Modifican la
Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en
áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su
Reglamento”
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 004-2023-MINEDU
Lima, 5 de enero de 2023
VISTOS, el Expediente N°
DITEN2022-INT-0311618, el Informe N° 01598-2022- MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la
Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo
Docente, el Informe N° 00002-2023-MINEDU/SPEOPEP-UPP de la Unidad de Planificación
y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el
Informe N° 00004-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el
sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y
técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, conforme a lo dispuesto en el
artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de
Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal h) del artículo 80 de
la Ley Nº 28044, señala que es función del Ministerio de Educación definir las
políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal
directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública
Magisterial;
Que, el artículo 70 de la Ley Nº 29944,
Ley de Reforma Magisterial, establece que el encargo es la acción de personal
que consiste en ocupar un cargo vacante o el cargo de un titular mientras dure
la ausencia de este, para desempeñar funciones de mayor responsabilidad; el
mismo, que es de carácter temporal y excepcional, no genera derechos y no puede
exceder el período del ejercicio fiscal;
Que, el numeral 176.2 del artículo 176
del Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por
Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, señala que el Ministerio de Educación establece
los procedimientos para el proceso de encargatura; el cual debe contemplar,
como requisito, haber aprobado la última evaluación de desempeño docente o en
el cargo;
Que, el numeral 7.2 de la Norma Técnica
denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las
instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”,
aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 474-2022-MINEDU, establece que
desde el mes de enero el equipo directivo gestiona las condiciones operativas
para garantizar el servicio educativo;
Que, mediante la Resolución
Viceministerial N° 165-2022-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral
de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”; cuyo objetivo es
regular el procedimiento, requisitos, responsabilidades y criterios de
calificación de expedientes , para que los/las profesores/as nombrados/as
ocupen de manera temporal y excepcional, , mediante el proceso de encargatura
un cargo de mayor responsabilidad que se encuentre vacante, en las áreas de
desempeño laboral en el marco de la Ley Nº 29944 y su Reglamento;
Que, con Oficio N°
01947-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
01598-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico
Normativa de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, a través
del cual se propone y sustenta la necesidad de modificar la Norma Técnica
denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de
desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su
Reglamento”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 165-2022-MINEDU, con la
finalidad que los directivos que concluyen su periodo de ratificación como
designados al 28 de febrero de 2023, puedan ser encargados en la misma plaza de
manera excepcional, a fin de garantizar que las instituciones educativas, a
través de sus equipos directivos, puedan realizar el trabajo de planificación
de la institución y programa educativo, para garantizar el buen inicio y
desarrollo del año escolar 2023, y esto beneficie a nuestros estudiantes;
Que, conforme se señala en el referido
Informe, la propuesta de modificación de la referida Norma Técnica cuenta con
la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la
Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección
General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios
Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Educación Técnico -
Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de
Calidad de la Gestión Escolar y de la Dirección General de Gestión
Descentralizada;
Que, mediante el Informe Nº 00002-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP,
la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación
Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta de modificación de la referida
Norma Técnica, en el marco de sus respectivas competencias; por cuanto, se
encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector
Educación y no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de
Educación;
Que, con Informe Nº
00004-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco
del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas
emitidas, considera que la modificación de la citada Norma Técnica resulta
legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su
aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la
Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;
el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por
Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incorporar el sub numeral 10.20 al numeral 10 de la Norma Técnica
denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de
desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su
Reglamento”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 165-2022-MINEDU,
conforme al siguiente tenor:
“10. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
(…)
10.20 Los directivos de instituciones
educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, que culminan su periodo de
ratificación de designación al 28.02.2023 y deben retornar a una plaza de
profesor, son encargados excepcionalmente en la misma plaza directiva a partir
del 01 de marzo y como máximo hasta el 31 de diciembre del 2023, previo
consentimiento, para lo cual no deben tener impedimento alguno para asumir el
cargo, conforme a lo establecido en el numeral 7.5 de la presente norma, con la
finalidad de asegurar que las actividades de planificación en las instituciones
educativas garanticen el servicio educativo, el buen inicio y desarrollo del
año escolar 2023, correspondiendo su implementación a la UGEL/DRE del ámbito de
su jurisdicción.”
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de
Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional
del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de su publicación
en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.