Aprueban norma técnica denominada “Disposiciones que regulan los procedimientos técnicos del Escalafón Magisterial”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 112-2023-MINEDU
Lima,
7 de agosto de 2023
VISTOS,
el Expediente Nº DITEN2023-INT-0153984, el Informe Nº
00867-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y el Oficio Nº
03561-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección de Técnico Normativa de
Docentes, el Informe Nº 00945-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, el Informe Nº 00862-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que,
conforme con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de
Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que
tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación,
recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que,
el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley señala que es función del
Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal,
programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del
sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que,
el artículo 14 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el
Escalafón Magisterial es un registro nacional y descentralizado en el que se
documenta y publica la trayectoria laboral de los profesores que prestan
servicios profesionales al Estado; asimismo, establece que el registro de los
profesores en el escalafón es de oficio y la información es permanentemente
actualizada en las instancias de gestión educativa descentralizadas del ámbito
nacional, regional y local. Para tal efecto, los profesores tienen la
obligación de entregar la documentación e información, de conformidad con lo
dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General. Los documentos
del escalafón son los únicos válidos en los procesos de evaluación;
Que,
mediante los numerales 32.1 y 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley Nº
29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED,
disponen que el Escalafón Magisterial es un registro administrativo de alcance
nacional donde se documenta el récord o la trayectoria laboral y profesional
del profesor al servicio del Estado, para facilitar sus procesos de evaluación,
reconocimiento de méritos y beneficios; y que el Ministerio de Educación regula
la estructura y contenido del registro escalafonario, así como el procedimiento
estandarizado para su actualización, el cual es de cumplimiento obligatorio por
las instancias de gestión educativa descentralizada;
Que,
con Resolución Viceministerial Nº 092-2020-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica
denominada “Disposiciones que regulan los procedimientos técnicos del Escalafón
en las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa
Local”;
Que,
posteriormente, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 017-2020-MINEDU,
se crea el Sistema Integrado de Gestión de Personal en el Sector Educación -
Sistema AYNI como herramienta informática para los procesos de gestión de
recursos humanos en el Sector Educación. Además, mediante el artículo 6 del
referido Decreto Supremo se dispone que las Direcciones Regionales de Educación
o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local, los
Colegios Militares que dependan administrativamente del Sector Educación y que
tienen el nivel de Unidad Ejecutora, y los institutos y escuelas de educación
superior que son unidades ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación,
utilicen de manera obligatoria el Sistema AYNI;
Que,
bajo el marco normativo antes expuesto, mediante el Oficio Nº
01158-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
0867-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa
de Docente dependiente de la referida Dirección General, el mismo que sustenta
la necesidad de aprobar la norma técnica denominada “Disposiciones que regulan
los procedimientos técnicos del Escalafón Magisterial”, con la finalidad de
establecer y regular los procedimientos técnicos para la organización,
actualización, sistematización y conservación del legajo personal del servidor
en actividad, exservidor o pensionista a cargo del Estado, de educación básica
y de educación técnico-productiva, como fuente de información del Escalafón
Magisterial. En atención a ello, se sustenta la necesidad de derogar la norma
técnica aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 092-2020-MINEDU;
Que,
de la revisión realizada a los documentos contenidos en el expediente, se
advierte que la referida propuesta cuenta con la opinión favorable de la
Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General
de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Desarrollo
Docente (DIGEDD), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar
(DIGC), de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación (DITE), de la
Dirección de Evaluación Docente (DIED), de la Dirección de Promoción del
Bienestar y Reconocimiento Docente (DIBRED), de la Dirección de Formación
Docente en Servicio (DIFODS), de la Oficina de Tecnologías de la Información y
Comunicación (OTIC), de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión
Documental (OACIGED), de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y
Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), de la Dirección de Formación
Inicial Docente (DIFOID) y de la Dirección General de Educación Superior
Universitaria (DIGESU);
Que,
mediante el Informe Nº 00945-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación
y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto,
dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera factible
continuar con la tramitación de la propuesta normativa, advirtiendo que se
encuentra alineada con los instrumentos de planificación estratégica e
institucional del sector Educación y, estando a que la propuesta invocada
regula los procedimientos administrativos para la organización, actualización,
sistematización y conservación del legajo del servidor, exservidor o
pensionista, su tratamiento no tiene implicancia presupuestal; es decir, su
implementación no irrogará gastos al Presupuesto Institucional del Pliego 010:
Ministerio de Educación ni al Tesoro Público;
Que,
a través del Informe Nº 00862-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de
Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta
normativa;
Que,
de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución
Ministerial Nº 002-2023-MINEDU, se delegó en la Viceministra de Gestión
Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones,
la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan
sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito
de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación;
De
conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;
en el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por
Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº
002-2023-MINEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar la Resolución
Viceministerial Nº 092-2020-MINEDU que aprueba la norma técnica denominada
“Disposiciones que regulan los Procedimientos Técnicos del Escalafón en las
Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local”.
Artículo 2.- Aprobar la norma técnica
denominada “Disposiciones que regulan los procedimientos técnicos del Escalafón
Magisterial”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y de su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de
Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.