LEY Nº 31908
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR
TANTO:
EL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha
dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL
LA INCORPORACIÓN EN EL CURRÍCULO NACIONAL DE LA
EDUCACIÓN BÁSICA DE CONTENIDOS CURRICULARES DE ESTUDIOS SOBRE LIDERAZGO Y
AUTOESTIMA, Y CIUDADANÍA PARA LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA
Artículo único. Declaración de interés
nacional
Se
declara de interés nacional la incorporación en el Currículo Nacional de la
Educación Básica de contenidos curriculares de estudios sobre liderazgo y
autoestima, que les permita desarrollarse como ciudadanos que aporten al
desarrollo del país, y sobre ciudadanía para la prevención de la violencia y el
conocimiento de sus derechos fundamentales y brechas que impiden el desarrollo
igualitario entre mujeres y varones.
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Implementación
En el marco de la declaración
establecida en el artículo único y en caso de ejecutarse el objeto de dicha
declaración, el Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y
competencias, establecerá los procedimientos para la implementación de los
referidos contenidos curriculares en todos los niveles del Currículo Nacional
de la Educación Básica en las instituciones educativas del país.
Comuníquese
a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En
Lima, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil veintitrés.