Declaran en estado de obsoleto y en estado de
desuso ítems de materiales educativos, y dictan medidas relativas a su
disposición final
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 036-2023-MINEDU
Lima, 2 de marzo de 2023
VISTOS, el Expediente Nº
MPD2022-EXT-0171830, el Informe Nº 00054-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la
Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº
00123-2023-MINEDU-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el
Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y
técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar
y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a
todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas
vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044,
Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano
del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, conforme al literal f) del
artículo 13 de la Ley N° 28044, uno de los factores que interactúan para el
logro de la calidad de la educación es la infraestructura, equipamiento,
servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias
técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y
accesibles para las personas con discapacidad;
Que, mediante la Resolución Viceministerial
N° 008-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula la
gestión de materiales educativos impresos y concretos de educación básica, en
estado de obsoletos y/o en desuso que se encuentren en los almacenes
correspondientes a las unidades ejecutoras del MINEDU, las DRE/GRE y UGEL”, la
cual establece disposiciones para promover y efectuar la gestión de los
materiales educativos de Educación Básica impresos y concretos dotados por el
Ministerio de Educación en estado de obsoletos y/o en desuso que se encuentran
ubicados en los almacenes correspondientes a las unidades ejecutoras del
Ministerio de Educación, a las Direcciones Regionales de Educación y a las
Unidades de Gestión Educativa Local del territorio nacional;
Que, los numerales 7.1 y 7.2 de la
precitada norma técnica establecen las disposiciones vinculadas al
procedimiento para la determinación de la no vigencia del material educativo y
a los actos administrativos posteriores a la declaración en estado de obsoletos
o en desuso; asimismo, el numeral 7.1.6.3 de la citada norma técnica señala que
el Viceministerio de Gestión Pedagógica declara en estado de obsoletos o en
desuso los materiales educativos impresos o concretos y establece los
materiales educativos que deben ser donados o destruidos;
Que, bajo ese marco normativo, a través
del Oficio N° 00081-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación
Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el
Informe N° 00054-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR, por el que solicita y sustenta se
declare diversos materiales educativos en estado de obsoleto y de desuso, en
cumplimiento de lo dispuesto por la norma técnica aprobada por la Resolución
Viceministerial N° 008-2019-MINEDU, precisando los que deben ser donados o
destruidos; para lo cual adjunta el proyecto de resolución respectivo (en
adelante, la propuesta);
Que, de acuerdo con el precitado
informe, corresponde declarar en estado de obsoleto diez mil setecientos
veintiún (10,721) ítems de materiales educativos, y en estado de desuso tres
mil ciento treinta y ocho (3,138) ítems de materiales educativos, de los cuales
trece mil quinientos ochenta y tres (13,583) ítems deben ser donados y
doscientos setenta y seis (276) ítems deben ser destruidos; de acuerdo con la
identificación realizada por los órganos y unidades orgánicas competentes;
Que, asimismo, dicho informe señala que
resulta necesario disponer que las Unidades Ejecutoras del Ministerio de
Educación, las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión
Educativa Local realicen los actos de disposición que correspondan respecto de
los materiales educativos señalados en el considerando precedente, en el marco
de lo dispuesto por el numeral 7.2 de la norma técnica aprobada por la
Resolución Viceministerial N° 008-2019-MINEDU;
Que, mediante el Informe N°
00123-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable a la propuesta y recomienda continuar con el trámite
correspondiente para su aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en
la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU; y en la Norma que regula la gestión de materiales educativos
impresos y concretos de educación básica, en estado de obsoletos y/o en desuso
que se encuentren en los almacenes correspondientes a las unidades ejecutoras
del MINEDU, las DRE/GRE y UGEL, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº
008-2019-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar en estado de obsoleto diez mil setecientos veintiún (10,721)
ítems de materiales educativos, y en estado de desuso tres mil ciento treinta y
ocho (3,138) ítems de materiales educativos, de los cuales trece mil quinientos
ochenta y tres (13,583) ítems deben ser donados y doscientos setenta y seis
(276) ítems deben ser destruidos; conforme al anexo denominado “Relación de
materiales educativos impresos y/o concretos en estado de obsoleto o en
desuso”, el mismo que, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación, las
Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local
realicen los actos de disposición final de los materiales educativos, de
acuerdo con lo establecido en el anexo al que hace referencia el artículo 1 de
la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el
Sistema de Información Jurídica de Educación – (SIJE), ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo
día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El
Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.