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martes, 15 de febrero de 2022

Precisiones para la Calificación de expedientes - Ascenso Docente [Etapa Descentralizada]

 


CONCURSO PÚBLICO PARA EL ASCENSO DE ESCALA DE LOS PROFESORES DE EDUCACIÓN BASICA EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021

Referencia : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 057-2021-MINEDU

De mi consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, en el marco del Concurso Público para el Ascenso de Escala de los Profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial (CPM), correspondiente al año 2021, regulado mediante el Documento Normativo aprobado con Resolución Viceministerial N° 057-2021-MINEDU.

Al respecto, la Dirección de Evaluación Docente (DIED) ha tomado conocimiento respecto de algunas diferencias en la calificación realizada por algunos integrantes de los Comités de Evaluación respecto de algunos rubros de la Matriz de la Trayectoria Profesional - ANEXO I Modelo de evaluación e instrumentos del concurso, siendo estos los siguientes:

1. Sobre el rubro de méritos- libro en autoría o coautoría

El Comité de Evaluación deberá verificar que en el informe escalafonario del postulante se encuentre registrada la resolución de inscripción o el certificado de inscripción registral ante INDECOPI, según lo establecido en la matriz, por lo que, no se debe considerar los libros registrados con depósito legal de la Biblioteca Nacional, según lo establecido en el Documento Normativo.

2. Sobre el rubro de experiencia Profesional

El Comité de Evaluación debe verificar que la experiencia profesional como docente y en cargos directivos se contabiliza desde el ingreso a la CPM, esto es desde la entrada en vigencia de la Ley Nº 29444, Ley de Reforma Magisterial (LRM), según lo señalado en el Documento Normativo que regula el mencionado concurso.

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