Modifican el
Documento Normativo denominado “Procedimientos para la elaboración y aprobación
del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas
públicas del nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y del
ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa”
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 163-2022-MINEDU
Lima, 15 de diciembre de 2022
VISTOS, el Expediente N°
DITEN2022-INT-0274787, el Informe N° 01375-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la
Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo
Docente; el Informe N° 01991-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto y el Informe N° 01461-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el
sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y
técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar
y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a
todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas
vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, conforme con lo dispuesto por el
artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de
Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado;
Que, de acuerdo con el literal h) del
artículo 80 de la Ley General de Educación, es función del Ministerio de
Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, a través de la Resolución
Viceministerial N° 315-2021-MINEDU, se aprueba el Documento Normativo
denominado “Procedimientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de
Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del
nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado
de Educación Básica Alternativa”; cuyo objetivo es regular los procedimientos
para la elaboración y la aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas
asignadas a: i) profesores, ii) plazas vacantes, y iii) bolsa de horas, de
acuerdo al plan de estudios establecido para las instituciones educativas
públicas de gestión directa e instituciones educativas públicas de gestión
privada en el nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y en el
ciclo avanzando de Educación Básica Alternativa;
Que, mediante Oficio Nº
01737-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
01375-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico
Normativa de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, a través
del cual se sustenta la necesidad de modificar el precitado Documento
Normativo, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 315-2021-MINEDU, con
la finalidad de señalar que en los planes de estudios de jornada escolar
regular se incremente las áreas de arte y cultura, y de educación física a tres
(3) horas por sección; así como también establecer en el mismo plan de estudios
el refuerzo escolar en todas las áreas curriculares (en adelante, la propuesta
de modificación);
Que, de acuerdo con el precitado
informe, la propuesta de modificación cuenta con las opiniones favorables de la
Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de
Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe, y de Servicios Educativos
en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la
Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar;
Que, a través del Informe N°
01991-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta
de modificación; por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos
estratégicos e institucionales del Sector Educación y su aprobación e
implementación, se financiará con cargo a los créditos presupuestarios
aprobados en las respectivas leyes anuales de presupuesto, sin demandar
recursos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación, a los Pliegos
Gobiernos Regionales ni al Tesoro Público;
Que, asimismo, mediante el Informe N°
01461-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable a la propuesta de modificación y recomienda continuar
con el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del
numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se
delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación,
entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos
resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos
Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en
la Ley N° 28044, Ley General de Educación; en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución
Ministerial N° 008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el literal f) del sub numeral 6.1 del numeral 6, los sub
numerales 7.4, 7.5 y 7.6 del numeral 7 y el sub numeral 11.8 del numeral 11 del
Documento Normativo denominado “Procedimientos para la elaboración y aprobación
del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas
públicas del nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y del
ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa”, aprobado por Resolución
Viceministerial N° 315-2021-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme al
Anexo Nº 01 de la presente Resolución.
Artículo 2.- Incorporar el literal b) al sub numeral 7.4.1 y los sub numerales 11.13,
11.14, 11.15 y 11.16 al numeral 11 del Documento Normativo denominado
“Procedimientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de
Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de
educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de
Educación Básica Alternativa”; aprobado por Resolución Viceministerial N°
315-2021-MINEDU, conforme al Anexo Nº 02 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el
Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional
del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación
de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica