PROCESO DE REASIGNACIÓN DOCENTE
El artículo 67 de la Ley de
Reforma Magisterial (LRM) establece, que la reasignación es la acción de
personal mediante la cual el profesor se desplaza de un cargo a otro igual que
se encuentre vacante, en cualquiera de las áreas magisteriales, sin modificar
la escala magisterial alcanzada. Se efectúa previo a los procesos de nombramiento
y contratación docente, bajo responsabilidad administrativa. El reglamento de
la citada Ley establece los criterios y condiciones para la reasignación.
El numeral 7.3.3.3 del
documento normativo vigente señala en su literal c. lo siguiente:
- En caso el postulante haya laborado en institución educativa ubicada en zona rural, de frontera o VRAEM, se otorga hasta cuarenta (40) puntos.
- ·
Por zona rural 1, por cada mes laborado (0.3)
punto.
- ·
Por zona rural 2, por cada mes laborado (0.2)
punto.
- ·
Por zona rural 3, por cada mes laborado (0.1)
punto;
- ·
Por zona de frontera, por cada mes laborado
(0.2) punto; y,
- ·
Por zona VRAEM, por cada mes laborado (0.3)
punto.
Estos criterios no son
excluyentes.
El puntaje se otorga por cada
mes de labor efectiva de acuerdo al área de desempeño del profesor postulante. El
reconocimiento del puntaje se acredita con los padrones que aprueba anualmente
el Minedu, desde el año 2014.
No se consideran los periodos
laborados menores a 30 días.
De lo verificado en el Modulo
de Escalafón del sistema AYNI se ha podido evidenciar que efectivamente,
existen los registros en la sección de desplazamiento del docente
(reasignación, destaque, permuta, encargatura), sin embargo, en la sección de
característica de la IE no figura información, pese a que el docente ha
laborado en zona rural, VRAEM o frontera y esto se debe a que los responsables
de actualizar el escalafón no ha consignado el código modular del servicio
educativo donde el docente hizo el desplazamiento.
En atención a lo antes
señalado, y estando a lo establecido en la norma vigente, los miembros del
Comité de Reasignación, para el otorgamiento del puntaje por la labor efectiva
en Instituciones Educativas en zona rural, VRAEM y frontera deben remitirse a
los padrones publicados por el Minedu desde el año 2014, información que se
encuentra en el siguiente enlace de la página web de la Ley de Reforma
Magisterial: https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/padrones-instituciones-educativas.php.
Asimismo, en la plataforma de
reasignación encontrarán un acceso directo a los padrones emitidos a lo largo
de estos años.