El pleno del Congreso aprobó hoy, en segunda votación, los proyectos de ley 3469 y 5509 a fin de modificar el artículo 16 de la Constitución Política. La votación fue de 94 congresistas a favor, 6 en contra y 15 abstenciones.
Según lo aprobado, la educación garantiza el desarrollo de la persona y la sociedad, por lo que corresponde que el Estado invierta anualmente no menos del 6 % del PBI (producto bruto interno).
Recordemos que esta propuesta fue aprobada en primera votación el 5 de julio de este año. En aquel momento, la medida contó con el respaldo de 115 congresistas.
El texto sustitutorio propuesto por la Comisión de Constitución y Reglamento señala lo siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ CON EL FIN DE FORTALECER EL SECTOR EDUCACIÓN
Artículo único.- Modificación del último párrafo del artículo 16 de la Constitución Política del Perú
Modifícase el último párrafo del artículo 16 de la Constitución Política del Perú, el mismo que quedará redactado con el siguiente texto:
Artículo 16°.- Tanto el sistema como el régimen educativo son descentralizados.
(…)
La educación es un derecho humano fundamental que garantiza el desarrollo de la persona y la sociedad, por lo que el Estado invierte anualmente no menos del 6% del PBI.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y FINAL
ÚNICA.- Coordinación para determinar políticas nacionales en educación, deporte y recreación
El Ministerio de Educación en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, determina las políticas nacionales en materia de educación, deporte y recreación, en concordancia con los planes de desarrollo, la política general del Estado, los criterios de priorización de inversiones del sector educación y el Plan Nacional de Infraestructura Educativa, bajo el criterio de cierre de brechas.
Cabe apuntar que esta aprobación tendrá que ser votada nuevamente en la siguiente legislatura. Solo ahí, si se aprueba otra vez, la reforma constitucional se habrá consumado.
fuente de información Legis Perú