El blog Docente

martes, 2 de febrero de 2021

Orientaciones para promover la participación de los estudiantes en la modalidad a distancia

 


¿Por qué promover la participación estudiantil?

Definición de participación estudiantil

A partir del enfoque por competencias, las metodologías activas y el paradigma socio-constructivista de la educación hablamos mucho sobre la importancia de  la participación, el involucramiento y el protagonismo de las y los estudiantes en sus procesos de aprendizaje. Pero resulta pertinente preguntarnos:

¿Qué entendemos por participación estudiantil?

La participación estudiantil es el derecho de todos los y las estudiantes de formar sus opiniones y puntos de vista, expresarlos en espacios seguros siendo escuchados, y decidir o influir en las decisiones vinculadas a los asuntos públicos o situaciones que les conciernen directa e indirectamente. A través de su participación, las y los estudiantes pueden priorizar aquellos asuntos públicos que consideran deben ser abordados en las sesiones de tutoría. Dichos asuntos públicos pueden ser considerados también al diseñar situaciones significativas y experiencias de aprendizaje en el marco de las áreas curriculares. Además, podrán tomar la decisión de involucrarse en proyectos, campañas o iniciativas en pro del bien común.

A partir de la definición anterior podemos afirmar que se trata tanto de un derecho, un elemento clave para la convivencia y la gestión escolar, así como de una herramienta metodológica para acompañar la construcción de la  identidad y el ejercicio de la ciudadanía responsable de las y los estudiantes. Desde esta perspectiva, la participación garantiza el ejercicio activo de una ciudadanía democrática, por lo cual las instituciones y programas educativos se consideran espacios para el ejercicio directo y efectivo de derechos y deberes ciudadanos, en el marco de los procesos de enseñanza-aprendizaje y la gestión escolar.

Al ser parte de los derechos individuales y colectivos de todos los y las estudiantes, la participación estudiantil debe promoverse sin discriminación de ningún tipo ya sea por sexo, edad, religión, grupo étnico, lengua, discapacidad, entre otros; pues se debe garantizar que las y los estudiantes tengan la posibilidad de asumir roles protagónicos en el ejercicio de sus derechos y deberes ciudadanos, teniendo repercusiones efectivas en su educación y en los diferentes ámbitos de su vida. Además, es fundamental promover la organización e incidencia estudiantil a partir de principios democráticos con el fin de generar cambios positivos que mejoren su comunidad educativa.

Asimismo, los marcos normativos, programáticos y conceptuales vigentes nos plantean la necesidad de dejar de pensar la escuela como un ente aislado de la comunidad, circunscrita a su espacio físico, empezando a concebirla como un actor fundamental en la comunidad y, en consecuencia, involucrada y comprometida con las necesidades de su contexto, contribuyendo a la solución de sus demandas y necesidades.

Lo mencionado anteriormente se respalda en la Ley General de Educación (Ley Nº 28044), especialmente en los artículos 6, 8 y 9 que establecen el reconocimiento de deberes y derechos ciudadanos de las y los estudiantes, así como el reconocimiento del ejercicio permanente de la responsabilidad ciudadana y el ejercicio pleno de la ciudadanía en armonía con su entorno como principios y fines de la educación peruana. Además, en el artículo 53 de la misma ley se resalta que los y las estudiantes son el centro del proceso y el sistema educativo, correspondiéndoles organizarse en Municipios Escolares u otras formas de organización estudiantil, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa y en la comunidad.

Sugerimos reflexionar junto a nuestra comunidad educativa preguntando a directivos, docentes, estudiantes y familias ¿qué entienden por participación estudiantil?

La participación estudiantil desde el enfoque de derechos

Cuando señalamos que se trata de un derecho consideramos que la participación estudiantil se fundamenta tanto en la normativa internacional como nacional: la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989), el Código de los Niños y Adolescentes (Ley Nº27337), la Ley General de Educación (Ley Nº 28044), la Normas y Orientaciones para la Organización, Implementación y Funcionamiento de los Municipios Escolares (RVM Nº0067-2011-ED) y los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia contra las Niñas, Niños y Adolescentes (DS Nº004-2018-MINEDU), entre otras.

A partir de la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y de la Observación General Nº12 (2009) sobre “El Derecho del niño a ser escuchado”. Entendemos que la participación comprende los siguientes derechos de todo niño, niña y adolescente:

  • El derecho a ser informados.
  • El derecho a la libertad de expresión.
  • El derecho a expresar sus ideas y que sean tomadas en cuenta.
  • El derecho a organizarse y asociarse con fines pacíficos.