprendizaje identificada, para el desarrollo de las competencias en las y los estudiantes y/o en la comunidad educativa, considerando apoyos educativos; (ii) reconocer a las los docentes y directivos que, individualmente u organizados en equipos de trabajo, realizan buenas prácticas docentes y/o de gestión escolar en las instituciones educativas públicas o privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, bajo los enfoques y principios del Currículo Nacional de la Educación Básica; y (iii) promover y difundir las buenas prácticas docentes y de gestión escolar llevadas a cabo por docentes y/o directivos en instituciones educativas públicas o privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, que logran mejoras en los aprendizajes de sus estudiantes, en el marco de la atención a la diversidad y del contexto de emergencia sanitaria;

Que, conforme a lo indicado en el precitado informe, se cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar;

Que, mediante Oficio N° 00723-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, señala que en el Presupuesto Institucional modificado (PIM) de Gastos de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos del Pliego 010: Ministerio de Educación correspondiente al Año Fiscal 2022, se cuenta con los recursos presupuestarios disponibles que permiten financiar la aprobación e implementación de las disposiciones contenidas en la propuesta de “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, a través del Informe N° 00901-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente, emite opinión legal favorable a la propuesta de “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”, recomendando proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”, las mismas que, como anexo, forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas públicas y privadas, la difusión y promoción del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA

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