ESTUDIANTEN QUE NO APRUEBEN O NO CUMPLAN CON LOS
REQUISITOS PARA SER PROMOVIDOS DE GRADO REPETIRAN EL AÑO ESCOLAR
La norma que regula la evaluación de los y las
estudiantes es la RVM 094-2020-MINEDU, “Norma que regula la Evaluación de las
competencias de los Estudiantes de la Educación Básica”, norma que actualmente
se encuentra vigente, quizá haya una confusión con la RVM 334-2021-MINEDU. “Disposiciones
para la evaluación de competencias de estudiantes en el marco de la emergencia
sanitaria por la COVID-19”, sin embargo, esta es una norma temporal que rige o rigió
durante la emergencia sanitaria que ya fue derogada por Decreto Supremo N°
130-2022-PCM, entonces al no haber emergencia sanitaria esta norma queda
desfasada.
En tal sentido, ya no habrá más carpetas de
recuperación o promoción guiada para estudiantes que no hayan podido asistir o
que no hayan aprobado las competencias.
Para ser promovido, repetir de grado o recuperación de
competencias desaprobadas, deben cumplirse los siguientes requisitos
nivel |
ciclo |
grado |
Pasar de grado
o ser promovido al siguiente grado |
Permanencia en
el grado (repitencia) |
Recuperación pedagógica
o acompañamiento |
|
Acompañamiento
o Recuperación (enero y febrero) |
Repiten de
grado luego de la recuperación |
|||||
inicial |
I II |
|
Automática |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
PRIMARIA |
III |
1° |
Automática |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
2° |
Al término
del periodo lectivo y del acompañamiento al estudiantes o recuperación
pedagógica: El estudiante alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en
la mitad o más de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B”
en las demás competencias. |
El
estudiante alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las
competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás
competencias. |
Si no
cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año
lectivo. |
Si no
alcanzó los requerimientos para la promoción. |
||
IV |
3° |
Al
término del periodo lectivo y del acompañamiento al estudiante o recuperación
pedagógica: El
estudiante alcanza el nivel de logro “B” en la mitad o más de las competencias
asociadas a todas las áreas o talleres, pudiendo alcanzar los niveles “AD”,
“A”, o “C” en las demás competencias. |
El estudiante alcanza el nivel de logro “C” en más de
la mitad de las competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las
demás competencias. |
Si no
cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año
lectivo. |
Si no
alcanzó los requerimientos para la promoción. |
|
4° |
Al
término del periodo lectivo y del acompañamiento al estudiante o recuperación
pedagógica: El
estudiante alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o más de las
competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás
competencias. |
El
estudiante alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las
competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias |
Si no
cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año
lectivo. |
Si no
alcanzó los requerimientos para la promoción. |
||
PRIMARIA |
V |
5° |
Al término
del periodo lectivo y del acompañamiento al estudiante o recuperación
pedagógica: El
estudiante alcanza el nivel de logro “B” en la mitad o más de las
competencias asociadas a todas las áreas o talleres, pudiendo alcanzar los
niveles “AD”, “A”, o “C” en las demás competencias. |
El
estudiante alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las
competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás
competencias. |
Si no
cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año
lectivo. |
Si no
alcanzó los requerimientos para la promoción. |
6° |
Al
término del periodo lectivo y del acompañamiento al estudiante o recuperación
pedagógica: El estudiante
alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o más de las competencias
asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás competencias. |
El
estudiante alcanza el nivel de logro “C” en más de la mitad de las
competencias asociadas a cuatro áreas o talleres y “B” en las demás
competencias. |
Si no
cumple los requerimientos de promoción o permanencia al término del año
lectivo. |
Si no
alcanzó los requerimientos para la promoción. |
||
SECUNDARIA |
VI |
1° |
Al
término del periodo lectivo: El
estudiante alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en la mitad o más de las
competencias asociadas a todas las áreas o talleres, pudiendo alcanzar los
niveles “AD”, “A”, o “C” en las demás competencias. Al término del acompañamiento al estudiante o
recuperación pedagógica: El
estudiante alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en todas las
competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento al
estudiante o recuperación pedagógica, pudiendo tener en una de esas áreas o
talleres el nivel de logro “C” en todas las competencias. |
El
estudiante alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o más de las
competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres. |
Si no
cumplen las condiciones de promoción o permanencia. Recuperan en aquellas
competencias que tienen C. |
Si no
cumple las condiciones de promoción. |
2° |
Al
término del periodo lectivo: El
estudiante alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o más de las
competencias asociadas a tres áreas o talleres y “B” en las demás
competencias. Al término del acompañamiento al estudiante o
recuperación pedagógica: El
estudiante alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en la mitad o más de las
competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento o
recuperación pedagógica y “B” en las demás competencias, pudiendo tener en
una de |
El
estudiante alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o más de las
competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres. |
Si no
cumplen con las condiciones de promoción o permanencia. |
Si no
cumple las condiciones de promoción. |
||
VII |
3° |
Al término
del periodo lectivo: El
estudiante alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en la mitad o más de las
competencias asociadas a todas las áreas o talleres, pudiendo alcanzar los
niveles “AD”, “A”, o “C” en las demás competencias. Al término del acompañamiento al estudiante o
recuperación pedagógica: El
estudiante alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en todas las
competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento al
estudiante o recuperación pedagógica, pudiendo tener en una de esas áreas o
talleres el nivel de logro “C” en todas las competencias. |
El
estudiante alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o más de las
competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres. |
Si no
cumple las condiciones de promoción o permanencia. Recuperan en aquellas
competencias que tienen C. |
Si no
cumple las condiciones de promoción. |
|
4° |
Al
término del periodo lectivo: El
estudiante alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en la mitad o más de las
competencias asociadas a todas las áreas o talleres, pudiendo alcanzar los
niveles “AD”, “A”, o “C” en las demás competencias. Al
término del acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica: El
estudiante alcanza como mínimo el nivel de logro “B” en todas las
competencias asociadas a las áreas o talleres del acompañamiento al
estudiante o recuperación pedagógica, pudiendo tener en una de esas áreas o
talleres el nivel de logro “C” en todas las competencias. |
El
estudiante alcanza el nivel de logro “C” en la mitad o más de las
competencias asociadas a cuatro o más áreas o talleres. |
Si no
cumple las condiciones de promoción o permanencia. Recuperan en aquellas
competencias que tienen C. |
Si no
cumple las condiciones de promoción. |
Fuente: RVM N° 094-2020-MINEDU