El blog Docente

viernes, 24 de octubre de 2025

Proyecto de Ley que autoriza retiro excepcional de hasta 4 UITS de la CTS de los docentes

 

Proyecto de Ley N° 12961/2025-CR

Título: Proyecto de Ley que Autoriza el Retiro Excepcional de hasta 4 UIT de la CTS de los Profesores como Medida de Justicia Social, Reactivación Económica y Reconocimiento al Magisterio Nacional.

Proponente: Congresista Jhaec Darwin Espinoza Vargas y otros integrantes del Grupo Parlamentario Podemos Perú.


LEY QUE AUTORIZA EL RETIRO EXCEPCIONAL DE HASTA 4 UIT DE LA CTS DE LOS PROFESORES COMO MEDIDA DE JUSTICIA SOCIAL, REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y RECONOCIMIENTO AL MAGISTERIO NACIONAL

  • Artículo 1. Objeto de la Ley: Autorizar, de forma voluntaria y excepcional, el retiro de hasta cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) del monto acumulado en las cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los docentes activos comprendidos en la Ley N.º 29944, Ley de Reforma Magisterial.
  • Artículo 2. Alcance: La autorización es exclusiva para los docentes en servicio activo con fondos de CTS en cuentas individuales en el sistema financiero nacional, conforme a la Ley N.º 29944.
  • Artículo 3. Carácter voluntario y temporal del retiro: El retiro es voluntario, facultativo y temporal, y podrá efectuarse dentro del plazo máximo de noventa (90) días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento.
  • Artículo 4. Reglamentación: El Ministerio de Educación (MINEDU), en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), reglamentará la Ley en un plazo máximo de quince (15) días hábiles a partir de su publicación.
  • Artículo 5. Intangibilidad del saldo remanente: El saldo no retirado de las cuentas de CTS mantiene su condición de intangible, conforme a la Ley N.º 29944.
  • Disposición Complementaria Final (Artículo Único - Vigencia): La Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Exposición de Motivos (Introducción e Identificación del Problema)

  • Introducción: El magisterio peruano ha sido históricamente postergado salarialmente. Más de 420 mil docentes activos están bajo la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.º 29944) con remuneraciones que no se ajustan al costo de vida, el cual se incrementó en más del 15% entre 2022 y 2025. La CTS de los docentes permanece intangible e inmovilizada hasta el cese, incluso en emergencias, contradiciendo el derecho de propiedad sobre este ahorro acumulado del trabajador. El proyecto busca un alivio económico inmediato y fortalecer la economía familiar.
  • Problema Principal: La imposibilidad legal de los docentes activos del Estado de acceder parcialmente a su CTS acumulada, incluso en casos de necesidad o emergencia, lo que se origina en la Ley de Reforma Magisterial.
    • Inmovilización de un ahorro legítimo: La intangibilidad absoluta frustra la función social y económica de la CTS, limitando su uso para enfrentar enfermedades o educación de hijos.
    • Endeudamiento creciente y pérdida de valor real: La tasa promedio de créditos de consumo (45% anual) es mucho mayor al rendimiento de la CTS (menor al 4%), lo que debilita la economía familiar y la CTS pierde valor real frente a la inflación.
    • Falta de políticas de liquidez en el sector público: Mientras el régimen privado tuvo acceso a su CTS por leyes recientes (Ley N.º 31171, retiro del 100%), el docente estatal carece de esta alternativa. Esta asimetría contradice el principio constitucional de igualdad ante la ley.

Justificación de la Propuesta

La propuesta se justifica en tres dimensiones:

  • Constitucional y Jurídica: Se basa en el derecho a la propiedad (Artículo 2, inciso 16, de la Constitución) que protege la libre disposición de bienes. La CTS es un bien propio y la restricción a su intangibilidad puede flexibilizarse razonablemente ante circunstancias excepcionales. El Tribunal Constitucional ha precisado que los fondos laborales pueden tener mecanismos flexibles que materialicen su finalidad sin comprometer la sostenibilidad del sistema.
  • Social y Económica: El retiro de hasta 4 UIT (de carácter voluntario y único) no afecta las finanzas del Estado y representa una inyección de liquidez directa a más de 400 mil familias peruanas. Estos recursos dinamizan el consumo interno y reactivan la economía local. El Banco Central de Reserva (BCRP) proyecta que un incremento del 1% en la liquidez de los hogares puede elevar el consumo privado en 0.25%.
  • Ética y Política: Simboliza un acto de justicia previsional, dignidad laboral y reconocimiento social hacia el magisterio, que ha sostenido el sistema educativo incluso durante la pandemia con recursos propios.