El blog Docente

sábado, 29 de octubre de 2022

Modelo de Solicitud para el pago de preparación de Clases

  MODELO DE SOLICITUD PARA EL PAGO POR PREPARACIÓN DE CLASES


SOLICITO: RECONOCIMIENTO DEL 30% DE

       BONIFICACIÓN POR PREPARACIÓN DE

CLASES Y EVALUACIÓN, EN EL

MARCO DE LA LEY 31495.

 

SEÑOR DIRECTOR DE LA UGEL XXXX

____________________________________________, con DNI. __________, Domicilio real en ________________________________________________,

Correo electrónico: ________________, celular: ___________., ante Usted me presento y digo:

Que, al amparo del numeral 20 Art. 2° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo establecido en el Art. 117 del T.U.O de la Ley N° 27444, “Ley de Procedimientos Administrativo General” normas que obligan a dar al interesado una respuesta por escrito dentro el plazo legal”, acudo por ante su Despacho, a efectos de solicitar:

I. PETITORIO:

Que, se proceda a reconocer el pago del 30% de bonificación por preparación de clases y evaluación, teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 48° de la Ley N° 24029, Ley del profesorado, modificado por la Ley 25212 y el artículo 210 del D.S 019-90-ED Reglamento de la ley del profesorado”. Y lo establecido en la Ley 31495 LEY QUE RECONOCE EL DERECHO Y DISPONE EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN, BONIFICACIÓN ADICIONAL POR DESEMPEÑO DEL CARGO Y POR PREPARACIÓN DE DOCUMENTOS DE GESTIÓN, SIN LA EXIGENCIA DE SENTENCIA JUDICIAL Y MENOS EN CALIDAD DE COSA JUZGADA, publicada el 16 de junio del 2022.

Pretensión que la sustentamos e los fundamentos de hecho y derecho que seguidamente expongo:

II. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO:

PRIMERO.- Qué, el suscrito actualmente es docente

______________________, de la I.E.__________________________ de la UGEL _________________________, Entre los años 1990 hasta el año

2012, trabajé bajo el régimen de la Ley 24029, modificada por la ley 25212, periodo en que estuvo vigente la mencionada ley.

SEGUNDO.- Que, considerando el Art. 48°de la Ley N° 24029, modificada por la Ley N° 25212, el 19 de mayo de 1990, es que acudo a solicitar que se cumpla con el derecho reconocido y vigente, referido a la PERCEPCIÓN DE UNA BONIFICACIÓN ESPECIAL MENSUAL DEL 30% DE SU REMUNERACIÓN TOTAL. En efecto, la norma citada y el Art. 210° del Decreto Supremo N° 019-90-ED, “Reglamento de la Ley del Profesorado”,

establecen en similar relación que:

 

“El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por programa con de clase y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total”.

Mandato legal que no se ha venido cumpliendo hasta la fecha, evadiendo su responsabilidad y/u obligación que tienen los gobiernos de turno con el magisterio; por lo que me veo en la imperiosa necesidad de acudir a solicitarla y exigir que en cumplimiento de la Ley se proceda reconocer dicha bonificación especial.

TERCERO.- Que, existiendo abundante doctrina jurisprudencial como el Fallo del Tribunal constitucional recaído en EXP. N.° 00347-2021-PC/TC, La CASACIÓN 7019-2013-CALLAO, Casación N° 435-2008-AREQUIPA, Casación N° 9887-2009- PUNO, Casación N° 6871-2013–Lambayeque, solicito el reconocimiento de pago por el 30% por preparación de clases desde mayo de 1990 hasta noviembre del 2012.

CUARTO.- Que, el artículo 2 de la ley 31495 señala lo siguiente:

 

Artículo 2. Pago de bonificación

Los docentes, activos, cesantes y contratados, beneficiarios de las bonificaciones dispuestas en el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, reciben el pago de dicho beneficio en base a su Remuneración Total.

 

QUINTO.- Que, el artículo 3 de la ley 31495 señala lo siguiente:

 

Artículo 3. Periodo de aplicación

La presente ley será de aplicación a los docentes, activos, cesantes y contratados, beneficiarios de las bonificaciones dispuestas en el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, solo respecto al periodo en que estuvo vigente dicho artículo, es decir, desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012.

SEXTO: Que, el artículo 4 de la ley 31495, señala lo siguiente:

Artículo 4. Sobre los procesos judiciales en trámite

En los procesos judiciales en trámite iniciados por los docentes, activos, cesantes y contratados, cuya pretensión se base en el reconocimiento de bonificaciones tomando como base su Remuneración Total, dispuestas en el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, la administración, en cumplimiento de la presente ley, se allana a la pretensión, en el extremo referido a tomar como base la Remuneración Total para el cálculo de la bonificación, bajo responsabilidad. EXPEDIENTE:

____________________________________________________

 

ANEXOS

Que afectos a iniciar el proceso administrativo de petición cumplo con anexar los siguientes documentos:

1) Copia del DNI.

2) Copia de la Resolución de (Nombramiento, contrato)

3) Copia de boletas de pago de 1990 hasta noviembre del 2012.

POR LO EXPUESTO

Sírvase Señor director, proceda a atender el presente petitorio, en los términos y plazos de ley.

 

____________________, ___de octubre del 2022

 

Nombres y Apellidos______________________

 

DNI. __________________