Decreto Supremo que declara el año 2025 como el “Año
de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
DECRETO SUPREMO N° 149-2024-PCM
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 59 de la
Constitución Política del Perú establece que el Estado estimula la creación de
riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e
industria; asimismo, señala que el Estado brinda oportunidades de superación a
los sectores que sufren cualquier desigualdad, promoviendo las pequeñas
empresas en todas sus modalidades;
Que, el Marco Macroeconómico
Multianual 2025-2028 aprobado en sesión del Consejo de Ministros del 21 de
agosto de 2024 proyecta que el crecimiento económico para el año 2025 estará
sostenido por el mayor dinamismo de la demanda interna, asociada a las mayores
inversiones y la mejora del consumo privado en un entorno de baja inflación,
condiciones de financiamiento favorables y la consolidación de la mejora de las
expectativas de los agentes económicos;
Que, con Decreto Supremo N°
203-2024-EF, Decreto Supremo que aprueba la Actualización del Plan Nacional de
Competitividad y Productividad 2019 - 2030 y cambio de denominación a “Plan
Nacional de Competitividad y Productividad 2024 - 2030”, se aprueban nueve
objetivos prioritarios para los próximos años: 1) Dotar al país de
infraestructura económica y social de calidad; 2) Fortalecer el capital humano;
3) Generar el desarrollo de las capacidades para la innovación, adopción y
transferencia de mejoras tecnológicas; 4) Impulsar mecanismos de financiamiento
local y externo; 5) Crear las condiciones para un mercado laboral dinámico y
competitivo para la generación de empleo digno; 6) Generar las condiciones para
desarrollar un ambiente de negocios productivo; 7) Facilitar las condiciones
para el comercio exterior de bienes y servicios; 8) Fortalecer la
institucionalidad del país; y 9) Promover la sostenibilidad ambiental en la
operación de las actividades económicas;
Que, constituyen Políticas de Estado
del Acuerdo Nacional, la afirmación de la economía social de mercado, cuyo
objetivo es lograr el desarrollo humano y solidario del país mediante un
crecimiento económico sostenido con equidad social y empleo; y la búsqueda de
la competitividad, productividad y formalización de la actividad económica,
cuyo objetivo es promover el acceso a una educación de calidad, un clima
político y jurídico favorable y estable para la inversión privada así como para
la gestión pública y privada, así como lograr la formalización de las
actividades y relaciones económicas en todos los niveles;
Que, la Política General de Gobierno
para el presente mandato presidencial, aprobada por Decreto Supremo Nº
042-2023-PCM, se desarrolla sobre nueve ejes que se encuentran
interrelacionados y guardan consistencia con el marco de políticas y planes del
país, entre los que destaca el Eje 4: Reactivación económica, y sus
Lineamientos 4.1: Garantizar la estabilidad macroeconómica con menor déficit
fiscal y menor deuda pública, y 4.2: Fomentar la inversión privada y público
privada nacional y extranjera en un ambiente de estabilidad jurídica y paz
social;
Que, en tal sentido, es prioridad
para el Estado continuar brindando y garantizando las condiciones que permitan
la recuperación y consolidación de la economía en todos los sectores
productivos, en un contexto de fortalecimiento institucional y paz social, en
el que se garanticen las inversiones y la estabilidad macroeconómica, en línea
con las proyecciones para el año 2025 y siguientes;
Que, por las consideraciones
expuestas y estando a las proyecciones de recuperación y consolidación de la
economía peruana para el próximo año y siguientes, resulta necesario declarar
el año 2025 como el “Año de la recuperación y consolidación de la economía
peruana”;
De conformidad con lo dispuesto en el
numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1.- Declarar el año 2025 como el “Año de
la recuperación y consolidación de la economía peruana”.
Artículo 1.- Declarar el año 2025 como el “Año de la recuperación y
consolidación de la economía peruana”.
Artículo 3.- El Ministerio de Cultura, mediante Resolución
Ministerial, establece la traducción de la denominación del año 2025 a las
lenguas indígenas u originarias que correspondan, para su uso en los distritos,
provincias y departamentos en donde predominen, conforme a lo señalado en el
Mapa Etnolingüístico del Perú.
Artículo 4.- El presente Decreto Supremo es
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima,
a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.