Aprueban Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos para el Año 2025”
Resolución Ministerial
N° 009-2025-MINEDU
Lima, 9 de enero de 2025
VISTO, el Expediente N°
MPD2024-EXT-0973480, el Oficio N° 002589-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de la
Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el
Memorándum N° 01062-2024-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00027-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la
Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N°
28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación
(MINEDU) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal i) del artículo 80 de
la referida Ley establece como función del MINEDU el liderar la gestión para
conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto
nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura
educativa;
Que, el literal a) del numeral 79.1
del artículo 79 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2025, autoriza al MINEDU, para financiar, con cargo a los
recursos de su presupuesto institucional, el “Programa de Mantenimiento de los
Locales Educativos 2025”, que incluye el mantenimiento preventivo y/o
correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o
correctivo de bicicletas y la implementación del equipamiento de ciclista en el
marco de la intervención Rutas Solidarias, hasta por la suma de S/ 301 699
720,00 (TRESCIENTOS UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS
VEINTE Y 00/100 SOLES), los que consideran hasta S/ 3 000 000,00 (TRES MILLONES
Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas y
la implementación del equipamiento de seguridad del ciclista en el marco de la
intervención Rutas Solidarias, y hasta por la suma de S/ 1 602 800,00 (UN
MILLÓN SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES) para la contratación de
servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica de las
actividades previstas en el citado Programa;
Que, el numeral 79.2 del artículo 79
de la citada Ley señala que los montos a que refiere el numeral 79.1 son
desembolsados de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el
abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del personal de
la institución educativa pública, según corresponda, de acuerdo con las
disposiciones establecidas mediante resolución ministerial del MINEDU; dichos
montos son desembolsados de manera directa, a excepción de los montos
destinados para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo,
evaluación y asistencia técnica;
Que, asimismo el numeral 79.3 del
artículo 79 de la referida Ley establece que el MINEDU, mediante resolución del
titular del pliego, hasta el 31 de enero de 2025, aprueba las disposiciones que
resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el referido
artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas,
utilización de los recursos, y de devolución ante la no utilización de los
recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en los
numerales 79.1 y 79.2 del citado artículo;
Que, mediante el Decreto Supremo N°
004-2014-MINEDU, se crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa
(PRONIED), el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir,
rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de educación básica
y de educación superior pedagógica, tecnológica y técnico-productiva,
incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda,
de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma
planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de
educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la
mejora en la calidad de la educación del país;
Que, el artículo 32 del Manual de
Operaciones de PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial N°
034-2016-MINEDU, establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es
responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la
infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales
escolares en todos los niveles y modalidades de la educación básica y de la
educación superior pedagógica, tecnológica y técnico-productiva;
Que, mediante el Oficio N°
002589-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE, la Dirección Ejecutiva del PRONIED,
sustentada en el Informe N° 00109-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de su Unidad
Gerencial de Mantenimiento -con la conformidad de la Dirección General de Infraestructura
Educativa, de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la Dirección
General de Calidad de la Gestión Escolar del Despacho Viceministerial de
Gestión Institucional-, en el Informe N° 000415-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP de
su Oficina de Planeamiento y Presupuesto, así como en el Informe N°
001249-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ de su Oficina de Asesoría Jurídica,
sustenta y propone la aprobación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones
para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos para el
Año 2025”; precisando que el financiamiento para el “Programa de Mantenimiento
de los Locales Educativos 2025” asciende a la suma de S/ 296 602 800,00
(DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES);
Que, con el Memorándum N°
01062-2024-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Panificación Estratégica y
Presupuesto remite y encuentra conforme el Informe N°
02558-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de su Unidad de Planificación y Presupuesto, a
través del cual emite opinión favorable para la aprobación de la referida Norma
Técnica, precisando que se alinea a los objetivos estratégicos del Sector
Educación y existen recursos asignados en la Unidad Ejecutora 108: Programa
Nacional de Infraestructura Educativa del Pliego 010: M. de Educación,
correspondiente al Año Fiscal 2025, para financiar la ejecución del Programa de
Mantenimiento de los Locales Educativos 2025, hasta por un monto de S/ 296 602
800,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100
SOLES);
Que, mediante el Informe Nº
00027-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que
resulta legalmente viable la aprobación de la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos
para el Año 2025”;
Que, en ese sentido, corresponde
expedir el presente acto resolutivo;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en
la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;
en el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU que crea el Programa Nacional de
Infraestructura Educativa; y en el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales
Educativos para el Año 2025”, que en Anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la
presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en
el Diario Oficial “El Peruano”.