Aprueban el documento normativo denominado
“Disposiciones que regulan el procedimiento y cronograma excepcional para la
determinación de los nuevos cuadros de mérito para la contratación docente
2022”
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 004-2022-MINEDU
Lima, 7 de enero de 2022
VISTOS, el Expediente N° 0194045-2021, el Informe N°
00008-2022-MINEDU//VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la
Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N°
00017-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N°
00022-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra
bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo
con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de
la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de
Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la
política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los
niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas
con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación,
establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que
tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación,
cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del
Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la
precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas
sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo,
docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública
magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial,
señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de
evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y
en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando
su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 17 de la precitada Ley establece que el ingreso a la
Carrera Pública Magisterial es por concurso público y que se formaliza mediante
resolución de nombramiento en la primera escala magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley de Reforma Magisterial señala que las
plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por
nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente;
Que, el artículo 208 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial,
aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, establece que la contratación de
profesores de las instituciones educativas de Educación Básica se realiza
mediante concurso público convocado cada dos años, bajo los principios de
calidad, capacidad profesional y oportunidad. Dicho concurso determina los
cuadros de mérito vigentes para los procesos de contratación anuales que se
realicen en dicho periodo;
Que, en esa línea, el artículo 209 del mencionado Reglamento dispone que
el Ministerio de Educación emitirá las normas de procedimiento para
contratación de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel
nacional por las instancias de gestión educativa descentralizada;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 033-2019-MINEDU, se aprueba
la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a
la Carrera Pública Magisterial–2019 y que Determina los Cuadros de Mérito para
la Contratación Docente 2020-2021, en Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica”; y mediante Resolución Viceministerial N° 037-2019-MINEDU se
convoca al mencionado concurso y se aprueba su cronograma, el mismo que ha sido
modificado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 100-2019-MINEDU y N°
210-2019-MINEDU;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 006-2020-MINEDU se aprueba
la Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública
Magisterial – 2020 y mediante Resolución Viceministerial N° 007-2020-MINEDU se
convoca a dicho concurso y se aprueba su cronograma;
Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final
incorporada a la Ley N° 29944, mediante el Decreto Legislativo N° 1494, dispone
dar por concluido el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública
Magisterial 2020, en virtud a la situación del Estado de Emergencia Sanitaria y
Emergencia Nacional a consecuencia del COVID-19 y, excepcionalmente, se
establece que los profesores que se hayan inscrito en el mencionado concurso,
son considerados como postulantes habilitados para participar en el Concurso de
Ingreso a la Carrera Pública Magisterial que se implementará en el año 2021,
salvo que declaren su intención de no participar en el mismo;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 015-2020-MINEDU, se regula el
procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones de profesores y
su renovación, en el marco del contrato de servicio docente en educación
básica, a que hace referencia la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en
materia educativa y dicta otras disposiciones; asimismo, en el numeral 7.2.3
del punto 7.2 del mencionado Decreto Supremo se establecen las consideraciones
generales para la contratación por resultados de la Prueba Única Nacional para
aquellos postulantes que figuran en los cuadros de mérito de dicha prueba;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 291-2020-MINEDU, se aprueba
el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso
Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial–2021 y que Determina los
Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones
Educativas Públicas de Educación Básica”, el mismo que fue modificado por las
Resoluciones Viceministeriales N° 194-2021-MINEDU y N° 311-2021-MINEDU.
Asimismo, mediante Resolución Viceministerial N° 001-2021-MINEDU, se convoca al
mencionado concurso y se aprueba su cronograma, el mismo que ha sido modificado
mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 033-2021-MINEDU, N°
156-2021-MINEDU, N° 197-2021-MINEDU y N° 284-2021-MINEDU; siendo que, mediante
Resolución Viceministerial N° 317-2021-MINEDU, se resolvió suspender el
desarrollo de las actividades previstas en el cronograma de dicho Concurso;
Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 001-2022-MINEDU, Decreto
Supremo que modifica la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y
condiciones para las contrataciones de profesores y su renovación, en el marco
del contrato de servicio docente en educación básica, a que hace referencia la
Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras
disposiciones”, aprobada por Decreto Supremo N° 015-2020-MINEDU, dispone una
prorroga excepcional de la vigencia de los cuadros de mérito de la Prueba Única
Nacional del año 2019 para la modalidad de contratación por resultados de la
Prueba Única Nacional, para el periodo 2022;
Que, bajo el marco normativo antes expuesto, mediante el Oficio N°
00021-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
00008-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación
Docente, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar el documento
normativo denominado “Disposiciones que regulan el procedimiento y cronograma
excepcional para la determinación de los nuevos cuadros de mérito para la
contratación docente 2022”, cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos,
procedimientos y cronograma excepcional para la determinación de los nuevos
cuadros de mérito a partir de la Prueba Única Nacional correspondiente al
Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2019 y que
determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2020-2021 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, para la contratación
docente 2022;
Que, mediante el Informe Nº 00017-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite
opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación del citado documento
normativo, señalando que se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e
institucionales del sector y, desde el punto de vista presupuestal, su
implementación no requerirá recursos adicionales, puesto que el aplicativo
dispuesto para la selección de UGEL o DRE ya cuenta con financiamiento;
Que, a través del Informe N° 00022-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina
General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y
teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente, emite opinión
legal favorable a la propuesta, recomendando proseguir con el trámite
correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la
Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se delega en el Viceministro de
Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y
atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban,
modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de
Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado
por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus
modificatorias; el Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2013-ED y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y
en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N°
008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el documento
normativo denominado “Disposiciones que regulan el procedimiento y cronograma
excepcional para la determinación de los nuevos cuadros de mérito para la
contratación docente 2022”.
Artículo 2.- Disponer la
publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información
Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio
de Educación (www.gob.pe/minedu),
el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial
“El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY LUZ PALOMINO PACCHIONI
Viceministra de Gestión Pedagógica