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viernes, 3 de marzo de 2023

MINEDU declara en estado de obsoleto y en estado de desuso ítems de materiales educativos

 

Declaran en estado de obsoleto y en estado de desuso ítems de materiales educativos, y dictan medidas relativas a su disposición final


RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 036-2023-MINEDU

Lima, 2 de marzo de 2023

VISTOS, el Expediente Nº MPD2022-EXT-0171830, el Informe Nº 00054-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº 00123-2023-MINEDU-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme al literal f) del artículo 13 de la Ley N° 28044, uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y accesibles para las personas con discapacidad;

Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 008-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula la gestión de materiales educativos impresos y concretos de educación básica, en estado de obsoletos y/o en desuso que se encuentren en los almacenes correspondientes a las unidades ejecutoras del MINEDU, las DRE/GRE y UGEL”, la cual establece disposiciones para promover y efectuar la gestión de los materiales educativos de Educación Básica impresos y concretos dotados por el Ministerio de Educación en estado de obsoletos y/o en desuso que se encuentran ubicados en los almacenes correspondientes a las unidades ejecutoras del Ministerio de Educación, a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local del territorio nacional;

Que, los numerales 7.1 y 7.2 de la precitada norma técnica establecen las disposiciones vinculadas al procedimiento para la determinación de la no vigencia del material educativo y a los actos administrativos posteriores a la declaración en estado de obsoletos o en desuso; asimismo, el numeral 7.1.6.3 de la citada norma técnica señala que el Viceministerio de Gestión Pedagógica declara en estado de obsoletos o en desuso los materiales educativos impresos o concretos y establece los materiales educativos que deben ser donados o destruidos;

Que, bajo ese marco normativo, a través del Oficio N° 00081-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00054-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR, por el que solicita y sustenta se declare diversos materiales educativos en estado de obsoleto y de desuso, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma técnica aprobada por la Resolución Viceministerial N° 008-2019-MINEDU, precisando los que deben ser donados o destruidos; para lo cual adjunta el proyecto de resolución respectivo (en adelante, la propuesta);

Que, de acuerdo con el precitado informe, corresponde declarar en estado de obsoleto diez mil setecientos veintiún (10,721) ítems de materiales educativos, y en estado de desuso tres mil ciento treinta y ocho (3,138) ítems de materiales educativos, de los cuales trece mil quinientos ochenta y tres (13,583) ítems deben ser donados y doscientos setenta y seis (276) ítems deben ser destruidos; de acuerdo con la identificación realizada por los órganos y unidades orgánicas competentes;

Que, asimismo, dicho informe señala que resulta necesario disponer que las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local realicen los actos de disposición que correspondan respecto de los materiales educativos señalados en el considerando precedente, en el marco de lo dispuesto por el numeral 7.2 de la norma técnica aprobada por la Resolución Viceministerial N° 008-2019-MINEDU;

Que, mediante el Informe N° 00123-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta y recomienda continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y en la Norma que regula la gestión de materiales educativos impresos y concretos de educación básica, en estado de obsoletos y/o en desuso que se encuentren en los almacenes correspondientes a las unidades ejecutoras del MINEDU, las DRE/GRE y UGEL, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 008-2019-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar en estado de obsoleto diez mil setecientos veintiún (10,721) ítems de materiales educativos, y en estado de desuso tres mil ciento treinta y ocho (3,138) ítems de materiales educativos, de los cuales trece mil quinientos ochenta y tres (13,583) ítems deben ser donados y doscientos setenta y seis (276) ítems deben ser destruidos; conforme al anexo denominado “Relación de materiales educativos impresos y/o concretos en estado de obsoleto o en desuso”, el mismo que, forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local realicen los actos de disposición final de los materiales educativos, de acuerdo con lo establecido en el anexo al que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

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